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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (13/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de abril de 2011 440918 Autorizan viaje de funcionaria para participar en evento a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN SBS Nº 4140-2011 Lima, 12 de abril de 2011 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La comunicación cursada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), en el marco de la ejecución de la Cooperación Técnica RG-T1693 (ATN/SU-11502-RG), con el fi n de convocar a representantes de esta Superintendencia para participar en el Taller de Trabajo conjunto entre la Superintendencia Financiera de Colombia y las contrapartes de Perú (SBS y CONASEV), el mismo que se llevará a cabo del 12 al 15 de abril de 2011, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; CONSIDERANDO: Que, la indicada cooperación técnica tiene por fi nalidad desarrollar un estudio sobre la arquitectura institucional y la gobernabilidad de los organismos de supervisión en América Latina, a la luz de las experiencias regionales y en particular del caso peruano y colombiano, con el propósito de buscar soluciones que permitan a los países de la región estar mejor preparados y contar con mejores sistemas de supervisión y regulación para enfrentar los desafíos de la innovación fi nanciera y la globalización de los mercados fi nancieros; Que, en el marco de la citada cooperación se ha previsto la realización de un taller de trabajo conjunto entre representantes de la Superintendencia Financiera de Colombia y las contrapartes del Perú (SBS y CONASEV), cuyo tema central será el desarrollo de la Matriz Integrada de Supervisión en el contexto de una Supervisión Basada en Riesgos, habiéndose realizado las coordinaciones necesarias para que la representante de nuestra institución participe en las sesiones que se llevarán a cabo el 14 y 15 de abril de 2011; Que, en tanto los temas a tratar en el citado evento serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de regulación, supervisión del sistema fi nanciero nacional, se ha designado a la señora Mila Guillén Rispa, Jefe del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que en representación de esta Superintendencia participe en el indicado taller; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-14, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011 estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de los funcionarios de la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en la referida reunión, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y la Resolución Nº 3078-SBS y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, Nº SBS-DIR-ADM-085-14; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Mila Guillén Rispa, Jefe del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia del 13 al 15 de abril de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 525,12 Viáticos US$ 600,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 627818-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran fundada en parte demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra diversos artículos de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial EXPEDIENTE N.º 0019-2009-PI/TC Expediente N.º 0019-2009-PI/TC LIMA ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DEL CALLAO SENTENCIA DEL PLENO JURISDICCIONAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERÚ DEL 21 DE MARZO DE 2011 PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD Ilustre Colegio de Abogados del Callao c/. diversos artículos de la Ley 29277, Ley de la Carrera Judicial Síntesis Proceso de inconstitucionalidad contra diversos artículos de la Ley 29277, Ley de la Carrera Judicial. Magistrados fi rmantes MESÍA RAMÍREZ ÁLVAREZ MIRANDA BEAUMONT CALLIRGOS CALLE HAYEN ETO CRUZ URVIOLA HANI Sumario I. ASUNTO II. DEMANDA Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA