Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2011 (29/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de diciembre de 2011

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI-MATUCANA POR CUANTO: El expediente Nº 05364-11 del 06/12/11, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, donde solicita la ratificacion de su Ordenanza Municipal Nº 005-2011-ALC-MDS de fecha 03/12/11, que regula los Arbitrios Municipales, Limpieza Publica, Parques, Jardines y Serenazgo de su Jurisdiccion para el ano 2012; asi mismo el Dictamen Nº 006-2011CREDA/MPH-M de fecha 14/12/11, de la Comision de Revision y Evaluacion de Documentos Administrativos de los Concejos Distritales ­ CREDA, Dictamen Nº 0052011-CEAP/MPH-M de fecha 15/12/2011 de la Comision de Economia, Administracion y Presupuesto, y la Sesion Ordinaria del Concejo del 15/12/2011, todos vinculados al expediente mencionado parrafos arriba, y: CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades aprobado por la Ley Nº 27972, senala que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual esta concordado en lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado; Que, en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 en su articulo 9º numeral 9) establece las facultades del Concejo Municipal para crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley, lo cual esta concordado en lo establecido en el articulo 74º de la Constitucion Politica del Estado. En tal sentido, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales estan obligadas a someterse a ratificacion por la Municipalidad Provincial de su circunscripcion, conforme se senala en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Municipalidad Provincial de Huarochiri aprobo la Ordenanza Municipal Nº 038-2004/CM-MPH-M mediante la cual se constituyo la comision del CREDA y su reglamento que regula el procedimiento de Ratificacion de las Ordenanzas Municipales Distritales de la Provincia de Huarochiri. Asimismo atendiendo a las sentencias del Tribunal Constitucional contenidas en los expedientes Nº 0053-2004-AI/TC y Nº 0041-2004-AI/TC, por las cuales se instituyeron de manera vinculante los nuevos criterios de estructura de costos en procedimiento tributarios municipales, mas especificamente en arbitrios Municipales, para lo cual se aprobo la Ordenanza Municipal Nº 0362005/CM-MPH-M que aprueba el "Reglamento para el reajuste de Ordenanzas Municipales Distritales que han creado tasas y derechos Municipales, asi como la determinacion de costos de los servicios y procedimientos administrativos que han dado origen a tributos para efecto de la ratificacion de ordenanzas municipales distritales de la Provincia de Huarochiri"; Que, conforme al Dictamen Nº 006-2011-CREDA/ MPH-M del 14/12/11, la Comision del CREDA ha evaluado el expediente Nº 05364-11 del 06/12/11, remitido por la Municipalidad distrital de MORDAZA, quien solicita la ratificacion de su Ordenanza Municipal Nº 005-2011-ALC-MDS de fecha 03/12/11 que regula los Arbitrios Municipales, sobre Limpieza Publica, Parques, Jardines y Serenazgo de su jurisdiccion para el ano 2012; que habiendo cumplido con todas las exigencias formales reguladas en la ordenanza, tales como su cuadro de estructura de costos , por lo que dictamina por la ratificacion de la referida ordenanza. La Comision ha evaluado dicho expediente considerando los procedimientos establecidos en la Ordenanza Nº 038-2004/CM-MPH-M de la Municipalidad Provincial de Huarochiri de conformidad con el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 concordado con el Articulo 68º y siguientes del TUO de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004/EF, y los lineamientos senalados en los expedientes Nº 00041-2004-AI/TC y Nº 0053-2004 del Tribunal Constitucional en materia tributaria; asimismo con Dictamen Nº 005-2011-CEAP/MPH-M de fecha 15/12/11 la Comision de Economica, Administracion y Presupuesto ha evaluado los autos mencionados parrafos arriba y considerando el Dictamen del CREDA, estos recomiendan la aprobacion de la Ordenanza Municipal Nº 005-2011ALC-MDS de fecha 03/12/11, que regula los Arbitrios Municipales, sobre Limpieza Publica, Parques, Jardines y Serenazgo de su jurisdiccion para el ano 2012; con la

opinion favorable de la Comision del CREDA y el Dictamen de la Comision de Economia, Administracion y Finanzas, el Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15/12/11 acordo por mayoria aprobar dicha solicitud. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972, la Ordenanza Nº 038-2004/ CM-MPH-M y los lineamientos del Tribunal Constitucional en materia tributaria, el Concejo Municipal Provincial por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 005-2011-ALC-MDS de fecha 03/12/11 que regula los Arbitrios Municipales, sobre Limpieza Publica, Parques, Jardines y Serenazgo de su jurisdiccion para el ano 2012, de la Municipalidad Distrital de Surco; al haber cumplido con todas las exigencias formales reguladas en la Ordenanza Nº 038-2004/CM-MPH-M y Ordenanza Nº 038-2004/CM-MPH-M, segun el Dictamen Nº 006-2011CREDA/MPH-M. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza por la Municipalidad Distrital, conforme al articulo 44º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y en lo que corresponda a las Leyes 29091, 29060 y 27444. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

733722-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALLAHUANCA
Regulan los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2012
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 13-2011
Callahuanca, 7 de diciembre del 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE CALLAHUANCA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha; el Proyecto de Ordenanza, presentado por la Direccion de Rentas; sobre Tasa de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2012; de la jurisdiccion de Callahuanca, conforme a Ley; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y su modificatoria, Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; Que, el Concejo Distrital ejerce su funcion normativa, fundamentalmente a traves de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N.° 27972, en concordancia con la Cuarta MORDAZA del Titulo Preliminar del TUO del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N.° 135-99-EF, indica que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley.

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