Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2011 (28/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de enero de 2011

j) El MCI ­ DTAI o el MIC/DTA con el cual fue autorizado el ingreso al Peru el vehiculo de placa o matricula extranjera; k) MORDAZA del manifiesto y del documento de transporte de ingreso, en caso de mercancias extranjeras manifestadas en MORDAZA a un tercer pais; y, l) Los documentos que amparen la salida de mercancias de los recintos de CETICOS o de ZOFRATACNA en reexpedicion hacia el exterior, de conformidad con lo senalado en los Procedimientos INTA ­ PG.22 ­ CETICOS e INTA ­ PG.23 ­ ZOFRATACNA, segun corresponda. La MORDAZA de la documentacion MORDAZA senalada fuera del horario normal de atencion, incluyendo sabados, domingos o feriados, se realiza en la Aduana de Partida ante el area de Oficiales de Aduanas, segun sea el caso, quienes efectuan la atencion de las solicitudes de MORDAZA que se presenten conforme a lo dispuesto en el presente Procedimiento. 6. El personal designado recibe la documentacion senalada en el numeral anterior y emite la Guia Entrega de Documentos (GED) o la relacion de documentos recibidos, en original y copia. Revision Documentaria 7. El personal designado por el area encargada de regimenes suspensivos en la Aduana de Partida, verifica que la empresa de transporte y sus vehiculos esten habilitados para realizar el transporte internacional; asimismo, constata en el Modulo que la informacion del Formulario Electronico corresponda a la documentacion presentada; de ser asi, graba dicha informacion, con lo cual se numera automaticamente la declaracion de MORDAZA Aduanero Internacional, y refrenda numero de declaracion de MORDAZA aduanero internacional en la DTAI o MIC/DTA, segun corresponda. Para mercancias nacionales o nacionalizadas, el datado de la DUA de exportacion regularizada se realiza contra el manifiesto terrestre de salida (MCI o MIC/DTA). Para continuar el MORDAZA de mercancias hacia un tercer MORDAZA, arribadas por via terrestre, maritima o aerea, el datado del manifiesto convencional terrestre, maritimo o aereo se realiza con la diligencia de la Aduana de Partida en el MIC/DTA o en la DTAI. De no ser conforme, el personal designado devuelve los documentos al interesado, indicando en la GED o en la relacion de documentos recibidos el motivo del rechazo, para su correspondiente subsanacion. 8. La numeracion de la declaracion de MORDAZA Aduanero Internacional asignada por el Modulo tiene la siguiente estructura: codigo de la aduana que realiza el primer registro, ano, codigo del Acuerdo Internacional: ATIT (83) o CAN (84), codigo del MORDAZA de origen, numeracion de la declaracion de MORDAZA por la aduana que realiza el primer registro y codigo del MORDAZA de destino. Ej. 118-1084-PE-00009-BO. Retiro de las Mercancias Autorizados por la SUNAT de los Recintos

condicion exterior, existen indicios de manipulacion o violacion de los precintos o de los dispositivos de seguridad, o presuma la comision de un delito aduanero, procede a levantar un Acta de Verificacion en la cual deja MORDAZA de la incidencia encontrada, la cual es firmada por el representante del Almacen y por el transportista, seguidamente comunica a su jefe inmediato a fin que disponga la verificacion fisica de las mercancias. Efectuada la verificacion fisica y de no existir incidencias, el funcionario aduanero designado por la Aduana de Partida coloca un MORDAZA precinto y/o dispositivo de seguridad o MORDAZA de identificacion a la unidad de carga, y registra la diligencia en la DTAI o en el MIC/DTA y en el Modulo, quedando asi expedita la salida de las mercancias del recinto autorizado. De haber incidencias, el funcionario aduanero designado por la Aduana de Partida emite un informe a su jefe inmediato y procede a inmovilizar o incautar las mercancias mediante acta de inmovilizacion o incautacion, segun corresponda, comunicando el hecho al jefe del Area correspondiente para la determinacion de las acciones a que hubiere lugar. 11. La diligencia del funcionario aduanero designado por la Aduana de Partida se registra en la MORDAZA correspondiente de la DTAI o del MIC/DTA y debe contener: a) la conformidad de la carga y del vehiculo, asi como la autorizacion de la salida del recinto autorizado; b) la ruta y el plazo; c) la fecha y hora de termino de actuacion, que corresponde a la fecha y hora de grabacion de la diligencia en el Modulo; d) cualquier observacion adicional que sea necesaria registrarla; y, e) su firma y sello. 12. Con el registro de la diligencia del funcionario aduanero designado por la Aduana de Partida en el Modulo, se autoriza y da inicio al MORDAZA, hecho que puede ser visualizado en el Modulo por las Aduanas de Paso de Frontera, de Salida e Intermedias. Salida de Mercancias por la Aduana de Paso de Frontera 13. Dentro del plazo asignado, el transportista debe presentarse con el vehiculo, la unidad de carga, las mercancias y la documentacion correspondiente que ampare el MORDAZA ante la Aduana de Paso de Frontera que se MORDAZA consignado en la DTAI o en el MIC/DTA, a fin de controlar su salida al exterior. 14. El oficial de aduanas recibe la documentacion y revisa su conformidad; asimismo, realiza una revision externa del vehiculo y de las unidades de carga, verificando que los precintos o dispositivos de seguridad o MORDAZA de identificacion de las unidades de carga correspondan a los consignados en el MCI ­ DTAI o en el MIC/DTA y a los registrados en el Modulo. De encontrar incidencias, procede conforme a lo indicado en el numeral 10 precedente. 15. De ser conforme, el oficial de aduanas efectua su diligencia en la MORDAZA o MORDAZA correspondiente de la DTAI o del MIC/DTA, la firma y sella; asimismo, registra de inmediato la diligencia en el Modulo, retiene una MORDAZA del MCI ­ DTAI o del MIC/DTA y devuelve la demas documentacion al conductor, quedando expedita la mercancia para que pueda salir del pais. 16. Con el registro de la diligencia del oficial de aduanas en el Modulo se da por concluido el MORDAZA en territorio nacional, hecho que puede ser visualizado en el Modulo por las Aduanas de Partida e Intermedias. 17. Con la culminacion del MORDAZA en el MORDAZA se regulariza los regimenes aduaneros asociados a ella. Devolucion de la Garantia en la Aduana de Partida 18. En el caso que se MORDAZA presentado una garantia economica ante la Aduana de Partida, el declarante solicita ante esa aduana su devolucion, adjuntando la documentacion pertinente y MORDAZA del MCI ­ DTAI o del MIC/DTA debidamente diligenciada por las Aduanas de Paso de Frontera y por la Aduana de Destino.

9. El funcionario aduanero designado por la Aduana de Partida efectua en presencia del transportista la revision de las mercancias, el vehiculo y de las unidades de carga y coloca, cuando corresponda, el precinto o los dispositivos de seguridad y/o MORDAZA de identificacion. Esta informacion debe consignarla en la diligencia de la Aduana de Partida en la DTAI o en el MIC/DTA y registrarla en el Modulo, reteniendo el original y una MORDAZA de los documentos y devolviendo la demas documentacion al transportista, quedando de esta manera expedita la salida de las mercancias del recinto. El funcionario aduanero designado por la Aduana de Partida remite, dentro del primer dia util siguiente de efectuada su diligencia, un original y MORDAZA de los documentos actuados a las areas encargadas de regimenes suspensivos y de manifiestos. El manifiesto internacional de carga terrestre (MCI o MIC/DTA) constituye el manifiesto de salida. 10. Si durante el control efectuado, el funcionario aduanero designado por la Aduana de Partida constata que los bultos o contenedores se encuentran en mala

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