Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2010 (12/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal N° 0607-2010/SBN-GO-JAD de fecha 09 de setiembre de 2010, corresponde declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio MORDAZA descrito; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Resolucion N° 315-2001/SBN y Resolucion N° 066-2009/ SBN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio de propiedad del Estado de 1 156,00 m², constituido por el Lote BIBC, Grupo Residencial 1, Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P03144384 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP N° 8220, correspondiente al departamento de MORDAZA, a fin que se incorpore al dominio privado del Estado. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion procedera a inscribir lo resuelto en el Articulo primero y segundo. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones 541865-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Incorporan numerales y definiciones en Procedimientos Tecnicos COES y Glosario aprobados por R.M. Nº 1432001-EM/VME
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 224-2010-OS/CD MORDAZA, 9 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28832, "Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica", establecio en su Articulo 12° la finalidad del Comite de Operacion Economica del Sistemas (COES) con relacion a la programacion de la operacion del Sistema Interconectado Nacional (SEIN), mientras que en el item b) de su Articulo 13° establecio como funcion del COES el elaborar los procedimientos para la operacion del MORDAZA y en los items a), b), c), d) y e) de su Articulo 14° dispuso, entre otros aspectos, que el COES debe elaborar los programas de operacion de corto, mediano y largo plazo, y calcular los costos marginales de corto plazo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2008EM, publicado el 03 de MORDAZA de 2008, se aprobo el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (Reglamento COES) en cuyo Articulo 27° se detallan, entre otras, las funciones senaladas en el considerando anterior;

Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 4762008-OS/CD se aprobo la "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos", elaborada por OSINERGMIN, de conformidad con los Articulos 5° y 6° del Reglamento COES, estableciendose en aquella el MORDAZA que debe seguir la aprobacion de los Procedimientos Tecnicos del COES; Que, con fecha 27 de MORDAZA de 2010, el COES ratifico su propuesta de iniciar la secuencia de aprobacion de modificacion de los Procedimientos Tecnicos COES N° 01, 02, 04, 05, 06, 07, 09, 13, 26 y 29 para considerar la Generacion con Recursos Energeticos Renovables (RER). Consecuentemente, el 02 de junio de 2010 se publico, en la pagina 16 del Boletin Oficial del diario oficial El Peruano, un comunicado de Inicio de MORDAZA de Aprobacion, otorgando un plazo de 5 dias habiles para que los interesados pudieran presentar sus opiniones y sugerencias a las propuestas de modificacion de procedimientos tecnicos, no recibiendose opiniones y sugerencias dentro del plazo legal otorgado; Que, la propuesta de modificacion del Procedimiento Tecnico COES N° 07 "Calculo de los Costos Marginales de Energia de Corto Plazo" planteada por el COES representa cambios menores a dicho procedimiento tecnico, por lo que OSINERGMIN no ha encontrado observaciones al respecto; Que, sin embargo, cabe senalar que el Procedimiento Tecnico COES N° 07 "Calculo de los Costos Marginales de Energia de Corto Plazo" al estar directamente relacionado con el MORDAZA de Corto Plazo, se estima que requerira de modificaciones posteriores a la entrada en vigencia del Reglamento del MORDAZA de Corto Plazo, que tendra que ser aprobado por el Ministerio de Energia y Minas, a fin de reglamentar el Articulo 11° de la Ley N° 28832; Que, asimismo, se requiere incorporar en el Glosario Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES-SINAC, las definiciones de Energia Eolica y RER relacionadas con la Generacion de Electricidad con Recursos Energeticos Renovables, las mismas que complementan la modificacion del Procedimiento Tecnico COES N° 07; Que, por otro lado, dado que el termino "Energia Firme" se encuentra definido en el Anexo de la Ley de Concesiones Electricas, se ha modificado la redaccion propuesta por el COES a fin de hacerla concordante con dicha definicion; Que, se ha cumplido con lo dispuesto en el Articulo 5.3 del Reglamento COES y con todas las etapas y requisitos senalados en la "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos" para la aprobacion del Procedimiento Tecnico COES N° 07 "Calculo de los Costos Marginales de Energia de Corto Plazo"; Que, posteriormente, de conformidad con el Articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 201-2010-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de MORDAZA de 2010, se dispuso la publicacion del proyecto de resolucion que aprueba la Modificacion del Procedimiento Tecnico COES N° 07 "Calculo de los Costos Marginales de Energia de Corto Plazo" y del Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COESSINAC, contribuyendo de ese modo a garantizar la transparencia, cognoscibilidad y predictibilidad de las acciones que el organismo regulador adopte en el cumplimiento del encargo asignado; Que, la Resolucion OSINERGMIN N° 201-2010OS/CD otorgo un plazo de quince (15) dias calendario, contados desde la fecha de su publicacion, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias al proyecto de MORDAZA prepublicado a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria; no obstante, vencido el plazo, no se recibieron comentarios ni sugerencias sobre el proyecto; Que, en concordancia con los considerandos anteriores, se debe proceder a la aprobacion de la Propuesta de Modificacion del Procedimiento Tecnico COES N° 07 "Calculo de los Costos Marginales de Energia de Corto Plazo", de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento COES y en la "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos";

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