Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2011 (20/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

de Cultura (hoy Ministerio de Cultura) esta encargado de realizar una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el inciso a) del Articulo 14º de la citada Ley dispone que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, ejerce la funcion de "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, el inciso j) del Articulo 52º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-MC estable que "La Direccion General de Patrimonio Cultural, tiene las funciones especificas siguientes: (...) emitir informes tecnicos, calificar, aprobar y supervisar los proyectos de intervencion de bienes inmuebles vinculados al patrimonio cultural, asi como las propuestas de declaracion, delimitacion de bienes inmuebles y sus respectivos MORDAZA circundantes de proteccion, y de determinacion de sectores de intervencion de los bienes historicos monumentales"; Que, por medio del Decreto Supremo Nº 001-2011-MC, de fecha 13 de MORDAZA de 2011, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, donde se autoriza al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la expedicion de resoluciones en el ambito de su competencia; Estando a lo visado por el Director General de Patrimonio Cultural, el Director de Patrimonio Historico Colonial y Republicano y la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; el Decreto de Urgencia Nº 066-2010, que establece que los documentos de gestion del Instituto Nacional de Cultura INC mantienen vigencia y son de aplicacion en el Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 001-2011-MC que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion al Monumento denominado Local Central de la Sociedad de Beneficencia Publica de Tarma ubicado entre la Av. MORDAZA Nº 173 y 195, Av. Vienrich Nº 686 y 693 y el Jr. MORDAZA Nº 950, distrito y provincia de Tarma, departamento de Junin; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA que realice una inspeccion ocular al inmueble MORDAZA citado y presente una propuesta de determinacion de sectores de intervencion a fin de dar tramite a lo solicitado por el administrado. Articulo 3º.- Hacer de conocimiento a los propietarios, autoridades locales y regionales la presente Resolucion sobre la condicion patrimonial del inmueble indicado en el Articulo 1º, asi como la normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter cualquier intervencion a realizarse en el inmueble citado en el Articulo 1º de la presente Resolucion, a la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 667100-1

DEFENSA
Autorizan pago de viaticos en favor de oficial de la Fuerza Aerea del Peru, quien viajo en comision especial en el exterior a los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 291-2011-DE/FAP MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2011 Visto el Oficio NC-170-AGFI-Nº 022 del 28 de MORDAZA de 2010, del Agregado Aereo a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA Concurrente en Canada. CONSIDERANDO Que, mediante Resolucion Suprema Nº 208-2009-DE/FAP de fecha 19 de junio de 2009, se autorizo el viaje al exterior en Comision Especial en el Exterior a los Estados Unidos de MORDAZA, del 1 de MORDAZA de 2009 al 15 de MORDAZA de 2010, al MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA GAMBARINI ONATH, para que se desempene como Oficial Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 098-2010DE/FAP de fecha 25 de febrero de 2010, se autorizo con eficacia anticipada, el pago correspondiente al Ano Fiscal AF-2010, que comprende el periodo del 1 de enero al 15 de MORDAZA de 2010, de la comision a que se refiere la resolucion citada en el primer considerando; Que, mediante documento del visto el Agregado Aereo a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA Concurrente en Canada, remite los Oficios RGOCID-Nros. 003 y 004, ambos de fecha 28 de MORDAZA de 2010, presentados por el MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA GAMBARINI ONATH, mediante los cuales solicita el pago que le corresponde, por gastos de traslado y pasajes de sus familiares dependientes (conyuge y tres hijos); Que, en las resoluciones citadas en el primer y MORDAZA considerando, no se ha considerado el pago de pasajes aereos y tarifa de uso de aeropuerto de los familiares (esposa y tres hijos), asi como el importe de dos (02) Gastos del Traslado del citado Oficial, conforme a lo previsto en la normatividad vigente; Que, el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 0042009-DE/SG del 3 de febrero de 2009, establece que el personal nombrado en Comision Especial en el Exterior goza de los mismos derechos con que cuenta el Personal Militar nombrado en Mision Diplomatica; Que, el Articulo 13º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006 DE/ SG del 13 de diciembre de 2006, establece los derechos con que cuenta el Personal Militar nombrado en Mision Diplomatica, como son pasajes en clase economica y tarifa unica de uso de aeropuerto, al titular, su conyuge y aquellos sobre quienes ejerce la patria potestad, tutela y/o curatela; asi como, gastos de traslado equivalente a dos compensaciones extraordinarias por servicio en el extranjero, que corresponde los gastos de equipaje, menaje e instalacion, tanto para la ida como de vuelta; Que, no se puede restringir el derecho de los mismos, toda vez que estos se encuentran debidamente justificados, no teniendo asidero legal denegar dicho derecho por razones de austeridad y racionalidad en el gasto publico, en razon que la normatividad no establece dicha medida en cuanto a los viajes efectuados por el Personal Militar al extranjero en Comision Especial en el Exterior; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 0242009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; y,

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