Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2010 (01/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de setiembre de 2010

en el plazo de sesenta (60) dias naturales, contado a partir de la suscripcion del acta de adjudicacion. Vencido dicho plazo y no se hubiere formulado el petitorio, las areas seran publicadas de libre denunciabilidad. El petitorio se tramitara con arreglo a las normas aplicables al procedimiento ordinario. Las areas que no fueron adjudicadas en publica subasta de acuerdo a lo dispuesto en los parrafos anteriores, seran declaradas de libre denunciabilidad por el INGEMMET. Para efectos de lo dispuesto en los literales a) y b) del articulo 25 de la Ley, debera observarse el siguiente procedimiento: 1. Para la aplicacion del literal a), el INGEMMET debera informar a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, sobre los trabajos de prospeccion y estudios realizados en las areas de no admision de denuncios, con una anticipacion de tres (3) meses al vencimiento del plazo de prospeccion. PROINVERSION podra solicitar, en el plazo de quince (15) dias naturales toda la informacion en relacion a los trabajos de prospeccion y estudios realizados, la cual INGEMMET debera proporcionar en un plazo no mayor de quince (15) dias naturales de presentada la solicitud. En funcion de dicha informacion, PROINVERSION determinara, en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias naturales si se encargara del respectivo MORDAZA de promocion de la inversion privada, mediante acuerdo de su Consejo Directivo ratificado por Resolucion Suprema, refrendada por el Ministro de Energia y Minas. De no producirse el acuerdo y su ratificacion en el indicado plazo, INGEMMET procedera conforme al primer parrafo del presente articulo. 2. Para la aplicacion del literal b), PROINVERSION, presentara una solicitud al INGEMMET, acompanando el acuerdo de su Consejo Directivo. En caso que el area se encuentre libre se tramitara el correspondiente Decreto Supremo, con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros y de los ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas. En caso que se advirtiera la existencia de petitorios o concesiones mineras, se reducira el area solicitada, efectuandose el tramite del Decreto Supremo MORDAZA mencionado, excluyendo de la misma a los derechos mineros preexistentes. 3. PROINVERSION suscribira en representacion del Estado, los contratos de opcion y otros relacionados que se deriven de la ejecucion del MORDAZA de promocion de la inversion privada en las areas a que se refieren los literales a) y b) del articulo 25 de la Ley. 4. Los contratos de opcion que se suscriban bajo el MORDAZA del MORDAZA de promocion de la inversion privada, en aplicacion de los literales a) y b) del articulo 25 de la Ley, incluiran el derecho de exploracion del optante en las areas respectivas, el que debera ejercerse conforme a las normas ambientales sobre la materia. La Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros, otorgara las autorizaciones para realizar exploraciones en estas areas a los adquirentes u optantes, cumplidos los requisitos ambientales contenidos en las disposiciones legales aplicables. 5. Para los efectos del otorgamiento de concesiones mineras sobre dichas areas al ganador de la buena pro, bastara la comunicacion que PROINVERSION dirija al INGEMMET, estableciendo los resultados de dicho MORDAZA o en su caso, el cumplimiento de lo establecido en el respectivo contrato, procediendo el INGEMMET, a merito de la referida comunicacion a otorgar las concesiones mineras a los adquirentes o a quienes ejerzan la opcion, previo pago por estos del derecho de vigencia correspondiente al ano en curso, del derecho de tramite y la MORDAZA de los respectivos petitorios en el formato vigente y conforme al Sistema de Cuadriculas establecido en el articulo 11 de la Ley y su reglamento, teniendose a la vista los correspondientes informes tecnico y legal. No se requerira la publicacion de carteles, sin perjuicio del respeto a derechos mineros prioritarios, lo que constara en el titulo, con el cual culmina el procedimiento administrativo especificado en el articulo 25º de la Ley; dicho acto no es recurrible, dando merito a las inscripciones correspondientes en los Registros Publicos. 6. En los casos senalados en los literales a) y b) del articulo 25 de la Ley, de no ejercerse la opcion o efectuarse

la transferencia en el plazo establecido en el respectivo contrato, las areas seran declaradas y publicadas de libre denunciabilidad y la informacion obtenida durante la ejecucion del MORDAZA de promocion y en virtud del contrato, sera entregada al INGEMMET." Articulo 2º.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trentiun dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Designan Presidente y miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chivay
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 567-2010-MIMDES
MORDAZA, 31 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial 117-2009MIMDES del 13 de marzo de 2009, se designo al senor MORDAZA MORDAZA ESPINEL MORDAZA como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chivay; Que, se encuentra vacante el cargo de Miembro de Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chivay; Que, por necesidades del servicio, se ha visto por conveniente dar por concluida la designacion a que se contrae el primer considerando, asi como emitir el acto mediante el cual se designe a las personas que se desempenaran como Presidente y Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chivay; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 26918 ­ Ley de Creacion del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, la Ley 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, la Ley 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo 011-2004-MIMDES, el Decreto Supremo 004-2010-MIMDES y el Decreto Supremo 001-2009JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA ESPINEL MORDAZA como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chivay, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEQQUENA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente y miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chivay, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

537264-1

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