Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2011 (09/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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bajo la coordinacion del Ministerio de Economia y Finanzas y los pliegos correspondientes, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, y de acuerdo a las intervenciones publicas que se listan a continuacion: Productividad de MYPES y cooperativas. Sanidad agropecuaria. Agua y saneamiento rural. Sistema de determinacion de plazas incrementales de personal de la Educacion Basica Regular. Control de crecimiento y desarrollo infantil (Cred) y Municipios saludables. Facilitacion de las actividades aduaneras de comercio exterior. Conservacion de areas naturales. Educacion superior universitaria (pregrado). Formacion inicial de docentes - MORDAZA Publica Magisterial.

14.2 Asimismo, durante el Ano Fiscal 2012 el Ministerio de Educacion, en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a su presupuesto institucional, debe disenar y realizar las siguientes lineas de base, a fin de garantizar el adecuado seguimiento y evaluacion de impacto: i. de indicadores de desarrollo y logros de aprendizaje de ninos de tres a cinco anos en el MORDAZA del Programa Logros de Aprendizaje del II Ciclo de la Educacion Basica Regular; ii. de los indicadores de los programas de atencion a primera infancia (ninos de cero a cinco anos); y iii. de indicadores del tiempo efectivo y demanda cognitiva de actividades de aprendizaje en el MORDAZA del Programa Logros de Aprendizaje de Primaria de la Educacion Basica Regular. CAPITULO IV DISPOSICIONES ESPECIALES EN MATERIA DE GASTO EN SALUD, EDUCACION Y OTROS CONCEPTOS Articulo 15. Sistema de ordenamiento de plazas docentes 15.1 Autorizase al Ministerio de Educacion, a traves de la Secretaria de Planificacion Estrategica, a implementar un MORDAZA sistema de ordenamiento y/o incremento de plazas de docentes, auxiliares de educacion y personal administrativo de instituciones educativas sobre la base a un padron nominado de alumnos identificados mediante el documento nacional de identidad (DNI) en el Sistema de Informacion de apoyo a la Gestion de la Institucion Educativa (SIAGIE). 15.2 El Ministerio de Educacion, mediante decreto supremo, previa opinion tecnica favorable del Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion General de Presupuesto Publico, en un plazo que no exceda los noventa dias calendario contado a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, establece los siguientes contenidos, los cuales deben ser concordantes con la prioridad de politica publica orientada a la ampliacion de la cobertura en educacion inicial: i) las metas, plazos, procedimientos y cronograma, entre otros, de implementacion del MORDAZA sistema al que se refiere el parrafo 15.1; ii) los criterios de priorizacion de metas y racionalizacion del gasto para el financiamiento del incremento en el numero de plazas; iii) las medidas necesarias para la conversion de los Programas No Escolarizados de Educacion Inicial (PRONOEI) en jardines de inicial; y iv) los criterios de priorizacion para la asignacion de plazas por nivel y ambito.

Articulo 16. Informacion sobre infraestructura educativa Establecese que el Ministerio de Educacion, a mas tardar el 31 de marzo de 2012, elabora y entrega informacion a nivel de institucion educativa, referida a las necesidades de rehabilitacion, sustitucion y mantenimiento preventivo de dichas instituciones educativas y la pone a disposicion de los gobiernos regionales y gobiernos locales para sus decisiones sobre programacion, formulacion y ejecucion de inversiones y mantenimiento de la infraestructura educativa. El Ministerio de Economia y Finanzas, en un plazo que no exceda los quince dias de publicada la presente MORDAZA y a traves de la Direccion General de Presupuesto Publico, remite al Ministerio de Educacion, lineamientos sobre los contenidos que debe considerar la informacion que elabore dicho Ministerio considerando las diferencias geograficas. Las entidades del Gobierno Nacional, de los gobiernos regionales y gobiernos locales deben considerar para la priorizacion de sus actividades y proyectos de inversion vinculados a gastos de inversion y mantenimiento de la infraestructura educativa durante las etapas del MORDAZA presupuestario de programacion, formulacion y ejecucion, los siguientes lineamientos de politica educativa: a) b) c) Atencion prioritaria al nivel inicial y nivel primaria unidocente y multigrado. Atencion prioritaria a la poblacion indigena y rural. Atencion prioritaria a la poblacion de los distritos pertenecientes a los quintiles de pobreza 1 y 2.

Articulo 17. Plan Multianual de Adquisicion de Materiales Educativos El Ministerio de Educacion, mediante decreto supremo, y con la opinion tecnica favorable previa del Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion General de Presupuesto Publico, aprueba, hasta el 31 de enero de 2012, un "Plan Multianual de Adquisicion de Materiales Educativos 2012-2016", el mismo que contiene, entre otros aspectos, el detalle de los procesos de seleccion necesarios para la adquisicion y distribucion de los distintos tipos de materiales educativos, consignando un cronograma de realizacion de dichos procesos, que abarque desde la entrega de las especificaciones tecnicas a la oficina general de administracion hasta la ejecucion final de los contratos. Para la elaboracion de dicho Plan, el Ministerio de Educacion debe considerar que los materiales educativos deben estar disponibles en las instituciones educativas MORDAZA del inicio de cada ano escolar. Articulo 18. Programas Presupuestales en materia de salud Establecese que en el presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, se ha consignado el monto de S/. 74 955 384,00 (SETENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), con el objeto de transferirlo a los gobiernos regionales, para efecto del Programa Presupuestal Prevencion y Control del Cancer. Asimismo, en el Pliego Ministerio de Salud, se ha consignado el monto de S/. 680 960 351,00 (SEISCIENTOS OCHENTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser transferido a los gobiernos regionales, para los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud MORDAZA Neonatal, Prevencion y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxenicas y Zoonosis, y Enfermedades No Transmisibles. Para efecto de lo establecido en los parrafos primero y MORDAZA, las transferencias de partidas se realizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Economia y Finanzas, y en dos etapas: la primera etapa, hasta el 31 de enero de 2012, y la MORDAZA, hasta el 31 de MORDAZA de 2012, y se ejecuta a nivel de establecimiento de salud. Los recursos correspondientes a la primera etapa se transfieren con sujecion al registro y actualizacion de la base de datos del Sistema Integrado de Gestion

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