Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2011 (19/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

436509

El ejercicio indebido de las atribuciones otorgadas al AFECTATARIO o CESIONARIO tambien genera responsabilidad, la que sera exigible solidariamente a este y al administrador. CLAUSULA CONTROVERSIAS. UNDECIMA:SOLUCION DE

Articulo 1º.- Pasar a la situacion de retiro al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chichizola Guimet, a partir del 06 de marzo de 2011, por cumplir en la citada fecha los 70 anos de edad. Articulo 2º.- Darle las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 605077-10

Las partes acuerdan que de surgir alguna controversia en el MORDAZA del presente convenio procuraran resolverla de mutuo acuerdo y de buena fe, de no lograr una solucion, la controversia sera sometida a arbitraje de derecho ante los tribunales arbitrales de la jurisdiccion del AFECTANTE o CEDENTE. Las partes que suscriben el presente convenio declaran su plena conformidad con las clausulas establecidas en el presente Convenio, el mismo que se suscribe en tres originales identicos y entra en vigencia a los dias del mes de del ano dos mil....

AFECTANTE o CEDENTE

AFECTATARIO o CESIONARIO

Autorizan viaje de funcionario para participar en la revision legal del texto del Acuerdo Comercial entre el Peru y los Estados Unidos Mexicanos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0146/RE-2011

DEFINICIONES AFECTANTE y AFECTATARIO: En caso que el DPA se entregue en administracion a una entidad publica, los intervinientes adoptan la condicion de Afectante quien entrega la administracion y Afectatario quien recibe la administracion. CEDENTE y CESIONARIO: En caso que el DPA se entregue en administracion a una organizacion social, los intervinientes adoptan la condicion de Cedente quien entrega la administracion y Cesionario quien recibe la administracion. 604958-4

MORDAZA, 16 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, se ha acordado realizar una reunion presencial para la revision legal del texto del Acuerdo Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos que sustituye al Acuerdo de Complementacion Economica Nº 8 (ACE Nº 8); Que, dicha reunion, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Mexico D.F., del 22 al 25 de febrero de 2011, tiene como objetivo finalizar el MORDAZA de revision legal iniciado en la MORDAZA de MORDAZA del 07 al 11 de febrero de 2011; Teniendo en cuenta los Memoranda (DAE) N° DAE0085/2011, de la Direccion General para Asuntos Economicos, de 10 de febrero de 2011; y (OPR) N° OPR0434/2011, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 16 de febrero de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento, la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modificatoria y su Reglamento, y su modificatoria; y la Ley Nº 29626-2010-PCM en su articulo 10.1 inciso d); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien desempena funciones en la Asesoria Juridica del Gabinete Especializado del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 22 al 25 de febrero de 2011, para que participe en la revision legal del texto del Acuerdo Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos que sustituye al Acuerdo de Complementacion Economica Nº 8 (ACE N° 8). Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integracion Politica y Negociaciones Economico Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viaticos Numero Total por dia de Viaticos US$ dias US$ 220.00 4+1 1,100.00

RELACIONES EXTERIORES
Pasan a situacion de retiro a Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica por limite de edad
RESOLUCION SUPREMA N° 043-2011-RE MORDAZA, 18 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 18º de la Ley Nº 28091 Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318, senala que la situacion de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomatico se encuentra apartado definitivamente de la situacion de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta anos de edad o veinte anos en cualquier categoria, lo que ocurra primero; Que, el pase a la situacion de retiro por limite de edad, se MORDAZA efectivo, de oficio, mediante Resolucion Suprema, al cumplir el funcionario diplomatico la edad de setenta anos de edad o 20 anos en cualquier categoria segun lo establecido por la Ley; Que, el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chichizola Guimet, cumplira 70 anos de edad el 06 de marzo de 2011, segun lo acredita la partida de nacimiento que obra en su Foja de Servicios; De conformidad con el articulo 18º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318; y los articulos 43º inciso a) y 44º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA 950.00 MORDAZA

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido viaje, el citado funcionario

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