Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2011 (19/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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irregulares o ilicitos en que estos incurran en el desempeno de sus labores poniendo en conocimiento del Comite Tecnico Asesor tales acciones, asi como al AFECTANTE o CEDENTE. 2.13. Asumir la representacion legal de la IPA, dentro del MORDAZA de las especificaciones administrativas que en el Convenio se expresan. CLAUSULA TERCERA:DEL ADMINISTRADOR. Corresponde al administrador dar cumplimiento a las siguientes obligaciones: 3.1. Presentar al AFECTANTE o CEDENTE para su evaluacion, con MORDAZA al PRODUCE, segun formatos aprobados por el Ministerio, un informe mensual sobre la gestion administrativa, movimiento economico e informacion estadistica de desembarque de la IPA, dentro de los diez (10) dias de finalizado el mes, bajo responsabilidad. 3.2. Reportar al AFECTANTE o CEDENTE cualquier desperfecto, dano o siniestro ocurrido en las instalaciones, servicios o equipos del IPA, en un plazo de 24 horas de ocurrido el incidente. 3.3. Aplicar las tarifas establecidas por el AFECTANTE o CEDENTE para los servicios que presta la IPA, y utilizar correcta y adecuadamente los ingresos para cubrir las necesidades de operacion, mantenimiento, reparacion, conservacion, reposicion de equipos y mejoras en la infraestructura e instalaciones de la IPA. 3.4. Ejecutar el programa de mantenimiento preventivo y reparaciones de la infraestructura, instalacion y equipos de la IPA, de acuerdo a los Manuales aprobados por el FONDEPES. 3.5. Ejecutar y registrar permanentemente las tareas de limpieza y desinfeccion de instalaciones, equipos y utensilios, asi como el mantenimiento respectivo de los mismos de acuerdo al programa establecido en el Manual de Higiene, Saneamiento y Buenas Practicas de Manipulacion. 3.6. Controlar el movimiento economico diario de la IPA mediante un adecuado registro de los ingresos y egresos conforme a las practicas contables y de tesoreria y normas tributarias vigentes. La administracion debe contar con los servicios de un Contador Publico Colegiado, la labor de este se enmarca en llevar una contabilidad que permita apreciar el desarrollo por actividades (atraques, desembarques y otros servicios). Es responsable de la adecuada y oportuna MORDAZA de las obligaciones tributarias, municipales, previsionales y seguridad social, segun corresponda. 3.7. Formular, presentar y en su caso pagar las obligaciones tributarias, municipales, previsionales, seguridad social y otras que corresponda. 3.8. Seleccionar, contratar y remover al personal que requiera la IPA, bajo las normas legales pertinentes, asumiendo todas las obligaciones en su condicion de empleador. 3.9. Cumplir con la normatividad general y con las disposiciones establecidas en el presente Convenio, dentro de estas las relacionadas a Defensa Civil, seguridad y salud en el trabajo, municipal, entre otras. 3.10. Permitir el acceso a las instalaciones de la IPA, de los funcionarios y supervisores del AFECTANTE o CEDENTE, PRODUCE, FONDEPES, ITP y Direcciones o Gerencias Regionales de la Produccion debidamente acreditados, para el cumplimiento de sus responsabilidades funcionales, asi como facilitar la revision de los libros, estados de cuentas propias de la administracion, registros de mantenimiento, limpieza y desinfeccion de instalaciones, equipos y utensilios, segun corresponda. 3.11. Cumplir las normas tributarias, laborales y disposiciones de entidades supervisoras del funcionamiento y operatividad de la infraestructura que le resulten aplicables, manteniendo actualizada la contabilidad y el pago de toda indole de obligaciones. 3.12. Efectuar la declaracion y pago del impuesto predial y a la renta de ser el caso, tributos municipales y servicios (agua, luz, telefono, etc.), seguros, segun corresponda. 3.13. Pagar las remuneraciones, beneficios sociales y

aportes de la seguridad social del personal que labora en la IPA. Por delegacion del AFECTATARIO o CESIONARIO apersonarse ante cualquier autoridad administrativa o judicial por asuntos de naturaleza laboral, previsional y demas derivados de obligaciones contractuales de cualquier indole contraidas para la ejecucion de la afectacion o cesion de la administracion de la IPA y ejecucion del presente Convenio de Gestion. 3.14. Presentar al AFECTANTE o CEDENTE para su evaluacion, con MORDAZA al PRODUCE, en octubre de cada ano, el Plan Operativo Anual y Presupuesto y propuesta de reajuste de tarifas. Los Balances Anuales, asi como el inventario de Bienes y Activos de la IPA, deberan presentarse en el plazo (marzo del ano siguiente al cierre de operaciones) que se establece en el presente Convenio de Gestion. 3.15. Asegurar las instalaciones, equipos de la infraestructura y demas bienes, para lo cual contratara los servicios de una aseguradora. 3.16. Poner en conocimiento del AFECTANTE o CEDENTE cualquier acto o hecho que afecte o limite el ejercicio de los derechos que por el presente Convenio se le confiere. El administrador sera removido por el AFECTATARIO o CESIONARIO como consecuencia de una deficiente y/o irregular gestion administrativa en salvaguarda de la permanente operatividad y calidad de servicios que ofrece la IPA. Para tal fin podra solicitar la opinion del Comite Tecnico Asesor. CLAUSULA CUARTA:OBLIGACIONES ATRIBUCIONES DEL AFECTANTE o CEDENTE. A. OBLIGACIONES. 4.1 Supervisar la gestion operativa, economica y administrativa de la IPA en cuanto a la aplicacion tarifaria, cobro de adeudos, registros contables, pago de tributos y observancia de la normatividad vigente, debiendo comunicar al AFECTATARIO o CESIONARIO mediante documento de fecha cierta quien ejercera dicha supervision en su representacion. 4.2 Interponer las denuncias, acciones administrativas y/o judiciales que resulten necesarias acorde a los resultados de las supervisiones realizadas sobre la gestion de la IPA. 4.3. Ejecutar obras de ampliacion, modernizacion, modificaciones estructurales, de adecuacion sanitaria, de seguridad, areas administrativas, vias de acceso etc. que requiera la IPA, en funcion de su disponibilidad presupuestal, MORDAZA cooperantes y/o fondo de reinversion. 4.4. Regularizar la autorizacion de ocupacion de area, aprobacion de PAMA, licencia, habilitacion u otras autorizaciones requeridas para la operacion de la IPA. 4.5. Remitir al FONDEPES y al Ministerio de la Produccion, en un plazo que no exceda las 72 horas de tomado conocimiento, el reporte de desperfecto, dano y/o siniestro, a que hace referencia el numeral 2.9 del presente Convenio. 4.6. Remitir al Ministerio de la Produccion y al FONDEPES, MORDAZA de la Memoria de Gestion a que se refiere el numeral 2.11 del presente Convenio de Gestion. B. ATRIBUCIONES. 4.7. Promover la cooperacion tecnica internacional e intersectorial a traves de la celebracion de convenios destinados al desarrollo de la IPA, a fin de elevar el nivel de MORDAZA y competitividad de los pescadores artesanales, promover el desarrollo de capacidades para la asociatividad de la cadena productiva pesquera y generar alternativas de puestos de trabajo en la caleta. 4.8. Autorizar los gastos que superen tres (3) UIT, con la finalidad de cubrir gastos de emergencia y/o necesarios para realizar trabajos de reparaciones, pudiendo solicitar opinion previa al Comite Tecnico Asesor. 4.9. Comunicar al AFECTATARIO o CESIONARIO y al Administrador de la IPA, mediante documento de fecha cierta la decision de renovar o no el presente Convenio en un plazo no superior a 30 dias calendario MORDAZA del vencimiento del mismo. Y

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