NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (12/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 29
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de setiembre de 2010 425667 Oscar Samuel Aquino Vivanco al Cuerpo de Gerente Público y mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 67-2010-SERVIR-PE se ha dispuesto que el citado Gerente, sea asignado al Instituto Nacional de Salud, al cargo de Director Ejecutivo de Prevención de Riesgo y Daño Nutricional del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud; Que, el cargo es considerado de confi anza, sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10º del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos, creado por el Decreto Legislativo Nº 1024, la condición de confi anza del cargo se suspenderá durante el periodo de asignación del Gerente Público; Que, el Gerente Público es asignado a la entidad solicitante por el período de tres años renovable, a pedido de ésta; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se designe al señor Oscar Samuel Aquino Vivanco en el cargo de Director Ejecutivo de Prevención de Riesgo y Daño Nutricional del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud; Con el visto bueno del Sub Jefe y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1024 que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030- 2009-PCM; y en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir del 13 de septiembre de 2010, al señor Oscar Samuel Aquino Vivanco, Gerente Público del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de Director Ejecutivo de Prevención de Riesgo y Daño Nutricional del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud, por el período de 3 años. Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución al interesado, a la Ofi cina Ejecutiva de Personal y al Órgano de Control Institucional, para los fi nes correspondientes. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina Ejecutiva de Organización, la actualización inmediata del Directorio Institucional que aparece en la página web, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR A. CABEZAS SÁNCHEZ Jefe 542451-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban adjudicación en venta directa a favor de persona natural de predio ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 095-2010/SBN Lima, 8 de setiembre de 2010 Visto; el Expediente Nº 069-2010/SBNJAD, que contiene la solicitud de adjudicación en venta directa formulada por el señor Virgilio Calixto Vilca Mestanza, sobre el predio de propiedad del Estado de 58.90 m², constituido por el Lote 8 de la Manzana C del Asentamiento Humano Proyecto Integral de la Zona VII – Parcela C del Sector Las Lomas de Macchu Picchu, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es un organismo público, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, así como el Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA; Que, el Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es la titular de dominio del predio de 58.90 m², constituido por el Lote 8 de la Manzana C del Asentamiento Humano Proyecto Integral de la Zona VII – Parcela C del Sector Las Lomas de Macchu Picchu, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº P02161531 del Registro de Predios de Lima y con Registro SINABIP Nº 10836 correspondiente al departamento de Lima; Que, el señor Virgilio Calixto Vilca Mestanza, solicita mediante escrito recibido por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales el 07 de agosto de 2008, la adjudicación en venta directa del predio descrito en el párrafo precedente, por encontrarse en posesión del predio con anterioridad al 12 de abril de 2006; Que, según el Informe N° 00056-2010/SBN-GO-JAD, de fecha 02 de febrero de 2010, con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se considera factible dar inicio al trámite de adjudicación en venta directa del predio descrito a favor del señor Virgilio Calixto Vilca Mestanza, al haberse determinado que dicho señor se encuentra en posesión plena sobre la totalidad del predio, en el que se aprecia una edifi cación precaria que viene siendo utilizada como vivienda y una pequeña parte del predio, para crianza de aves y cuyes, con anterioridad al 12 de abril de 2006, razón por la cual la solicitud se enmarca en el supuesto establecido en el literal c) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Nº 050-2010/SBN-GO-JAD, de fecha 17 de marzo de 2010, modifi cada por Resolución Nº 064-2010/SBN-GO-JAD, de fecha 09 de abril de 2010, se declara la desafectación de dominio público del predio antes señalado, a fi n que se incorpore al dominio privado del Estado; Que, el artículo 13º de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, señala que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, constituye un pliego presupuestal; Que, el artículo 75.2º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa deberá ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, según corresponda y será aprobada por Resolución del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Técnico – Legal, previa opinión técnica de la SBN; Que, siendo el Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, titular de dominio del predio solicitado, corresponde al Superintendente Nacional de Bienes Estatales, en su condición de Titular del Pliego, aprobar las adjudicaciones en venta directa; Que, mediante carta ingresada a la SBN con fecha 19 de abril de 2010, la empresa Ingeniería y Valuaciones S.A., remitió el informe de valuación comercial del terreno antes referido, cuyo valor asciende a la suma de US $ 190.84 (Ciento Noventa y 84/100 Dólares Americanos); Que, en mérito a lo dispuesto por el artículo 78º del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y a lo señalado en la Directiva N° 001-2007/SBN “Procedimientos para la aprobación de la venta de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad” aprobada por Resolución