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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de abril de 2011 440934 2. Declarar que debe interpretarse en conjunto los artículos primero y cuarto de la Ordenanza Nº 182- 2010-MDPH, en el sentido de que al no existir sanción económica, el pintado voluntario a cambio de benefi cios tributarios sí resulta una medida compatible con la Norma Fundamental. 3. Declarar que los efectos de la sentencia de inconstitucionalidad de autos son aquellos contenidos en el fundamento 38 de la presente. 4. Declarar INFUNDADA la demanda en lo demás que contiene. 5. Declarar que tanto las municipalidades y en general las instituciones públicas y privadas, tienen el deber de promover dentro su organización y en el respectivo ámbito ciudadano, sistemas de comunicación sobre los efectos del cambio climático en el Perú y en sus correspondientes ámbitos de competencia, así como sistemas de educación sobre la responsabilidad socio- ambiental y las medidas de ecoefi ciencia a nivel personal, familiar e institucional, que se pudieran implementar para fomentar un medio ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Publíquese y notifíquese. SS. MESÍA RAMÍREZ ÁLVAREZ MIRANDA VERGARA GOTELLI BEAUMONT CALLIRGOS CALLE HAYEN ETO CRUZ URVIOLA HANI 627217-1 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de profesores de la Universidad Nacional de Ingeniería a la República Popular China, Holanda y Francia, para fines de investigación UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 471 Lima, 1 de abril de 2011 Visto los Oficios Nº 114-2011-UNI-FIGMM-DEC y Nº 115-2011-UNI-FIGMM-DEC del Decanato de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, dentro de los alcances del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad de China de Geociencias de Wuhan y la Universidad Nacional de Ingeniería fi rmado con fecha 6 de agosto del 2010, la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica de la UNI suscribió el Convenio Específi co de Cooperación Académica, Científi ca y Tecnológica con la Ofi cina Internacional de Cooperación de la Universidad de China de Geociencias; siendo el objeto, desarrollar dos temas de investigación: 1). Estudios comparativos de la patogénesis y mineralización profunda de las rocas granitoides en el sureste de China y los andes peruanos; y 2). Investigación de común interés en geoquímica ambiental; Que, mediante los ofi cios del visto, el Decano de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica informa al Rectorado que dos profesores investigadores de la Facultad han sido invitados por la Universidad de China de Geociencias, para llevar a cabo los temas de investigación establecidos dentro del marco del Convenio Específi co suscrito con la citada Universidad; solicitando se autorice el viaje de los profesores investigadores Ing. Nora Nelly Revollé Álvarez y MSc. Ing. Oscar Felipe Silva Campos, a la República Popular de China del 14 al 28 de abril del 2011; asimismo, se otorgue a la Ing. Nora Nelly Revollé Álvarez la suma de USD 1,400.00, por concepto de viáticos, fi nanciados con recursos directamente recaudados por la Facultad, conforme al acuerdo de Consejo de Facultad de fecha 24 de marzo de 2011; y al MSc. Ing. Oscar Felipe Silva Campos los viáticos respectivos para sufragar los gastos de visita a las ciudades de Ámsterdam, Shanghai, Pekín y Wuhan, a ser fi nanciados con recursos directamente recaudados por la administración Central de la Universidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el artículo 52º, inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de los profesores investigadores Ing. Nora Nelly Revollé Álvarez y MSc. Ing. Oscar Felipe Silva Campos, a la República Popular de China, del 14 al 28 de abril del 2011, para que en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería lleven a cabo las investigaciones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, realizando visitas a las ciudades de Ámsterdam, París, Shanghai, Pekín y Wuhan. Artículo 2º.- Otorgar al MSc. Ing. Oscar Felipe Silva Campos, los viáticos respectivos, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en las actividades antes mencionadas, los mismos que serán fi nanciados a través de los Recursos Directamente Recaudados de la Administración Central, por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuación se indica: Viáticos por 14 días: USD 2,800.00 Artículo 3º.- Otorgar a la Ing. Nora Nelly Revollé Álvarez, los viáticos respectivos, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en las actividades antes mencionadas, los mismos que serán fi nanciados a través de los Recursos Directamente Recaudados de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica, por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuación se indica: Viáticos por 14 días: USD 1,400.00 Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos profesores deberán presentar un informe detallado sobre las visitas realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos, de acuerdo a Ley. Artículo 5º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica. Artículo 6º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Regístrese, comuníquese y archívese AURELIO PADILLA RIOS Rector NELSON CACHO ARAUJO Secretario General 627108-1