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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (29/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 101

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de diciembre de 2011 456791 gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los 01 días del mes de diciembre del dos mil once. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 733911-1 Aprueban el Mapa de Peligro de la ciudad de Barranca ORDENANZA MUNICIPAL N° 035-2011-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el día 30 de Noviembre del 2011 en la estación Orden del Día, respecto al Proyecto de Ordenanza de aprobación de estudio “Mapa de Peligros de la Ciudad de Barranca”. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala en el artículo IV del Título Preliminar, que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala en su artículo 73º que las Municipalidades asumen competencias y funciones específi cas en materia de Organización del Espacio Físico – Uso del Suelo, Protección y Conservación del Ambiente, entre otras; Que, nuestra ciudad se encuentra expuesta a peligros de inundaciones y sismos, tsunamis, creciendo y desarrollándose en condiciones de vulnerabilidad y riesgo: Que, es necesario ordenar el crecimiento y desarrollo urbano de nuestras ciudades, considerando la gestión de riesgos de desastres como componente fundamental en los Planes de Acondicionamiento Territorial, Planes de Desarrollo Urbano y demás planes específi cos de nivel municipal. Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI, en Convenio con la Municipalidad Provincial de Barranca, con el fi nanciamiento del Ministerio Británico para el Desarrollo Internacional –DFID a través del PNUD, ha desarrollado el Programa Ciudades Sostenibles, en el marco del cual se han entregado a esta Municipalidad el Estudio “Mapa de Peligros de la Ciudad de Barranca” – Proyecto PNUD; 00014426. Que, los estudios en mención constituyen un insumo fundamental para orientar las políticas y acciones de nuestro gobierno local en materia de prevención de desastres y en la formulación del Plan de Desarrollo Urbano y Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, el presente informe cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Comisión de Desarrollo Urbano, Rural y del Medio Ambiente, elevándolo al Pleno del Concejo para su determinación; Que, después de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Artículo 9º, 39° y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el voto UNANIME los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; ORDENANZA QUE APRUEBA EL MAPA DE PELIGRO DE LA CIUDAD DE BARRANCA Artículo 1º.- APROBAR el Mapa de Peligro de la ciudad de Barranca, documento que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- PROHIBASE el establecimiento de pobladores, asentamientos humanos y grupos similares en las zonas consideradas de Peligro Muy Alto, detallados en los citados estudios, y que no se encuentren actualmente ocupadas por uso urbano. Artículo 3°.- La Municipalidad Provincial de Barranca no se responsabiliza por los perjuicios que pudieran ocasionar los efectos de los desastres naturales y/o tecnológicos a los ocupantes e infraestructura que se ubique en las zonas mencionadas en el párrafo anterior con posterioridad a la aprobación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 4º.- RESTRINGIR la densifi cación y la localización de edifi caciones esenciales, tales como infraestructura educativa y de salud, en las zonas califi cadas como Peligro Muy Alto, y en los Sectores Críticos de Riesgo que se encuentran señaladas en los citados estudios. Artículo 5º.- ENCARGAR al Alcalde Provincial de Barranca promulgación de las disposiciones que fueran necesarias para el mejor cumplimiento e implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Asimismo realizar los estudios necesarios para la delimitación en campo de la zona que podría ser afectada por desastres naturales, de acuerdo a los Mapas contenidos en el precitado Estudio. Artículo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, la incorporación del Mapa de Peligros de la Ciudad de Barranca” en el respectivo Plan de Desarrollo Urbano Planes Urbanos Distritales, formulando políticas específi cas de promoción del desarrollo urbano sobre las zonas que presentan mejores condiciones de seguridad física y que se encuentran señaladas en el referido estudio. Artículo 7º.- PRIORIZAR en los presupuestos institucionales y presupuestos participativos, la ejecución de los proyectos identifi cados en el Estudio, con el fi n de reducir los niveles de riesgo de nuestra ciudad. Artículo 8º.- DECLARESE de necesidad y utilidad pública la correcta aplicación de lo dispuesto por la presente Ordenanza Municipal encargándose a la Comisión de Desarrollo Urbano, Rural y del Medio Ambiente, la ejecución, supervisión, fi scalización y las evaluaciones correspondientes. Artículo 9º.- APROBAR la difusión del presente “Mapa de Peligros de la Ciudad de Barranca”, en los Centros Educativos, Instituciones Públicas y Medios de Comunicación, entre otros. Artículo 10º.- PRECISAR que la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en El Diario Ofi cial El Peruano. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los 1 días del mes de diciembre del dos mil once. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 733914-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Ratifican la Ordenanza Nº 005-2011- ALC-MDS que regula los Arbitrios Municipales de la Municipalidad Distrital de Surco para el año 2012 ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 042-2011/CM-MPH-M Matucana, 15 de diciembre del 2011