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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de diciembre de 2011 456794 complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el 1 de enero del 2012, luego de ratifi carse por la Municipalidad Provincial de Huarochirí. Tercera.- Deróguese todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FRANCISCO Y.PEREZ TICSE Alcalde ANEXO 1 ARBITRIOS DE LIMPÌEZA PÚBLICA Barrido de Calles * Se multiplica la Tasa anual por los metros lineales de frontera de cada predio Frecuencia de Barrido semanal Tasa anual por ml Zona Centro 15.33 Zona Alrededores 5.11 Recojo de Residuos Sólidos * Se multiplica la Tasa anual por los metros cuadrados de cada predio Uso del predio Tasa por m2C por uso Casa Habitación 1.14 Comercio (Minimarket, restaurantes y similares) 2.37 Uso del predio Tasa por m2C por uso Centros Educativos y de Salud 3.35 Hostales 2.24 Industrias 4.46 Otros 3.58 ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES El monto señalado es el monto anual que debe pagar cada predio según su ubicación Ubicación del predio Tasa Anual predio x ubicación Ubicación 1 Cerca de Parque 107.36 Ubicación 2 Lejos de parque 89.47 ARBITRIO DE SERENAZGO El monto señalado es el monto anual que debe pagar cada predio según su uso. Uso del predio Tasa Anual predio por uso Casa habitación 156.65 Comercio 313.31 Centros Educativos y de Salud 548.29 Hostales 939.93 Industrias 3,133.08 Otros 234.98 733738-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL