Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2011 (20/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446795

Visto el Expediente Nº 012461/2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 163-ALC-MPT/2009 de fecha 24 de MORDAZA de 2009 (Expediente del visto de fecha 13 de MORDAZA de 2009), la Municipalidad Provincial de Tarma solicita la declaracion como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion del Local Central de la Sociedad de Beneficencia Publica de Tarma y la determinacion de sectores de intervencion del inmueble ubicado entre la Av. MORDAZA Nº 173 y 195, Av. Vienrich Nº 686 y 693 y el Jr. MORDAZA Nº 950, distrito y provincia de Tarma, departamento de Junin; Que, con Informe Nº 051-2009-SCCC-SDR-DPHCR/INC, de fecha 27 de MORDAZA de 2009, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano concluyo que el inmueble referido corresponde a una edificacion de arquitectura civil publica, que data de mediados del siglo XIX, que posee caracteristicas de valor urbanistico, arquitectonico, historico y tecnologico correspondientes a los inicios de la epoca republicana que se han conservado a traves del tiempo, ameritando su declaracion como Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nacion, sugiriendo que el tramite de la determinacion de sectores y MORDAZA de intervencion se realice posteriormente a su declaratoria y previa inspeccion ocular; Que, a traves de la Sesion Nº 24, de fecha 12 de junio de 2009, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 05 donde propone aprobar la declaracion de bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion del Local Central de la Sociedad de Beneficencia Publica de Tarma y la determinacion de sectores de intervencion del inmueble ubicado entre la Av. MORDAZA Nº 173 y 195, Av. Vienrich Nº 686 y 693 y el Jr. MORDAZA Nº 950, distrito y provincia de Tarma, departamento de Junin; Que, a traves del Informe Tecnico Nº 204-2011DPHCR-DGPC/ MC, de fecha 22 de junio de 2011, la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano del Ministerio de Cultura, evalua el expediente de solicitud de declaracion de bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion y concluye que se debe dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo Nº 05, de fecha 12 de junio de 2009, donde la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano propone la aprobacion de declaracion del inmueble como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion, al considerar que el bien posee valores historicos, arquitectonicos, artisticos, urbanisticos y tecnologicos; Que, el local central de la Beneficencia Publica de Tarma esta compuesto por varias edificaciones de diferentes epocas y materiales, cuya primera etapa de construccion data del siglo XIX y se ha adecuado durante el siglo XX, posee una altura de edificacion de un piso, destinado a usos de colegio (institucion educativa particular San MORDAZA de Asis), oficinas administrativas de la Beneficencia, hogar de ninos, albergue para adolescentes (varones y ninas), asilo de ancianos, playa de estacionamiento y canchas deportivas. Las edificaciones de material adobe son: el colegio, hogar de ninos, albergue de adolescentes, asilo de ancianos, oficinas administrativas y edificaciones de material noble, las cuales son: los banos del colegio, del hogar de ninos y del albergue de adolescentes varones, el velatorio, las graderias, la cancha deportiva, tribuna y MORDAZA de la playa de estacionamiento; Que, el edificio de la Institucion Educativa Particular San MORDAZA de MORDAZA, tiene su ingreso por la Av. MORDAZA precedido de un area libre o patio para uso recreativo en el cual se ha construido hacia el lado oeste unas aulas y banos con bloques de concreto, este espacio esta delimitado por los bloques norte y este de la I.E.P. San MORDAZA de MORDAZA con sus respectivas galerias. El bloque norte tiene forma de "U" y esta orientado de este a oeste paralelo hacia la Av. MORDAZA, su ingreso es a traves de un portico de MORDAZA con arco rebajado, medias columnas pareadas en los derrames, pilastras estriadas y entablamento corrido, por el cual accedemos hacia el zaguan que conduce al patio central (a la fecha se ha habilitado como aula y el acceso se encuentra clausurado por un MORDAZA provisional); se encuentra delimitado por una galeria de similares caracteristicas a las de la galeria de ingreso del edificio del lado este y que dan acceso a siete (07) aulas. El bloque este de planta rectangular, esta orientado de norte a sur paralelo hacia la Av. Vienrich

y esta conformado por una sucesion de cinco (05) ambientes modulados con puertas y ventanas de MORDAZA en MORDAZA de medio punto; el sistema constructivo de estos bloques consta de muros de adobe, techos con vigas de MORDAZA, cobertura de calamina y MORDAZA raso de triplay, pisos de MORDAZA machihembrada, loseta y/o cemento MORDAZA, carpinteria de MORDAZA y MORDAZA forjado; Que, el edificio de la Maternidad MORDAZA MORDAZA (albergue de ninos), es de distribucion regular, simetrica, de forma rectangular, esta orientado de norte a sur, cuyo frente mas largo colinda hacia la Av. Vienrich y el mas corto hacia la Av. MORDAZA por donde se ingresa cuenta con dos puertas de MORDAZA de dos hojas, antecedidas por escalones y rampa acondicionada, posee una escalera que conduce a un ambiente superior que es empleado como dormitorios de menores. El primer piso esta conformado por veintinueve (29) ambientes que han sido adaptados con muros de triplay, para uso de albergue de ninos INABIF, cuya tipologia es de estilo neoclasico, ha sido alterado en algunos de sus ambientes. Su sistema constructivo es a base de muros de adobe de 0.45 a 0.55 m.; techos con vigas de MORDAZA, cobertura de calamina y MORDAZA raso de yeso y triplay; pisos de loseta y MORDAZA machihembrada y carpinteria de MORDAZA y MORDAZA fundido. En la MORDAZA norte del inmueble se encuentran otras construcciones como ambientes provisionales construidos a los alrededores de los edificios MORDAZA mencionados para uso de servicios complementarios los cuales son de factura moderna (topico, panaderia, MORDAZA deportivo, cochera, servicios higienicos., MORDAZA deportivo, graderias); Que, de acuerdo a los datos Historicos, la primera etapa de la edificacion original se creo para uso de Hospital Mixto San MORDAZA de MORDAZA cuya data es del siglo XIX (1846 a 1847), el mismo que fue dirigido por madres de la MORDAZA, posteriormente el local fue transferido al Ministerio de Salud, quedando esta infraestructura para uso de albergue de ninos, adolescentes, ancianos y oficinas administrativas; Que, los valores arquitectonicos y artisticos, radican en las edificaciones interiores del complejo, destacandose la edificacion que ocupa la Institucion Educativa Particular San MORDAZA de MORDAZA de estilo neoclasico, constituyendo un modelo representativo de la tipologia de arquitectura civil publica del distrito de Tarma caracterizada por su sistema constructivo y esta compuesta por elementos arquitectonicos tales como portada con arco rebajado y pilastras pareadas, galerias con pilastras esbeltas de MORDAZA que constan de MORDAZA y capitel, carpinteria de MORDAZA y MORDAZA, ventanas en arco de medio punto de MORDAZA apanelada y portanuelas, pisos de MORDAZA machihembrada, loseta y cemento pulido; sobre el tratamiento de fachadas exteriores del local de la Beneficencia estas presentan en dos de sus frentes (Av. MORDAZA y Vienrich) un cerco sencillo a base de pilastras con rejas de MORDAZA y de MORDAZA y en el sector del ingreso al area de servicios es solo un cerco de ladrillo (Jr. Arequipa); Que, de igual forma el inmueble posee valores urbanisticos al encontrarse emplazado entre la Av. MORDAZA Nº 173 y 195, Av. Vienrich Nº 686 y 693 y el Jr. MORDAZA Nº 950, distrito y provincia de Tarma, departamento de MORDAZA, rodeada de edificaciones cuyo uso predominante es vivienda las cuales se interrelacionan e identifican con la poblacion por los servicios que brinda y cuya presencia se impone por su ubicacion; Que, sobre los valores tecnologicos, la fabrica de las edificaciones responde a un patron constructivo a base de muros de adobe revestidos con yeso, estructura con vigas y viguetas de MORDAZA, MORDAZA raso de triplay y techo inclinado con cobertura de calaminas. Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura, y a traves del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC de fecha 25 de setiembre de 2010, se aprobo la fusion de entre otros en el citado Ministerio, por lo que toda referencia normativa al INC se debe entender al Ministerio de Cultura; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, conforme a lo senalado en el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, el Instituto Nacional

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