Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2011 (09/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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continue realizando el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios del mencionado programa nacional, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar mayores recursos al Tesoro Publico. TRIGESIMA.- Prorrogase la vigencia de la quincuagesima novena disposicion complementaria final de la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, que regula el otorgamiento de una asignacion especial para el personal que realice funciones de investigacion en los institutos, organismos y centros de investigacion del Estado. Asimismo, precisase que la elaboracion de las disposiciones reglamentarias a que hace referencia la citada disposicion se encuentra a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, bajo responsabilidad. TRIGESIMA PRIMERA.Autorizase, excepcionalmente, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a aprobar mediante resolucion ministerial, la suscripcion de un convenio de administracion de recursos con la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI), a fin de garantizar y asegurar los medios tecnicos y profesionales suficientes que permitan a la direccion general de aeronautica civil cumplir adecuadamente con las actividades de su competencia. TRIGESIMA SEGUNDA.- Disponese la ejecucion del proyecto de inversion publica "Mejoramiento, ampliacion de las redes de distribucion primaria, secundaria, conexiones domiciliarias y sistema de generacion electrica de San MORDAZA del Estrecho, distrito de Putumayo, Maynas, Loreto" con Codigo SNIP N°159605, con cargo a los mayores ingresos del pliego Ministerio de Energia y Minas, en el Ano Fiscal 2012, que resulten de la aplicacion de la Ley 28749, Ley General de Electrificacion Rural, proveniente de las MORDAZA de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, hasta por un monto de S/. 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). TRIGESIMA TERCERA.- Exceptuase al Ministerio Publico de lo dispuesto en el numeral 10.5 del articulo 10 de la presente Ley, con objeto de que adquiera vehiculos automotores en el MORDAZA de implementacion del Codigo Procesal Penal, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. TRIGESIMA CUARTA.- Autorizase a los organismos del Sistema Electoral a exonerarse de lo dispuesto por el Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, asi como de la aplicacion del Decreto Legislativo 1057, que regula el regimen especial de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS) a efectos de realizar la contratacion de servicios necesaria a traves de locacion de servicios, en el MORDAZA de lo establecido en el Codigo Civil, para los procesos electorales a realizarse en el Ano Fiscal 2012. La presente disposicion sera financiada con cargo a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. TRIGESIMA QUINTA.- Autorizase al pliego Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (Sunarp) a transferir financieramente, con cargo a sus saldos de balance al 31 de diciembre de 2011, hasta la suma de S/. 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del pliego Instituto Nacional Penitenciario (INPE), con el objeto de apoyar el financiamiento para la construccion de centros penitenciarios, cuya ejecucion se sujeta a las normas legales vigentes. Dicha transferencia financiera se realiza mediante resolucion del titular del pliego Sunarp, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la mencionada entidad, y se incorporan en el presupuesto institucional del pliego INPE conforme a lo establecido en el articulo 42 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. TRIGESIMA SEXTA.- Autorizase a los gobiernos regionales y gobiernos locales para transferir recursos con excepcion de los provenientes de las MORDAZA de Financiamiento Recursos Ordinarios y Operaciones Oficiales de Credito, asi como bienes muebles e inmuebles a titulo gratuito y conforme a las disposiciones legales vigentes, a favor del Poder Judicial y Ministerio Publico. Las transferencias de recursos se aprueban mediante

Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, previa suscripcion de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto y de la oficina de administracion, o de las que MORDAZA sus veces. TRIGESIMA SETIMA.- Autorizase al pliego Ministerio de Educacion a otorgar subvenciones a personas naturales en el MORDAZA de la implementacion del Programa Nacional Beca 18, creado mediante el Decreto Supremo 017-2011ED del 05 de noviembre de 2011. La presente disposicion entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de la presente Ley. TRIGESIMA OCTAVA.- Establecese una comision constituida por representantes del Instituto Peruano del Deporte, del Ministerio de Educacion, de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, del Gobierno Regional del Departamento de La MORDAZA, del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, y de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, que tenga por objeto la determinacion de la infraestructura deportiva necesaria en las ciudades de MORDAZA y Chiclayo determinadas como sedes de los XVII Juegos Bolivarianos 2013, lo que implica el mejoramiento de la infraestructura existente y el mantenimiento de la misma, cuya ejecucion se sujeta a las disposiciones legales vigentes, y al financiamiento que se autorice en su oportunidad con cargo a los mayores ingresos en el Sector Publico y/o con los recursos que pueda transferir el Ministerio de Educacion mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a favor del pliego Municipalidad Provincial de MORDAZA, el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y el Instituto Peruano del Deporte. Para la aplicacion de la presente disposicion, el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion General de Politica de Inversiones prestara a la Comision la asesoria tecnica necesaria, que esta solicite, con el fin de optimizar el uso de los recursos publicos. A fin de contar oportunamente con la infraestructura a que hace referencia la presente MORDAZA, los trabajos de la Comision deberan terminar en el mes de febrero del ano 2012, asegurando la operatividad de la citada infraestructura MORDAZA del inicio de los Juegos Bolivarianos en el ano 2013. Sin perjuicio de las acciones que se desarrollen en el MORDAZA de la presente MORDAZA, el pliego Municipalidad Provincial de MORDAZA, el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y el Instituto Peruano del Deporte, deberan realizar las acciones de mejoramiento y mantenimiento que tengan programadas conforme a sus presupuestos institucionales respectivos. TRIGESIMA NOVENA.- Las Universidades Publicas, Institutos Tecnologicos y Pedagogicos, comprendidos en las Leyes 23630 y 23871 y su modificatoria Ley 27763, durante el ano 2012, podran destinar hasta un 20% de sus recursos por concepto de canon y sobrecanon y regalias mineras, para el financiamiento y cofinanciamiento de actividades relacionadas con el MORDAZA de acreditacion superior universitaria y no universitaria, segun corresponda, para cuyo efecto quedan autorizados a realizar todas las modificaciones en el nivel funcional programatico que resulten necesarias. CUADRAGESIMA.- Disponese que las entidades publicas registren en el Sistema de Informacion de Obras Publicas (INFOBRAS) a cargo de la Contraloria General de la Republica, informacion relacionada con la ejecucion de obras publicas. Lo establecido en la presente disposicion se implementara en forma progresiva y conforme a las normas complementarias que emita la Contraloria General de la Republica. La presente MORDAZA se financia con cargo al presupuesto institucional de la citada entidad y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. CUADRAGESIMA PRIMERA.Encargase al Ministerio de Economia y Finanzas para que a traves de la Direccion General de Contabilidad Publica, en un plazo de ciento ochenta (180) dias proceda a la revision de la normativa y procedimientos de la Cuenta General de la Republica y del Sistema Nacional de Contabilidad, con el fin de mejorar el cumplimiento oportuno de las entidades del Sector Publico en la MORDAZA de sus cuentas y cumplimiento de sus metas presupuestarias, asi como estableciendo las sanciones pertinentes en los casos que lo ameriten, proponiendo las modificaciones legislativas que fueran necesarias.

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