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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de diciembre de 2011 456788 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 399-MSS “Ordenanza que fomenta la Revalorización de predios en parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 27-2011-MSS Santiago de Surco, 28 de diciembre de 2011 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 1226-2011-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 1008- 2011-SGLAU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, el Informe Nº 1166-2011-GAJ- MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 399-MSS; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 399-MSS publicada el 19.09.2011 se aprobó la Ordenanza que Fomenta la Revalorización de Predios en la Parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, cuya fi nalidad es fomentar la revalorización de los predios ubicados en parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana correspondiente al distrito de Santiago de Surco, sin considerar las Urbanizaciones señaladas en el anexo 1, formalizando las edifi caciones de los predios ubicados en dicha Área de Tratamiento Normativo, a través del procedimiento de Licencia de Edifi cación en vía de Regularización, así como condonar las multas impuestas sobre dichas edifi caciones, de acuerdo a la escala de Benefi cios Administrativos contenidos en el Artículo 10° de la citada Ordenanza; Que, la Cuarta Disposición Final de la acotada Ordenanza, estableció que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, hasta el 31 de Diciembre de 2011, pudiendo dictarse las medidas complementarias y prorrogarse por Decreto de Alcaldía; Que, con Memorándum Nº 1226-2011-GDU-MSS del 21.12.2011, la Gerencia de Desarrollo Urbano, propone se apruebe vía Decreto de Alcaldía la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 399-MSS, sustentando la misma en la existencia de contribuyentes que se encuentran dispuestos a regularizar sus predios; Que, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, mediante los Informes Nros. 1008-2011- SGLAU-GDU-MSS del 19.12.2011 y 051-2011-ESZ del 09.12.2011, señala que; la Ordenanza Nº 399-MSS, viene cumpliendo con su objetivo al haber permitido regularizar las edificaciones que no contaban con licencia de edificación y que existían físicamente a la entrada en vigencia de la mencionada norma, favoreciendo a los administrados a incrementar el valor de sus propiedades y lograr la inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos; agrega que debido a la afluencia constante de los vecinos a los Módulos de los Centros de Atención a informarse sobre los beneficios de la citada norma, solicitan se prorrogue la misma; informa además que existen edificaciones pendientes de regularizar, así como contribuyentes dispuestos a regularizar sus predios en el distrito, resulta pertinente prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 399-MSS a fin que un mayor número de contribuyentes pueda acogerse a la misma, permitiendo a esta Municipalidad mejorar y mantener actualizada la información catastral y tributaria del distrito; Que, mediante Informe Nº 1166-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 399-MSS, el Señor Alcalde se encuentra facultado para prorrogar la vigencia de la citada ordenanza vía decreto de Alcaldía en concordancia a lo establecido con el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972; Que, así mismo señala la Gerencia de Asesoría Jurídica que, en cuanto a la prepublicación del proyecto normativo como dispone el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, la Gerencia de Desarrollo Urbano considera que no debería realizarse teniendo en cuenta que el numeral 3.2) del Artículo 14º de dicho cuerpo normativo, establece como una excepción a la prepublicación cuando por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de norma se considere que la publicación de la norma resulte impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad otros similares, precisando además que el proyecto normativo no propone la creación de nuevos tributos u obligaciones a los contribuyentes, ni establece recorte alguno en los derechos o benefi cios existentes y vigentes a la actualidad, por lo que resulta factible prescindir de la prepublicación de la propuesta normativa; Estando a lo señalado en los documentos emitidos por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 399-MSS, y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 20º numeral 6), 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 399-MSS “Ordenanza que fomenta la Revalorización de predios en parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, hasta el 31.03.2012. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP, aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la Gerencia de Administración Tributaria y a las Unidades Orgánicas que la conforman; la Gerencia de Desarrollo Urbano conforme a sus funciones. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal, la difusión del presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 734503-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 406-MSS, mediante la cual se aprobaron beneficios de regularización extraordinaria para deudas tributarias y no tributarias Sector 9 DECRETO DE ALCALDÍA N° 28-2011-MSS Santiago de Surco, 28 de diciembre de 2011 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum N° 1141-2011-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 1247- SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria y el Informe N°1174- 2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Ordenanzas N°s. 406-MSS y 412-MSS; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 406-MSS publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 30.10.2011, se aprobaron Benefi cios de Regularización Extraordinaria para deudas tributarias y no tributarias Sector 9;