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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de abril de 2011 441399 incluyendo la declaración del contenido de ácidos grasos trans y sugerimos su armonización en las América”; Que, de acuerdo a lo estipulado en el punto (10) del numeral 6.2.10 de las Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 826-2005/MINSA, se establece que “En los casos que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de incumbencia intersectorial, o que pueda afectar a terceras personas, a solicitud de la Dirección General, Ofi cina General o dependencia que tuvo la iniciativa de la formulación, se podrá considerar la emisión de una Resolución Ministerial que disponga la pre publicación en la página web del Ministerio de Salud; la misma que se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano.”; Que, la Dirección General de Salud Ambiental ha elaborado el proyecto de Norma Técnica Sanitaria para la consignación de grasas trans en el etiquetado de alimentos industrializados, cuya fi nalidad es proteger la salud de la población, estableciendo la forma en que debe ser consignada la información sobre grasas trans en el etiquetado de los alimentos industrializados, contribuyendo a que los consumidores realicen una selección adecuadamente informada para su consumo; Que, es necesario disponer la prepublicación del referido proyecto en el portal de Internet del Ministerio de Salud, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones efectúe la prepublicación del proyecto de “Norma Técnica Sanitaria para la consignación de grasas trans en el etiquetado de alimentos industrializados”, en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/portada/docconsulta. asp, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Salud Ambiental la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, a fi n de elaborar el proyecto correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 631013-1 Designan Directora de Sistema Administrativo I de la Oficina de Seguros del Hospital de Emergencia ”José Casimiro Ulloa” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 287-2011/MINSA Lima, 19 de abril del 2011 Visto el expediente Nº 10-108307-001 que contiene el Ofi cio Nº 097-DG-N°033-2011-HEJCU-OP, de la Directora General del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa” del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial N° 344-2010/ MINSA, del 21 de abril de 2010, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa”; asimismo, mediante Resolución Directoral N° 010-2011-DE-HEJCU/OP, del 11 de enero de 2011, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal del 2011 del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa”; Que mediante documento de visto, la Directora General del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa”, propone la designación de la médico cirujano Ivania Melissa Marín Dueñas, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo I, Nivel F-3, cuya plaza de la Ofi cina de Seguros se encuentra vacante, lo cual es concordante con lo expuesto en el Informe N° 013-2011- OPP/MINSA del 15 de febrero de 2011, emitido por la Directora de Programación y Presupuesto de la Ofi cina General de Administración de Recursos Humanos; Que mediante Memorándum N° 0231-2011-OGPP- OP/MINSA, de fecha 03 de marzo de 2011, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, manifi esta que el Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa”, cuenta con marco presupuestal en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios de la Genérica del Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales, para atender la acción administrativa propuesta; Que estando a lo solicitado mediante el documento de visto y por convenir al servicio resulta necesario designar a la profesional propuesta; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la médico cirujano Ivania Melissa Marín Dueñas, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Ofi cina de Seguros del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa” del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 631013-2 Instauran proceso administrativo disciplinario a servidor del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 063-2011-DG/INSM-”HD-HN” San Martín de Porres, 18 de abril de 2011 VISTO: El Informe Nº 05-2011-CPPAD/INSM“HD-HN”, remitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios (CPPAD) del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado-Hideyo Noguchi”, en el que se pronuncia a favor de la apertura de Proceso Administrativo Disciplinario contra el servidor EDMUNDO ENRIQUE DELGADO BALDEON; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 150, del D.S. Nº 005-90-PCM, establece que “Se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demás normatividad específi ca sobre los deberes de servidores y funcionarios, establecidos en el artículo 28 y otros de la Ley y el