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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de diciembre de 2011 456787 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de comunicación móvil, consistente en telefonía celular más servicio de radio troncalizado digital ACUERDO DE CONCEJO Nº 068-2011-MDSMP San Martín de Porres, 29 de Noviembre del 2011. El CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 29.NOVIEMBRE.2011, con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre exoneración de proceso de selección; y CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre la contratación del servicio de comunicación móvil, consistente en telefonía celular más servicio de radio troncalizado digital (servicio de canales múltiples de selección automática digital), vía proceso de exoneración, por existir proveedor único de este servicio en el mercado nacional, que será atendido por la empresa Nextel del Perú S.A., lo que es corroborado por la Dirección General de Concesiones y Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Ofi cio No. 31747-2011-MTC/27; contándose para tal efecto con los informes de la Subgerencia de Logística y Servicios Generales (Informe Nº 3617-2011- SGLySG-GAF/MDSMP) y de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 1071-2011-GAJ/MDSMP), así como la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum No. 1338-2011-GPP/ MDSMP) que acredita la respectiva certifi cación respectiva presupuestal; De conformidad con los artículos 39 y 41 de la Ley No. 27972 – Orgánica de Municipalidades; artículos 20, inciso e) y 21 del Decreto Legislativo No. 1017 – Ley de Contrataciones del Estado, así como artículo 131 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF; con el Voto Unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres, ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de comunicación móvil, consistente en telefonía celular más servicio de radio troncalizado digital (servicio de canales múltiples de selección automática digital); en los términos siguientes: Tipo : Contratación de servicio Descripción : Servicio de comunicación móvil, consistente en telefonía celular más servicio de radio troncalizado (servicio de canales múltiples de selección automática digital) Importe máximo : S/. 166,407.20 Fuente de fi nanciamiento : Recursos directamente recaudados Plazo : 12 meses Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, como dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad, llevar a cabo la contratación del servicio materia de la presente exoneración, conforme al procedimiento establecido en la normatividad legal vigente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas hacer de conocimiento el presente acuerdo a la Contraloría General de la República en el plazo que señala el artículo 21 del Decreto Legislativo No. 1017 – Ley de Contrataciones del Estado, así como publicarlo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE). Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo en el diario ofi cial “El Peruano” conforme a ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S.TERNERO CORRALES Alcalde 734507-1 Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 318-MDSMP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 026-2011/MDSM San Martín de Porres, 14 de diciembre del 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 265-2011-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria de esta corporación municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 318-MDSMP (27. OCTUBRE.2011), publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 31.OCTUBRE.2011, se establecen facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y formales en el distrito; Que, mediante Decretos de Alcaldía Nºs. 023-2011/ MDSMP (14.NOVIEMBRE.2011) y 024.2011/MDSMP (29.NOVIEMBRE.2011) se prorrogó la vigencia de la Ordenanza referida en el considerando precedente, venciendo el último plazo el 15.DICIEMBRE.2011; Que, con Informe de Visto, la Gerencia de Administración Tributaria propone nueva ampliación del benefi cio tributario, en la medida que los contribuyentes así lo vienen solicitando, lo que deviene atendible en la medida que se trata de otorgar las mayores facilidades posibles a nuestros vecinos; Que, la Tercera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 318-MDSMP faculta al señor alcalde a dictar las medidas reglamentarias para su mejor aplicación, así como la prórroga de su vigencia, por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal, existiendo al respecto la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 1118 -2011-GAJ/MDSMP; De conformidad con los artículos 20, inciso 6), 39 y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como Tercera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 318-MDSMP; DECRETA Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 318-MDSMP (27. OCTUBRE.2011) hasta el 31.DICIEMBRE.2011. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, así como a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus unidades orgánicas correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 734066-1