Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2011 (19/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de enero de 2011

N° 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponda, que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la trasferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron, y que solo realiza la actividad extractiva el titular del permiso de pesca; Que, la Resolucion Directoral N° 183-2009-PRODUCE/ DGEPP del 13 de marzo del 2009, se aprueba la modificacion de la Resolucion Directoral N° 309-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 13 de junio de 2008, que otorgo autorizacion de incremento de flota a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., para la adquisicion de una embarcacion pesquera de arrastre de media agua con 2,400 m3 de volumen de bodega, unicamente en el extremo a lo referido al sistema de preservacion a bordo de RSW por el sistema de preservacion de congelado; asimismo, otorga permiso de pesca a plazo determinado a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada WESTELLA con matricula N° CO-29381-PM de 2,399.87 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion a bordo equipada con redes de arrastre de media agua de 76 mm (3 pulgadas) de longitud minima de abertura de malla en el copo, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa para el consumo humano directo, para operar al norte de los 4°00' L.S y al sur de los 6°00' L.S fuera de las diez (10) millas de la costa, entre los 4°00' y 6°00' L.S fuera de las treinta (30) millas de la costa, asi como, la licencia para la operacion de su planta de procesamiento de congelado, con una capacidad de 88 t/dia; Que a traves de los escritos del visto, la empresa PESQUEROS DEL MORDAZA S.A.C solicita cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada WESTELLA con matricula N° CO-29381-PM, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, la embarcacion pesquera denominada WESTELLA con matricula N° CO-29381-PM se encuentra inscrita en el Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Oficina Registral de MORDAZA con Arrendamiento Financiero otorgado por el Banco de Credito, no tiene procedimientos administrativos sancionadores a la fecha y no registra deudas cuya ejecucion se esta tramitando en la Oficina de Ejecucion Coactiva; y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE y modificatoria; por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano mediantes Informes N° 717 y 732-2010PRODUCE/DGEPP-Dch del 02 y 14 de diciembre de 2010, y con la opinion legal favorable expresada a traves del Informe N° 1429-2010-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca y su Reglamento, la Ley General del Procedimiento Administrativo N° 27444, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de la empresa PESQUEROS DEL MORDAZA S.A.C el cambio de titular de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera WESTELLA con matricula N° CO-29381-PM, en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado por Resolucion Directoral N° 183-2009-PRODUCE/DGEPP. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Aprueban cambio de titularidad de permiso de pesca a favor de CFG Investment S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 770-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 15 de Diciembre del 2010 Vistos los escritos de Registro N° 00083143 de fechas 28 de Octubre y 26 de Noviembre de 2010, presentado por la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo N° 0152007-PRODUCE, senala que "(...) el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. (...) la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia de permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que, asi mismo, establece que "no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada. En aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, encontrandose condicionada la vigencia a su resultado..."; Que, mediante Resolucion Directoral N° 096-2006PRODUCE/DNEPP, de fecha 29 de Marzo del 2006, se aprueba a favor de la empresa MORDAZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral N° 144-98-PE/DNE, modificada por Resolucion Viceministerial N° 040-99-PE y Resolucion Directoral N° 157-2001-PE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "SIMY 3" con matricula N° CO-05580-PM y de 360 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, mediante los escritos del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., representada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "SIMY 3" con matricula N° CO-05580-PM, para lo cual presenta los requisitos de acuerdo al procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, a fojas 36 obra MORDAZA del Certificado Compendioso de Dominio de embarcacion pesquera "SIMY 3" con matricula N° CO-05580-PM, inscrita en la Partida Electronica N° 00708644, del Registro de Embarcaciones Pesqueras de MORDAZA, constandose que la propietaria de dicha embarcacion es la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., situacion que fue debidamente verificada en la Pagina Web de la SUNARP; Que, a fojas 42 del expediente administrativo, obra el Memorando N° 00566-2010-PRODUCE/OEC del Director de la Oficina de Ejecucion Coactiva, donde figura que la embarcacion pesquera "SIMY 3" con matricula N° CO05580-PM, registra deudas pendientes de pago ante dicha oficina, sin perjuicio de ello, se advierte, que la misma se encuentra suspendida temporalmente por la interposicion de una demanda judicial ante la MORDAZA Sala Contencioso Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, asi mismo, a fojas 38 del expediente obra el Certificado de Matricula de la embarcacion pesquera "SIMY 3" con matricula N° CO-05580-PM, en donde figura que la capacidad de bodega es de 359.98 m3, la misma que coincide con la capacidad autorizada por la Administracion (360 m3);

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