Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2011 (19/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de enero de 2011

Determinacion de los Proveedores Importantes en los Mercados de Telecomunicaciones", conjuntamente con su Anexo 1 (Informacion a ser solicitada por el OSIPTEL a los operadores de servicios publicos de telecomunicaciones en los mercados a ser analizados). Para efectos de esta consulta publica, el referido Proyecto normativo con su Exposicion de Motivos, asi como su Anexo 1 y su Informe Sustentatorio Nº 005GPR/2011, seran publicados en el MORDAZA Electronico del OSIPTEL (pagina web institucional: www.osiptel.gob. pe). Articulo Segundo.- Disponer un plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, para que los interesados presenten por escrito sus comentarios respecto del proyecto publicado, en el local del OSIPTEL (Calle De la Prosa N° 136, San MORDAZA, Lima), adjuntando MORDAZA de los mismos en formato electronico. Los comentarios tambien podran ser presentados via fax al numero: (511) 475-1816 o mediante correo electronico a la direccion: sid@osiptel.gob.pe. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Politicas Regulatorias del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Articulo Cuarto.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

591167-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban Anexo 11 denominado "Lineamientos para determinar la remuneracion del Gestor Privado de una EPS a ser reconocida en el calculo tarifario"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 002-2011-SUNASS-CD
MORDAZA, 13 de enero de 2011 VISTO: El Informe Nº 001.-2011-SUNASS/100 presentado por la Gerencia de Politicas y Normas, que contiene el proyecto del Anexo 11 denominado "Lineamientos para determinar la remuneracion del Gestor Privado de una EPS a ser reconocida en el calculo tarifario" y la modificacion del literal a) del articulo 4.3 del Anexo 2 del Reglamento General de Tarifas, y su correspondiente Exposicion de Motivos; CONSIDERANDO:

de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, mediante Resolucion N° 009-2007-SUNASS-CD se aprobo el Reglamento General de Tarifas, que contiene complementariamente a su articulado, 10 Anexos en donde se establecen lineamientos, parametros, flujogramas, entre otros; Que, el anexo 2 de dicho Reglamento fue modificado por Resolucion Nº 039-2009-SUNASS-CD, disponiendose en el numeral 4.3 literal a), que en los procesos de participacion privada, la garantia firmada a favor del concedente referida al cumplimiento del contrato de concesion constituye la garantia de realizacion de las inversiones previstas; Que, el Reglamento General de Tarifas no contiene en sus anexos una MORDAZA que desarrolle los lineamientos a tomarse en cuenta para determinar la remuneracion de los Operadores Privados que gestionan una EPS; Que, con el proposito de normar los senalados lineamientos resulta necesario incorporar y realizar las modificaciones que se deriven de la inclusion de dichos lineamientos; Que, con el proposito MORDAZA referido, la SUNASS aprobo mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 051-2010-SUNASS-CD, la publicacion del proyecto del Anexo 11 del Reglamento General de Tarifas denominado Lineamientos para determinar la remuneracion de los Operadores Privados que gestionan EPS que sera reconocida en el calculo tarifario y la modificacion del literal a) del articulo 4.3 del Anexo 2 del Reglamento General de Tarifas, otorgandose quince (15) dias calendario posteriores a la publicacion del proyecto de MORDAZA para recibir los comentarios de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 23° del Reglamento de la SUNASS; Que, al no haber recibido comentarios, corresponde aprobar el texto definitivo de la norma; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y el acuerdo adoptado en Sesion de Consejo Directivo Nº 001-2011. HA RESUELTO: Articulo 1º.- Aprobar el Anexo 11 denominado "Lineamientos para determinar la remuneracion del Gestor Privado de una EPS a ser reconocida en el calculo tarifario" y disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Aprobar la modificacion del literal a) del articulo 4.3 del Anexo 2 del Reglamento General de Tarifas, con el tenor siguiente: 4.3.- Garantia de realizacion de inversiones. (...) "a) El Solicitante puede constituir una garantia bancaria a favor del concedente, por un monto equivalente a las inversiones a ser financiadas con cargo a la generacion interna de fondos, a ejecutarse unicamente a requerimiento de la SUNASS, ante el incumplimiento de las metas de gestion aprobadas junto con las formulas y estructuras tarifarias. En caso esta garantia sea ejecutada, los recursos derivados de MORDAZA solo podran ser utilizados para la realizacion de las inversiones tomadas en cuenta para la determinacion de la formula tarifaria y metas de gestion y no realizadas por la EPS". b)(...)

Que, conforme a lo establecido por el articulo 30º de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 26338, corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas tarifarias, de acuerdo a lo establecido por la mencionada ley y su reglamento; Que, el articulo 3° de la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, establece que la funcion normativa comprende la facultad exclusiva de dictar en el ambito y en materia de sus respectivas competencias los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos

Articulo 3º.- Aprobar la exposicion de motivos que sustenta los articulos precedentes y disponer su publicacion en la pagina web institucional (www.sunass.gob.pe). Con el MORDAZA aprobatorio de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Olivarez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carrion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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