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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (12/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de febrero de 2011 436077 Designan juez superior de la Sala Laboral de Vacaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 171-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 8 de febrero del 2011 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nº 072 y 087-2011- P-CSJLI/PJ, los ingresos Nº 010609 y 11592-2011, de la doctora Rosa Amelia Barreda Mazuelos, el informe de la Quinta Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima y la Resolución Número Uno, con el visto bueno expedido por el Jefe encargado de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura; y, CONSIDERANDOS: Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 072 y 087-2011-P-CSJLI/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de conformidad con lo dispuesto por Resolución Administrativa Nº 341-2010-CE-PJ, estableció los órganos jurisdiccionales de emergencia que atenderán durante las vacaciones dispuestas para el mes de febrero del presente año, designando entre éstos, una Sala Laboral de Vacaciones. Que, con el ingreso Nº 010609-2011, la doctora Rosa Amelia Barreda Mazuelos, Juez Superior integrante de la Sala Laboral de Vacaciones de Lima, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de capacitación a partir del 17 al 25 de febrero del presente año, para participar en el IV Curso Taller Internacional de Litigación Oral Avanzado y Visitas a los Órganos Jurisdiccionales de Medellín – Colombia. Que, en la Quinta Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, realizada el 04 de febrero del presente año, como cuestión previa, se declaró improcedente el pedido de licencia por capacitación ofi cializada de la doctora Rosa Amelia Barreda Mazuelos; estableciéndose sin perjuicio de lo dispuesto, que dicha licencia podrá otorgarse siempre y cuando no afecte las labores normales y el servicio que brinda, el Órgano de Emergencia que integra la recurrente. Que, por el ingreso Nº 11592-2011, la doctora Rosa Amelia Barreda Mazuelos, comunica la coordinación efectuada con el doctor Rómulo Torres Ventocilla, Jefe encargado de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, quien a través de la Resolución Nº 1, del 07 de febrero del año en curso, ha concedido el visto bueno para que el doctor Carlos Alberto Quispe Choque, la reemplace en la Sala Laboral de Vacaciones durante su licencia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor CARLOS ALBERTO QUISPE MONTESINOS, como Juez Superior integrante de la Sala Laboral de Vacaciones, a partir del 17 al 25 de febrero del presente año, por la licencia de la Rosa Amelia Barreda Mazuelos, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: Sala Laboral de Vacaciones: Dr. Fernando Montes Minaya Presidente Dra. Ofelia Mariel Urrego Chuquihuanga (T) Dr. Carlos Alberto Quispe Montesinos (P) Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archivese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 602613-1 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Admiten a trámite solicitud de autorización de funcionamiento provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad a Distancia de Lima S.A.C. RESOLUCIÓN Nº 001-2011-CONAFU Lima, 5 de enero de 2011 “PROYECTO DE UNIVERSIDAD A DISTANCIA DE LIMA S.A.C” VISTOS: El Escrito s/n recibido con fecha 28 de setiembre de 2010, el Ofi cio Nº 765-2010-CONAFU-CDAA de fecha 07 de octubre de 2010, el Ofi cio Nº 1473-2010-CONAFU-P de fecha 19 de octubre de 2010, el Escrito s/n recibido con fecha 02 de noviembre de 2010, el Ofi cio Nº 881-2010-CONAFU- CDAA de fecha 24 de noviembre de 2010, el Acuerdo Nº 511-2010-CONAFU de fecha 01 de diciembre de 2010, el Ofi cio Nº 1372-2010-CONAFU-SG de fecha 09 de diciembre de 2010, la Carta Nº 003-2010-UDL recibido con fecha 13 de diciembre de 2010, el Informe Legal Nº 491-2010-CONAFU- CJ de fecha 20 de diciembre de 2010 y el Acuerdo Nº 006- 2011-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 05 de enero de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del País bajo su competencia; Que, en el artículo 9° del Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolución Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, establece que: “El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos técnicos, económicos, fi nancieros, administrativos, con el fi n de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones económicas para sus diez (10) primeros años de funcionamiento. La elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesión lógica de etapas que buscan la coherencia entre la misión, visión, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su califi cación, establecen las pautas para la elaboración de los proyectos. Los proyectos se presentarán con un mínimo de tres (03) Carreras Profesionales y un máximo de cinco (05) carreras profesionales”; Que, en el artículo 14º del Reglamento del CONAFU se establece que: “El Proyecto de Desarrollo Institucional