Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2011 (21/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 28 de junio de 1989; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano espanol MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 668551-19 RESOLUCION SUPREMA Nº 152-2011-JUS MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2011 VISTO, el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 104-2011/COE-TC, del 12 de MORDAZA de 2011, sobre la solicitud de extradicion activa al Estado de MORDAZA de los ciudadanos israelies MORDAZA HALFON, MORDAZA PHAHIMA o HAIM PHAHIMA Y MORDAZA T. COHEN o AVRAHAM HAI COHEN, formulada por la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 9 de MORDAZA de 2011, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de los ciudadanos israelies MORDAZA HALFON, MORDAZA PHAHIMA o HAIM PHAHIMA y MORDAZA T. COHEN o AVRAHAM HAI COHEN, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas (tipo agravado) en perjuicio del Estado peruano (Expediente Nº 47-2011); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente;

Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante Informe Nº 104-2011/COE-TC, del 12 de MORDAZA de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con la Convencion de las Naciones Unidas contra el Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas suscrita en la MORDAZA de MORDAZA el 19 de diciembre de 1988; y, la Convencion Unica de Estupefacientes, suscrita en la MORDAZA de Nueva MORDAZA el 30 de marzo de 1961; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa de los ciudadanos Israelies MORDAZA HALFON, MORDAZA PHAHIMA o HAIM PHAHIMA Y MORDAZA T. COHEN o AVRAHAM HAI COHEN, formulada por la MORDAZA Sala Penal para procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas (tipo agravado) en perjuicio de Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Estado de MORDAZA, de conformidad con las Convenciones vigentes y lo estipulado por las normas legales aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 668551-20 RESOLUCION SUPREMA Nº 153-2011-JUS MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2011 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 096-2011/ COE-TC, del 6 de MORDAZA de 2011, sobre la solicitud de ampliacion de extradicion activa a los Estados Unidos de MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARRIDO, formulada por la Tercera Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 24 de MORDAZA de 2011, declaro procedente la solicitud de ampliacion de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARRIDO, por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica Colusion Desleal, en agravio del Estado peruano y la MORDAZA de Pensiones Militar y Policial (Expediente Nº 532011);

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