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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (24/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de noviembre de 2010 429708 mayor extensión se encuentra desocupado y sin uso, se accede al predio por trochas provenientes de Ocucaje y Callango; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 306 805,84 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono, con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0626-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 28 de setiembre de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 306 805,84 m², ubicado al oeste del cauce del río Ica, en la jurisdicción del distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 569668-3 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Dejan sin efecto designación de Auxiliar Coactivo de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 083-A-OS/PRES Lima, 2 de noviembre de 2010 VISTO: El Memorándum RRHH/GG-414-2010 de fecha 2 de agosto de 2010, mediante el cual se informa que a partir del 2 de agosto de 2010, el señor Daniel Arturo Calmet Goytendia, quien se venía desempeñando como Auxiliar Coactivo de la Institución, se ha incorporado como Abogado de la Gerencia Legal de OSINERGMIN; y, CONSIDERANDO: Que, el señor Daniel Arturo Calmet Goytendia fue designado Auxiliar Coactivo de la Institución mediante Resolución de Presidencia de OSINERGMIN N° 002- 2003-OS/CD de fecha 10 de enero de 2003, luego de haber concluido el correspondiente proceso de selección y haberse elaborado el Cuadro de Méritos del Concurso Público N° 001-2002 para la designación de Auxiliares Coactivos; Que, a través del memorándum del visto, se informa la incorporación del señor Daniel Arturo Calmet Goytendia como Abogado de la Gerencia Legal de OSINERGMIN, razón por la cual, resulta necesario dejar sin efecto su designación como Auxiliar Coactivo; Con la opinión favorable de la Gerencia General y de la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto con fecha efectiva al 2 de agosto de 2010, la designación como Auxiliar Coactivo de OSINERGMIN del señor Daniel Arturo Calmet Goytendia, efectuada mediante el artículo 4° de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo OSINERGMIN N° 002- 2003-OS/PRES de fecha 10 de enero de 2010. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 569779-1 Designan Auxiliar Coactivo de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 084-2010-OS/PRES Lima, 2 de noviembre de 2010 VISTO: El memorándum de Gerencia General N° 059-2010 de fecha 2 de noviembre de 2010, mediante el cual se informa que se ha concluido con el Concurso Público de Méritos CPM-009-2010 para la designación de un Auxiliar Coactivo de OSINERGMIN, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, que aprueban el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, señala que la designación del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, el inciso n) del artículo 65° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, precisa que corresponde al Gerente General proponer al Presidente el nombramiento del Auxiliar Coactivo; Que, el inciso f) del artículo 62° del Reglamento General de OSINERGMIN, precisa que corresponde al Presidente del Consejo Directivo designar a los Auxiliares Coactivos de, conformidad con la legislación sobre la materia; Que, el Comité de Selección, una vez concluido el correspondiente proceso de selección, elaboró el Cuadro de Méritos del Concurso Público N°009-2010 para la designación del Auxiliar Coactivo, resultando ganador el señor CARLOS ALEJANDRO ESPINOZA RÍOS; Con la opinión favorable de la Gerencia General y de la Gerencia Legal