Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2011 (09/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de diciembre de 2011

de Recursos Estrategicos de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios MORDAZA incorporados hasta el 31 de enero de 2012, mediante el Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico. CENTESIMA OCTAVA.- Autorizase a la Presidencia del Consejo de Ministros a continuar el pago de las reparaciones economicas establecido en el articulo 37 del Reglamento de la Ley 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado mediante Decreto Supremo 015-2006-JUS, con cargo a los mayores ingresos en el Presupuesto del Sector Publico y/o con los recursos a los que hace referencia el articulo 44 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Dichos recursos se aprobaran mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a solicitud del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por el monto de S/. 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), con el objetivo de continuar con el pago de las reparaciones economicas teniendo en cuenta el monto y la edad de los beneficiarios o victimas establecidos en el Decreto Supremo 051-2011-PCM. Si cumplida esta etapa de pago de reparaciones economicas restara un excedente de recursos, se continuara con dicho pago a las victimas o beneficiarios, segun orden de prelacion, priorizandose a los de mayor edad. La presente disposicion entra en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ley. CENTESIMA NOVENA.- Autorizase, durante el ano fiscal 2012, a la Universidad Nacional de Huancavelica el nombramiento de docentes universitarios a dedicacion exclusiva en plazas presupuestadas con la finalidad de cubrir su cuadro de autoridades universitarias que le permita garantizar el adecuado funcionamiento de dicha Universidad, con cargo a su presupuesto institucional, previa opinion favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico y de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, sujetandose a las normas legales vigentes. CENTESIMA DECIMA.- En el plazo de 60 dias desde la entrada en vigencia de la presente Ley, conformase una Comision Multisectorial para la evaluacion de la implementacion de las medidas contenidas en la `Propuesta Tecnica de Descentralizacion Fiscal', elaborada en aplicacion a la Duodecima Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, y la elaboracion del plan de accion correspondiente. Dicha comision se integra por el Secretario de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidira; un representante de la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas, un representante del Viceministerio de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas, un representante del Viceministerio de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas, un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, un representante de la Asociacion de Municipalidades del Peru, y un representante de la Red de Municipalidades Rurales del Peru; con el fin de mantener un espacio de dialogo intergubernamental y definir las acciones necesarias para la consolidacion del MORDAZA de Descentralizacion Fiscal. Actuara como Secretaria Tecnica de la Comision Multisectorial la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas. CENTESIMA DECIMA PRIMERA.- La presente Ley entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2012, salvo el articulo 16, la Primera y MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria, asi como la Decima Sexta Disposicion Complementaria Final, que rigen a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Asimismo, disponese la vigencia permanente de las normas siguientes: i) la Decima Tercera Disposicion Final de la Ley 29289 y modificatorias, disponiendose, a su vez, la inclusion de la evaluacion de los estudios de preinversion de los proyectos de inversion publica en el literal b) del numeral 1) y del numeral 3) de la mencionada disposicion

final; ii) el Decreto de Urgencia 051-2009, incluyendose a los Gobiernos Locales en la autorizacion otorgada por dicha norma; iii) el articulo 6 del Decreto de Urgencia 1032009, referido al financiamiento de los estudios para la reubicacion optima de la MORDAZA de Cerro de Pasco; y, iv) los Decretos de Urgencia 053-2009, 055-2009, 080-2010 y Decreto de Urgencia 051-2011. Asimismo, incluyase, para el ano fiscal 2012, dentro de los alcances del Decreto de Urgencia 055-2009, para todos sus efectos, a todo el personal militar y policial que presta servicios en la Region Militar del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene (VRAE). De igual forma, prorroguese hasta el 31 de diciembre de 2012, la vigencia de los Decretos de Urgencia 1082009 y 040-2011, asi como el MORDAZA de transferencia dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura. CENTESIMA DECIMA SEGUNDA.- Autorizase durante el ano 2012, la transferencia de partidas de saldos presupuestales en la fuente de financiamiento recursos ordinarios correspondientes a dicho ano de los 35 Gobiernos Locales que recibieron transferencias en el MORDAZA del Plan Piloto de la Municipalizacion de la Gestion Educativa de acuerdo al Decreto de Urgencia 044-2009 y Decretos Supremos 130-2009-EF y 2012009-EF, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales y Ministerio de Educacion. Para tal efecto, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Educacion y el Presidente del Consejo de Ministros (PCM), se MORDAZA por finalizado el Plan Piloto de la Municipalizacion de la Gestion Educativa. La citada transferencia de partidas se efectuara, hasta el 31 de enero de 2012, mediante decreto supremo a solicitud del Ministerio de Educacion. Dejese sin efecto la MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA.- Las entidades publicas que a continuacion se detallan aprueban disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto publico y de ingresos de personal, que contienen necesariamente medidas en esos rubros. Dicha aprobacion se efectua conforme a lo siguiente: a) En las empresas y entidades bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. En el Banco Central de Reserva del Peru (BCRP) y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), mediante acuerdo de directorio y resolucion de su titular, segun corresponda. En la empresa Petroleos del Peru (Petroperu S.A.), mediante acuerdo de directorio. En materia de ingreso de personal y arbitraje laboral, dicha entidad se sujeta a los lineamientos tecnicos financieros y limitaciones que establezcan el Fonafe. En las empresas de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, mediante acuerdo de directorio. En los organismos supervisores y reguladores de servicios publicos, mediante resolucion de su titular. En materia de ingresos de personal se sujeta a lo dispuesto en esta Ley.

b)

c)

d) e)

Las disposiciones que se aprueben conforme a lo senalado desde el literal a) hasta el literal e) deben publicarse en el diario oficial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2011, y rigen a partir del 1 de enero de 2012. De no efectuarse tal publicacion, son de aplicacion las normas de austeridad, disciplina y calidad del gasto publico y de ingreso del personal contenidas en la presente Ley, segun sea el caso. SEGUNDA.- Para efecto de la aplicacion de la unica disposicion complementaria modificatoria de la presente

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