Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2011 (06/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

445881

Articulo 3º.- Encargar a Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y coordinar con la Oficina de Informatica y Estadistica, la difusion en la pagina web del MORDAZA del SIS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HUARACHI MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 661243-1

Incluyen parrafo al final del Anexo Nº 01 "Plan Complementario SIS" de la "Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, el Plan Complementario al PEAS y las Exclusiones Especificas"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 093-2011/SIS MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2011. VISTOS: El Memorando N° 284-2011-SIS-GOGF de la Gerencia de Operaciones y la Gerencia de Financiamiento y el Informe N° 238-2011-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud, se creo el Seguro Integral de Salud (SIS), como un Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, calificado mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM como Organismo Publico Ejecutor, cuya mision es administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual de la poblacion mas pobre y vulnerable carente de seguro de salud, de conformidad con la politica del Sector; Que, el articulo 13º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud, debe disenar, redisenar y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, el articulo 30º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, senala que la Gerencia de Operaciones es el organo de linea que propone, evalua y supervisa los planes de beneficios por MORDAZA de poblacion, oferta de beneficios en funcion a costos, tarifas, financiamiento y la oferta de establecimientos de prestadores de servicios, asi como tambien propone los mecanismos de negociacion; Que, el articulo 32º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, senala que la Gerencia de Financiamiento es el organo de linea encargado de la gestion y aplicacion de los recursos economicos para el financiamiento de las operaciones del SIS, asi como disenar los mecanismos de pago para los prestadores de servicios; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, establece que el aseguramiento universal en salud es un MORDAZA orientado a lograr que toda la poblacion residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de caracter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitacion, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y de dignidad sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), dentro de un criterio de gradualidad y progresividad; Que, el articulo 7º de la acotada Ley, considera al Seguro Integral de Salud como una Institucion

Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, el articulo 17º de la misma Ley, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud pueden ofrecer planes que complementen al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS); Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-SA se aprueba el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), como el listado de Condiciones Asegurables, Intervenciones y Prestaciones y las Garantias Explicitas, que como minimo son financiadas a todos los asegurados por las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, MORDAZA publicas, privadas o mixtas; Que, el articulo 99º del Reglamento de la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pueden ofrecer Planes Complementarios al PEAS; asimismo en el articulo 100º del acotado Reglamento, faculta a las IAFAS a estructurar planes complementarios respetando las condiciones del PEAS. El valor de los mismos es determinado en funcion de la extension y caracteristicas de la cobertura ofertada; Que, mediante Resolucion de Intendencia General Nº 008-2011-SUNASA/IG, de fecha 25 de enero de 2011, el Seguro Integral de Salud se encuentra registrado como IAFAS Publica en el MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, con el certificado de Registro Provisional Nº 0001-2011-IP/SUNASA; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 133-2010/ SIS, se aprobo la Directiva Nº 05-2010-SIS/GO, "Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, el Plan Complementario al PEAS y las Exclusiones Especificas", modificada por Resolucion Jefatural N° 026-2011/SIS; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 134-2010/ SIS, se aprobo la Directiva Nº 01-2010-SIS/J "Directiva que establece disposiciones sobre el Plan Complementario al PEAS, denominado Cobertura Extraordinaria de Enfermedades para el Regimen Subsidiado del Seguro Integral de Salud en el ambito del Aseguramiento Universal en Salud", modificada por Resolucion Jefatural N° 026-2011/SIS; Que, de acuerdo a lo evaluado por la Gerencia de Operaciones y con la opinion favorable de la Gerencia de Financiamiento, es necesario modificar la Resolucion Jefatural Nº 133-2010/SIS y la Resolucion Jefatural Nº 134-2010/SIS de manera que las condiciones PEAS que excedan los topes de atencion o intervenciones por evento puedan ser reconocidas sin inconvenientes siempre que no excedan del tope de 1.0 UIT contados a partir de los topes excedentes del PEAS, asi como las neoplasias no contenidas en el PEAS hasta las 5.0 UIT, los cuales deberan estar reconocidos y/o amparados en la normatividad vigente. Asimismo ampliar el porcentaje para el pago de prestaciones de la cobertura extraordinaria del PEAS de 2.5% al 5.0% del presupuesto anual del SIS; Que, con el visto MORDAZA de la Sub Jefatura del SIS, Secretaria General, Gerencia de Financiamiento, Gerencia de Operaciones, Oficina de Planeamiento y Desarrollo y con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el inciso i) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incluir al final del Anexo Nº 01 "Plan Complementario SIS" de la "Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, el Plan Complementario al PEAS y las Exclusiones Especificas", aprobado por Resolucion Jefatural Nº 133-2010/SIS, como parte de dicho Anexo, el siguiente parrafo:

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