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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (19/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de noviembre de 2010 429390 traslado de la información faltante al denunciante y para que el denunciante absuelva y/o subsane la misma, bajo apercibimiento que sea declarada en abandono. Comentario de OSINERGMIN Denegado. Los Lineamientos no tienen como objetivo establecer los plazos para el requerimiento de la información de requisitos faltantes, siendo que dichos plazos serán establecidos en cada caso en concreto. 3. En cuanto al plazo para realizar las visitas de supervisión, GNLC señaló que el mismo debería ser dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de presentada la denuncia. Comentario de OSINERGMIN Denegado. OSINERGMIN realizará las visitas de supervisión a la brevedad posible, siendo que en atención a la distancia y accesibilidad a determinadas zonas, donde se desarrollan las actividades de hidrocarburos, electricidad y minería, será potestad de OSINERGMIN determinar la necesidad de la visita de supervisión así como el plazo para realizar la misma. Observaciones y recomendaciones presentadas por la empresa Xstrata Tintaya S.A. (en adelante, Xstrata) 1. Xstrata sugirió que en los Lineamientos se disponga que los gastos originados por la investigación de las denuncias, serán asumidas por OSINERGMIN, salvo que se derive un procedimiento administrativo sancionador que fi nalice en una resolución de sanción confi rmada en vía administrativa, en cuyo caso, se repetirá contra la entidad sancionada. Comentario de OSINERGMIN Denegado. Sobre el particular, debemos señalar que las labores de supervisión y fi scalización son realizadas por OSINERGMIN en el marco del Reglamento de Supervisión de las Actividades Energéticas y Mineras, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 205-2009-OS/CD. 2. Xstrata propuso que en los Lineamientos se señale que en caso se presente una denuncia calumniosa, el denunciante estará sujeto al inicio de las acciones administrativas, penales y/o civiles que correspondan. Comentario de OSINERGMIN Denegado. Al respecto, nos remitimos a los comentarios expuestos en el numeral 3 a Perú LNG. ANEXO 1 LINEAMIENTOS Y MARCO GENERAL PARA LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS PRESENTADAS ANTE OSINERGMIN TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Objetivo Establecer el marco general que OSINERGMIN deberá seguir para la atención efectiva de las denuncias presentadas en el marco de las actividades de los subsectores electricidad, hidrocarburos líquidos, gas natural y minería. Artículo 2°.- Ámbito de Aplicación El presente procedimiento será aplicable a todas las denuncias presentadas ante OSINERGMIN, relacionadas con las actividades de los subsectores electricidad, hidrocarburos líquidos, gas natural y minería. En caso se haya establecido un procedimiento específi co o se contase con un procedimiento certifi cado para la atención de determinadas denuncias, los presentes lineamientos se aplicarán de manera supletoria. Artículo 3°.- Defi niciones Para efectos del presente procedimiento, se aplicarán las siguientes defi niciones y/o términos: 3.1. Denuncia: Comunicación formulada en ejercicio del derecho de participación ciudadana, en la cual se informa sobre la ocurrencia de hechos relacionados con el desarrollo de las actividades de electricidad, hidrocarburos líquidos, gas natural y minería, que podrían constituir un incumplimiento de las obligaciones materia del ámbito de supervisión de OSINERGMIN. No se considera como denuncia aquellas cuestiones que sean materia de los procedimientos administrativos de solución de controversias y de solución de reclamos de usuarios en el sector Energía; sin perjuicio de las infracciones que de dichos procedimientos puedan derivarse. 3.2. Denunciada: Persona natural o jurídica que desarrolla actividades relacionadas con los subsectores de electricidad, hidrocarburos líquidos, gas natural o minería sujeta al ámbito de supervisión de OSINERGMIN, respecto de la cual se ha recibido una denuncia. 3.3. Denunciante: Toda persona natural o jurídica que informa a OSINERGMIN situaciones o hechos que podrían constituir un incumplimiento a las normas relativas a las actividades de hidrocarburos líquidos, gas natural, electricidad o minería. 3.4. Formato de Atención de Denuncia: Formato que contiene los requisitos mínimos indispensables para la presentación de una denuncia, el cual deberá ser completado por el funcionario que reciba la denuncia presentada, a través de los medios de recepción establecidos en el artículo 8° de los presentes Lineamientos. TÍTULO II LINEAMIENTOS PARA GARANTIZAR EL EJERCICIO DEL DERECHO A PRESENTAR DENUNCIAS Artículo 4°.- Diversidad cultural Las denuncias podrán ser presentadas en los idiomas ofi ciales reconocidos en el artículo 48° de la Constitución Política del Perú, es decir, en los idiomas castellano, quechua, aimara y en las demás lenguas aborígenes. Asimismo, en el supuesto que el denunciante no cuente con documento de identidad, podrá presentarla consignando su huella digital en el Formato de Atención de Denuncias; en caso corresponda. Artículo 5°.- Acceso a la información del estado de la denuncia OSINERGMIN se encuentra obligado a informar al denunciante el estado de su denuncia, en caso lo requiera; sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14° de los presentes Lineamientos. Asimismo, en caso la atención de la denuncia requiera de un plazo mayor a un (1) mes, OSINERGMIN deberá informar mensualmente al denunciante sobre las diligencias que se vienen realizando para la atención de la denuncia presentada y las razones por las cuales no se emite un informe fi nal. Artículo 6°.- Confi dencialidad de la identidad del denunciante El denunciante podrá solicitar que sus datos sean mantenidos en reserva, en cuyo caso éstos sólo podrán ser utilizados por OSINERGMIN para efectos de la investigación que se genere a raíz de la denuncia. TÍTULO III PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE DENUNCIAS Capítulo I Requisitos y Formalidades Artículo 7°.- Legitimidad para presentar denuncias 7.1. Podrá presentar denuncias ante OSINERGMIN