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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (30/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de setiembre de 2010 426736 del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1 - Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesión de la Comisión Evaluadora de fecha 9 de febrero de 2010, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Arturo Valencia Segura con matrícula Nº N-4020 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 549196-1 Autorizan a Profuturo AFP el cambio de dirección de agencia ubicada en Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 11559-2010 Lima, 24 de setiembre de 2010 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: La comunicación Nº GG/105/10 de fecha 21.09.2010, ingresada a esta Superintendencia el mismo día por la Asociación de AFP con registro Nº 2010- 50964; CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicación de Vistos Profuturo AFP, a través de la Asociación de AFP, solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de dirección de su agencia ubicada en el Jr. Carabaya Nº 515 al Jirón Ocoña Nº 160 Ofi cina 101, Lima, para ello, adjunta la respectiva Declaración de Compromiso. Que, mediante Resolución SBS Nº 1275-2008, se autorizó a Profuturo AFP operar en el CIAD ubicado en el Jr. Carabaya Nº 515, Lima; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Instituciones, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modifi catorias, la Resolución N°053-98-EF/SAFP y la Resolución SBS Nº 949-2000; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Profuturo AFP el cambio de dirección de su agencia ubicada en el Jr. Carabaya Nº 515 al Jirón Ocoña Nº 160, Lima. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certifi cado Defi nitivo Nº PR-CD-04, que fuera autorizado al amparo de lo dispuesto en la Resolución SBS Nº 1275-2008 del 29.04.2008. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certifi cado Defi nitivo Nº PR-CD-05, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Profuturo AFP, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15º del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modifi catorias. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese LORENA MASIAS QUIROGA Superintendente Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 549563-1 Autorizan viaje de funcionaria al Sultanato de Brunei para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones para la suscripción del Acuerdo de Asociación Transpacífico RESOLUCIÓN SBS Nº 11995-2010 Lima, 29 de setiembre de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La comunicación cursada a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con el fi n de designar a un representante de nuestra institución para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones para la suscripción del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TTP, por sus siglas en inglés) entre los actuales miembros del acuerdo P4, Nueva Zelanda, Singapur, Chile, Brunei Darussalam, Australia, Estados Unidos, Perú y Vietnam, que se llevará a cabo del 4 al 9 de octubre de 2010, en la ciudad de Bandar Seri Begawan, Sultanato de Brunei. CONSIDERANDO: Que, en el marco de las citadas Rondas de Negociación, las negociaciones sobre servicios fi nancieros involucran temas regulatorios, además de los temas de política comercial fi nanciera, por lo que esta Superintendencia participará de manera particular en el equipo negociador de la mesa de servicios fi nancieros y comercio transfronterizo de servicios que tendrán lugar entre los días 4 al 7 de octubre; Que, dichas reuniones implican el tratamiento de temas que involucran la prestación de los servicios que brindan las empresas que operan en los sistemas supervisados y temas referidos a la inversión en el país, por lo que resulta necesaria la participación de esta Superintendencia a fi n de prestar el apoyo técnico que su especialización como organismo supervisor y regulador de los sistemas fi nanciero, de seguros y privado de pensiones le confi ere, a fi n de coadyuvar a