Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2010 (01/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de setiembre de 2010

tierras eriazas habilitadas e incorporadas a la actividad agropecuaria al 31 de diciembre de 2004". Que, del Informe Nº 377-2010-COFOPRI/OAJ de fecha 20 de agosto de 2010 y el Informe Nº 406-2010COFOPRI/OZLC de fecha 25 de junio de 2010; emitidos por la Oficina de Asesoria Juridica y la Oficina Zonal MORDAZA Callao, respectivamente, se determina la existencia de hechos irregulares en el procedimiento de formalizacion ejecutado en el Predio MORDAZA identificado como UC Nº 16613 ubicado en el MORDAZA de Lurin, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, en el que han participado de manera directa los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Castagne Chung y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex funcionarios de COFOPRI; y en el que se concluye, entre otros extremos, por la necesidad de declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos emitidos por el primero de los nombrados en su calidad de ex Jefe de la Oficina Zonal MORDAZA Callao durante el tiempo de ocurrencia de los hechos materia de investigacion; Que, el articulo 6 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que las resoluciones administrativas pueden motivarse mediante la declaracion de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictamenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condicion de que se les identifique de modo certero, y que por esta situacion constituyan parte integrante del respectivo acto; Que, por el merito de la MORDAZA MORDAZA citada y de acuerdo con los informes de Visto de la presente resolucion, las cuales forman parte integrante de esta Resolucion y que constituyen su motivacion, resulta necesario declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos dictados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Jefe de la Oficina Zonal MORDAZA Callao durante el tiempo de ocurrencia de los hechos cuestionados, asi como de los documentos emitidos por los senores MORDAZA MORDAZA Castagne Chung y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arias; De conformidad con los fundamentos precedentes, las normas MORDAZA citadas, los articulos 10 y 82 del Reglamento de Organizacion y Funciones de COFOPRI; y, Con el visado de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de los Oficios Nº 25232009-COFOPRI/OZLC de fecha 12 de junio de 2009; Nº 12141-2009-COFOPRI/OZLC de fecha 21 de agosto de 2009; Oficio Nº 21587-2009-COFOPRI/OZLC de fecha 09 de diciembre de 2009 suscritos por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de ex Jefe de la Oficina Zonal MORDAZA Callao durante el MORDAZA de formalizacion ejecutado en el Predio MORDAZA identificado como UC Nº 16613 ubicado en el MORDAZA de Lurin, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, y todos los actos originados o que son consecuencia de estos. Segundo.- Declarar la nulidad del Formulario de Inscripcion de Derecho de Posesion en Predios Rurales de Propiedad del Estado o Particulares suscrito por los senores MORDAZA MORDAZA Castagne Chung y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en relacion al Predio MORDAZA identificado como UC Nº 16613 ubicado en el MORDAZA de Lurin, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, y sus anexos. Tercero.- Declarar la nulidad del Certificado Catastral de fecha 28 de MORDAZA de 2009 suscrito por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Castagne Chung y emitido en el procedimiento de formalizacion ejecutado en el Predio MORDAZA identificado como UC Nº 16613 ubicado en el MORDAZA de Lurin, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima. Cuarto.- Dar inicio al procedimiento de deslinde de responsabilidades administrativas contra los funcionarios comprendidos en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Director Ejecutivo de COFOPRI

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Disponen modificacion de la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta Nº 615-2009/SUNAT/A que aprobo el Procedimiento "Sistema de Garantias Previas a la Numeracion de la Declaracion" IFGRA-PE.39 (version 1)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 503-2010/SUNAT/A
Callao, 31 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT aprobara los procedimientos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicacion de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N.º 1053 y su Reglamento; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT, en merito a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y estando a la Resolucion de Superintendencia N.º 0072010/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase la Disposicion Complementaria Transitoria Unica de la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta N° 615-2009/SUNAT/A por el texto siguiente: "Unica.- Las deudas determinadas en los regimenes de admision temporal para perfeccionamiento activo, admision temporal para reexportacion en el mismo estado, restitucion de derechos arancelarios, MORDAZA aduanero, envios de entrega rapida o en las solicitudes de transferencia de mercancias importadas con exoneracion o inafectacion tributaria o en las solicitudes de traslado de mercancias de MORDAZA de tributacion especial a MORDAZA de tributacion comun se incluiran, en el Sistema de Garantias Previas, a medida que se implemente los modulos informaticos. La Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera comunicara las fechas a partir de las cuales los usuarios podran afectar sus cuentas corrientes con dichas obligaciones." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas

537390-1

Aprueban Procedimiento Especifico "Solicitud Electronica de Rectificacion de la Declaracion" INTA-PE.01.07 (version 4)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 504-2010/SUNAT/A
Callao, 31 de agosto de 2010

537434-3

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