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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de agosto de 2011 448801 Nº 084-2004-PCM; según Resolución Nº 1092-2011-TC- S2 del 23.06.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 18. ACUÑA Y PERALTA S.A., Mediante Resolución Nº 1270-2011-TC-S3 del 22.07.2011, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1095-2011-TC-S3 del 23.06.2011 que lo sanciona con doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por realizar subcontrataciones no autorizadas por la Entidad o por un porcentaje mayor a lo permitido en la normativa de Contrataciones del Estado, infracción tipifi cada en el numeral 7) del artículo 294 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 19.TECNOLOGIA Y DESARROLLO CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., Mediante Resolución Nº 1270-2011- TC-S3 de 22.07.2011, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1095-2011-TC-S3 del 23.06.2011 que lo sanciona con doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por realizar subcontrataciones no autorizadas por la Entidad o por un porcentaje mayor a lo permitido en la normativa de Contrataciones del Estado, infracción tipifi cada en el numeral 7) del artículo 294 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 20. OLORTEGUI MALAFAYA; EMILIO, Inhabilitación por trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o inexacta, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal i) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF, respectivamente; según Resolución Nº 1107-2011- TC-S1 del 24.06 .2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución 21. VICTOR CHAVEZ IZQUIERDO S.A. – VCHI S.A., Mediante Resolución Nº 1262-2011-TC-S1 del 21.07.2011, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1119-2011-TC-S1 del 28.06 .2011 que lo sanciona con siete (07) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 22. H Y M ALMACENES GENERALES S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato, infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; según Resolución Nº 1122-2011-TC-S2 del 28.06.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 23. CHIRA MAR S.A.C., Inhabilitación por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1123-2011-TC- S2 del 28.06.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 24. CONSORCIO CMS E.I.R.L., Inhabilitación por trece (13) meses en sus derechos de participación en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº1017; según Resolución Nº 1126- 2011-TC-S1 del 28.06.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 25. EMPRESA NUEVO MILENIUM S.A.C., Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, según Resolución Nº 1127-2011-TC-S4 del 28.06.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 26. MMK CONSTRUCTORES ASOCIADOS E.I.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado en concordancia con el literal i) del numeral 1) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobados mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo 184-2088-EF, respectivamente; según Resolución Nº 1131-2011-TC-S1 del 28.06.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 27. CAFEREY INGENIEROS S.A.C, Mediante Resolución Nº 1341-2011-TC-S2 de 05.08.2011, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1134-2011- TC-S2 del 28.06.2011, que lo sancionó con tres (03) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 28. NEPT COMPUTER S.R.L., Mediante Resolución Nº 1325-2011-TC-S2 de 27.07.2011, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1135-2011-TC- S2 del 28.06.2011 reformando el período de sanción de siete (07) a cuatro (04) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 29. FABRICACIONES MECANICAS-ELECTRICAS DAVILA ACOSTA Y CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L. - FAMEDA (Hoy FABRICACIONES MECANICAS- ELECTRICAS DAVILA ACOSTA Y CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.), Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución parcial del contrato, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; según Resolución Nº 1142-2011-TC-S4 del 30.06.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 30. AGMIN ITALY S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el literal b) del numeral 1 del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones