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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2011 (20/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de julio de 2011 446800 Que, dada la trayectoria ejemplar de don Luis Jaime Cisneros Vizquerra, lingüista y docente universitario, quien se dedicó a promover de manera efectiva el desarrollo de la Educación en el Perú, así como los estudios de fi lología y lingüística, mediante Resolución Ministerial Nº 524-ED- 92, se le otorgó las Palmas Magisteriales en el grado de Amauta, en consideración a la especial jerarquía de la obra docente y de investigación científi ca llevada a cabo; Que, en ese sentido el Ministerio de Educación considera un deber rendir homenaje póstumo a tan ilustre personaje denominando al edifi cio de la nueva sede institucional con su nombre, sede ubicada en Av. De la Arqueología esquina con Calle Del Comercio, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Artículo Único.- Denominar “Luis Jaime Cisneros Vizquerra” al edifi cio de la nueva sede institucional del Ministerio de Educación, ubicado en Av. De la Arqueología esquina con Calle Del Comercio, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR RAÚL DÍAZ CHÁVEZ Ministro de Educación 667393-1 Constituyen la “Mesa Nacional de Diálogo y Acción Conjunta por la Educación Inclusiva” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0313-2011-ED Lima, 18 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Constitución Política del Perú establece que es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educación adecuada por razón de su situación económica o de limitaciones mentales o físicas; Que, en virtud a la Décima Segunda Política de Estado del Acuerdo Nacional se asume el compromiso de garantizar el acceso universal e irrestricto a una educación integral, pública, gratuita y de calidad que promueva la equidad entre hombres y mujeres, afi ance los valores democráticos y prepare ciudadanos y ciudadanas para su incorporación activa a la vida social; Que, de conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 8 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, la inclusión constituye un principio de la educación incorporando a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo y otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades; Que, de otro lado, el literal b) del artículo 9 de la citada Ley, contempla como uno de los fi nes de la educación, el contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afi rme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado; Que, en virtud del Decreto Supremo Nº 026-2003-ED, el Ministerio de Educación viene ejecutando acciones referidas a la educación inclusiva a través de planes pilotos, programas, proyectos y convenios en el marco de la Década de la Educación Inclusiva al 2012; Que, en ese contexto, el enfoque de partida debe apuntar a la apuesta por una sociedad inclusiva que acoja a todos sus ciudadanos por igual y les posibilite el ejercicio pleno de sus derechos, uno de los cuales es la educación, buscando que los niños con discapacidad o habilidades diferentes accedan a la escuela regular, sino que una vez en ella aprendan efectivamente y que para ello los docentes y el sistema hagan los esfuerzos y adecuaciones necesarios; Que, en tal sentido, mediante Resolución Viceministerial Nº 0037-2008-ED de fecha 15 de octubre de 2008, el Viceministro de Gestión Pedagógica resolvió constituir la “Mesa de Diálogo y Acción Conjunta por la Educación Inclusiva” con la fi nalidad de contribuir a la implementación y desarrollo de las políticas de Educación Inclusiva con la participación del ministerio, la sociedad civil e instituciones públicas y privadas, Mesa que brindó apoyo en las gestiones para concretizar la creación del Centro Nacional de Recursos de Educación Básica Especial – CENAREBE; Que, el esfuerzo concertado de actores e instituciones de la sociedad civil para hacer realidad esta política de estado y para fortalecer las acciones y proyectos que ya se vienen implementando ha sido exitoso conforme a los informes emitidos por la Dirección General de Educación Básica Especial, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica; Que, en vista de los logros obtenidos y con la fi nalidad de consolidar las políticas educativas inclusivas a nivel nacional, regional y local en respuesta a las necesidades asociadas a discapacidad, se hace necesario la dación de una norma de mayor jerarquía y que éste acorde con los objetivos nacionales planteados; De conformidad con la Ley Nº 28044, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cada por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi caciones: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir la “Mesa Nacional de Diálogo y Acción Conjunta por la Educación Inclusiva”, que tiene por fi nalidad contribuir a la implementación y desarrollo de las políticas de Educación Inclusiva, mediante el diálogo y la acción conjunta del Ministerio de Educación con instituciones públicas y privadas, así como de la sociedad civil. Artículo 2º.- La “Mesa Nacional de Diálogo y Acción Conjunta por la Educción Inclusiva” estará integrada de la siguiente manera: • Ministerio de Educación, representado por la Dirección General de Educación Básica Especial. • Defensoría del Pueblo, representada por el Equipo de Defensa y Promoción de Derechos Humanos de las personas con discapacidad. • Congreso de la República, representado por la Comisión de Asuntos de Personas con Discapacidad o instancia que la reemplace o haga sus veces. • Foro Educativo, representado por su Comité Directivo. • Consejo Nacional para la integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, representado por su Presidente. • Confederación Nacional de Personas con Discapacidad del Perú, representada por su Presidente. • Fundación Telefónica del Perú, representada por la Gerencia de Proyectos Sociales y Educativos. • Fundación para el Desarrollo Solidario – Fundades, representada por su Presidente. • Patronato Peruano de Rehabilitación, representado por su Consejo Directivo. Artículo 3º.- Los objetivos de la “Mesa Nacional de Diálogo y Acción Conjunta por la Educación Inclusiva” son: 1. Constituir un espacio de refl exión, producción y difusión de información sobre la educación inclusiva, en el marco de las políticas educativas vigentes. 2. Impulsar y apoyar la implementación de las políticas educativas inclusivas del Ministerio de Educación a nivel nacional, de los gobiernos regionales y locales, así como de otras instituciones públicas y privadas. 3. Producir Estudios y Propuestas concertadas de políticas públicas que contribuyan a que se desarrolle una Educación Inclusiva, en el marco de la Ley General de Educación y su Reglamento, el Proyecto Educativo Nacional, el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Ministerio de Educación 2007 – 2011, y, las metas del Milenio. 4. Sensibilizar y concientizar a las autoridades, funcionarios públicos y a la sociedad para generar cambios sostenibles culturales e institucionales, que coadyuven a hacer realidad la educación inclusiva de las personas con discapacidad.