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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de noviembre de 2010 429383 Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hernán Antonio Couturier Mariátegui; y, La Resolución Ministerial N° 0763-2010-RE, que fi jó el 01 de noviembre de 2010, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con los artículos 26° y 27° de la Ley N° 28091; Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y los artículos 62°, 63° literal B) y 64° inciso a) del Decreto Supremo N° 130- 2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hernán Antonio Couturier Mariátegui, como Representante Permanente del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), con sede en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Artículo 2°.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 568952-12 Disponen la apertura de la Embajada del Perú en el Reino de Arabia Saudita RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 482-2010-RE Lima, 18 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Perú debe continuar ampliando su vinculación con los países que presentan condiciones favorables de intercambio económico y cooperación, especialmente aquellos ubicados en las regiones de mayor dinamismo, como el Golfo Arábigo; Que, el Reino de Arabia Saudita es un importante centro de proyección política y económica hacia otras regiones; Que, en los últimos años las relaciones peruano- saudíes han adquirido dinamismo a través de los contactos establecidos entre ambas Cancillerías y el mutuo interés de desarrollar y fortalecer relaciones bilaterales cordiales y mutuamente benefi ciosas, mediante la cooperación en el ámbito político y económico y, en particular, en los campos de la tecnología y el comercio; Que mediante Nota UN/DipRel/Peru/1026, de 12 de octubre del 2010, la Representación Permanente del Reino de Arabia Saudita ante Naciones Unidas expresó la aprobación de su Gobierno al establecimiento Embajada del Perú en Riyadh; Teniendo en cuenta el Memorándum (AMO) N° AMO0387/2010, de la Dirección General de África y Medio Oriente, de 15 de noviembre de 2010; De conformidad con lo establecido en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la apertura de la Embajada del Perú en el Reino de Arabia Saudita, con sede en la ciudad de Riyadh, su capital. Artículo 2º.- Asignar los recursos necesarios para la apertura y sostenimiento de la Embajada del Perú en el Reino de Arabia Saudita, a través del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 568952-13 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Aero Palcazu S.A.C. permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo especial turístico RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 269-2010-MTC/12 Lima, 16 de septiembre del 2010 Vista la solicitud de la compañía AERO PALCAZU S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial - Turístico; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro N° 2010- 022089 del 03 de junio del 2010 y Documento de Registro Nº 2010-022089-A del 20 de julio del 2010 la compañía AERO PALCAZU S.A.C. solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial - Turístico; Que, según los términos del Memorando Nº 079- 2010-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 888-2010- MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 141-2010-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones e Informe Nº 200-2010-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del