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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de julio de 2011 446907 comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre del 2011; Que, la autorización de ampliación de permanencia en el exterior, se encuentra considerada en el Rubro 1.- Formación, Califi cación, Especialización, Ítem Nº 6, del Anexo 01 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa del año 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011 DE/SG del 13 de enero de 2011 y modifi cado con Resolución Suprema Nº 135-2011-DE del 12 de abril de 2011; Que, el pago de la compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero con cargo al Ejercicio Presupuestal 2011, deberá autorizarse con efi cacia anticipada a partir del 01 de enero del presente año, en aplicación del numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, a fi n de no afectar el derecho del Ofi cial a percibir la Compensación Extraordinaria mensual establecida en el inciso c) del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG - Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, modifi cado por Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de 05 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de permanencia en el extranjero, con efi cacia anticipada a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011, del Cap EP MAGUIÑA MENDOZA José Manolo, identifi cado con DNI Nº 43295304 y CIP Nº 121349000, para que continúe sus estudios en el “Curso de Ingeniería Cartográfi ca”, en el Instituto Militar de Ingeniería (IME) del Ejército de la República Federativa de Brasil. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones. Artículo 3º.- El mencionado Ofi cial continuará revistando en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el tiempo que dure la Misión de Estudios en la República Federativa de Brasil. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 668551-14 Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 297-2011-DE/FAP Lima, 20 de julio de 2011 Visto la Papeleta de Trámite NC-50-EMED-Nº 0811 de fecha 25 de mayo de 2011 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-50-SGFA-Nº 2548 de fecha 25 de mayo de 2011 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Alianza Estratégica entre los Gobiernos de Perú y Brasil fi rmada el año 2003, conllevó a estrechar las relaciones bilaterales entre ambos países comprometiéndose los mismos a incrementar la cooperación fronteriza que permita mejorar las condiciones de seguridad en las zonas de frontera; Que, dicha alianza se sustenta en tres ejes de acción, el primero de ellos se refi ere a la interconexión física de América del Sur, el segundo a la integración económica y el tercero a compartir con el Perú los datos e información generadas por el Sistema de Vigilancia y Protección de la Amazonía, SIVAM - SIPAM de Brasil, para lo cual se realizan reuniones periódicas entre las autoridades de la Secretaría de Coordinación del Perú y el Centro Gestor Operacional del Sistema de Protección de la Amazonía - CENSIPAM; Que, la V Reunión del Grupo de Trabajo Binacional entre la Secretaría de Coordinación del Perú y el Centro Gestor Operacional del Sistema de Protección de la Amazonía de Brasil, se realizará en la ciudad de Brasilia - Brasil, del 1 al 5 de agosto de 2011; por lo que es necesario e imprescindible autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio al Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en la mencionada Reunión; Que, la citada comisión se encuentra incluida en el rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, ítem 126 del anexo 1 (R.O.), del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF-2011 aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011 y modifi cado con Resolución Suprema Nº 135- 2011-DE del 12 de abril de 2011; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio a la ciudad de Brasilia - Brasil, del 1 al 5 de agosto de 2011, al Personal Militar FAP que se indica a continuación, para que participe en la V Reunión del Grupo de Trabajo Binacional entre la Secretaría de Coordinación del Perú y el Centro Gestor Operacional del Sistema de Protección de la Amazonía de Brasil; Coronel FAP JORGE LUIS CARDICH PULGAR Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima - Brasilia (Brasil) - Lima US$ 1,231.00 x 1 persona (Incluye TUUA) Viáticos: US$ 200.00 x 5 días x 1 persona Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.