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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de diciembre de 2011 455025 vía electrónica a través de la siguiente dirección de correo electrónico: Reg_PRTD@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 729511-1 Autorizan difusión del proyecto de “Reglamento del Servicio de Defensoría del Inversionista” RESOLUCIÓN SMV Nº 010-2011-SMV/01 Lima, 15 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante, la SMV), aprobado por Decreto Ley N° 26126 y modifi cado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley N° 29782, esta institución tiene por fi nalidad, entre otros, velar por la protección de los inversionistas y difundir toda la información necesaria para tal propósito; Que, atendiendo al mandato institucional antes señalado, resulta necesario reorientar el Servicio de Defensoría del Inversionista de la SMV (en adelante, la Defensoría del Inversionista), creado mediante Resolución CONASEV N° 061-2007-EF/94.01.1, hacia el fortalecimiento de la protección de los inversionistas, con el propósito de velar por el respeto de sus derechos en el mercado de valores, el mercado de productos y los sistemas de fondos colectivos; Que, en este sentido, se ha elaborado el proyecto de Reglamento del Servicio de la Defensoría del Inversionista de la SMV, de modo que se determine el alcance de las funciones de este servicio y su contribución al fortalecimiento de la protección de los inversionistas, conforme a lo antes considerado, encomendando al Superintendente que apruebe las directivas complementarias que sean necesarias para su plena implementación; y, Que, en este caso, se considera necesario por la relevancia e implicancias para la protección de los inversionistas que, además de difundirse el citado proyecto a través del Portal del Mercado de Valores Peruano (www. smv.gob.pe), se publique la presente resolución que autoriza su difusión en el Diario Ofi cial El Peruano; y Estando a lo dispuesto en la Resolución CONASEV Nº 089-2006-EF/94.10, que aprueba la política de difusión previa de las normas de carácter general de la SMV, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV, reunido en sesión de fecha 13 de diciembre de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la difusión del proyecto de “Reglamento del Servicio de Defensoría del Inversionista”, el mismo que consta de seis (06) artículos. Artículo 2°.- Disponer que el proyecto de “Reglamento del Servicio de Defensoría del Inversionista” se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto de “Reglamento del Servicio de Defensoría del Inversionista” es de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía Mesa de Partes de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en Avenida. Santa Cruz 315- Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, o por vía electrónica a través de la siguiente dirección de correo electrónico: Reg_SDI@smv.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 729508-1 ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Acuerdos adoptados sobre Directores de Empresas en las que FONAFE participa como Accionista ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 007-2011/029-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modifi catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de esta Empresa. Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 007- 2011/029-FONAFE, correspondiente a la sesión instalada con fecha 7 de Diciembre de 2011, se designó como Miembro de Directorio, a la persona que se señala a continuación: NOMBRE CARGO EMPRESA SECTOR QUE PROPONE ANIBAL EDUARDO ISMODES CASCON PRESIDENTE DE DIRECTORIO SEDAPAL VIVIENDA MARIO GONZALES DEL CARPIO Director Ejecutivo FONAFE 729580-1 Acuerdos adoptados sobre Directores de Empresas en las que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 008-2011/027-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modifi catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de esta Empresa. Se comunica que mediante Acuerdo de Directorio Nº 008-2011/027-FONAFE, correspondiente a la sesión instalada con fecha 27 de Octubre de 2011 se ha tomado conocimiento de la renuncia al cargo de miembro de directorio de empresa en la que participa FONAFE, presentada por la persona señalada a continuación, dándole las gracias por los servicios prestados durante el desempeño de sus funciones: NOMBRE DEL RENUNCIANTE EMPRESA CARGO MARÍA JESÚS REINAFARJE GONZALES FONDO MIVIVIENDA DIRECTOR MARIO GONZALES DEL CARPIO Director Ejecutivo FONAFE 729580-2