Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2011 (21/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446911

suplementario en el Pliego Ministerio de Energia y Minas de acuerdo a lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 017-2011; Que, el precio internacional promedio del petroleo ha pasado de US$ 79 por barril en el ano 2010 a un promedio de US$ 98 por barril en lo que va del presente ano, alcanzando un nivel MORDAZA de US$ 114 por barril a fines del mes de MORDAZA, lo cual ha generado que el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo acumule a la fecha obligaciones con los productores y/o importadores de combustibles; Que, en consecuencia resulta necesario asignar recursos via credito suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 para la cancelacion de las obligaciones originadas en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y normas modificatorias, por el monto de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 155 000 000, 00), con la finalidad que la nueva administracion no asuma las deudas generadas por este concepto; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Urgencia Nº 017-2011 y Nº 038-2011; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.Autorizacion de Credito Suplementario Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 155 000 000, 00), destinado a financiar el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, conforme a lo que establezca el Administrador del Fondo segun el orden temporal de los recursos comprometidos, de acuerdo al detalle siguiente:
INGRESOS: (En Nuevos Soles)

Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Actividades, Proyectos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el Pliego, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria", que se requieran como consecuencia de la modificacion presupuestaria autorizada por la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del credito suplementario a que hace referencia el articulo 1º del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 668551-3

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS 155 000 000,00 (Otros recursos extraordinarios, utilidades del Fondo Nacional de Financiamiento Empresarial ­ FONAFE y mayor recaudacion) ---------------------TOTAL INGRESOS 155 000 000,00 ============ EGRESOS: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL : 016 : 001 : 12 : 011 : (En Nuevos Soles)

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 a favor del Pliego Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres - CENEPRED
DECRETO SUPREMO Nº 144-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664 se creo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, y preparacion y atencion ante situaciones de desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29664 establece que el Programa de Reduccion de Vulnerabilidades Frente al Evento Recurrente de El MORDAZA (PREVEN), se constituye en el Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres (CENEPRED), realizandose las transferencias de partidas que se requieren conforme a las disposiciones legales, mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas Que, la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM - Reglamento de la Ley Nº 29664, establece que el Ministerio de Economia y Finanzas transferira recursos al CENEPRED con cargo a la Reserva de Contingencia, que garanticen su funcionamiento; Que, es necesario atender el financiamiento del pliego Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres (CENEPRED), para el inicio de las funciones que le asigna la Ley Nº 29664, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, requiriendose autorizar una transferencia

Gobierno Central Ministerio de Energia y Minas Ministerio de Energia y Minas - Central Energia Transferencias e Intermediacion Financiera SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0019 : Transferencias de Caracter General ACTIVIDAD 023075 : Transferencias al Fondo de Estabilizacion de Precios de los Combustibles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos TOTAL EGRESOS : RECURSOS ORDINARIOS 155 000 000,00 --------------------155 000 000,00 ============

Articulo 2º.- Procedimientos para la desagregacion de los Recursos 2.1 Autorizase al Titular de Pliego a aprobar, mediante resolucion, la desagregacion de los recursos a los que se refiere el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico y generica del gasto, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, solicita a la Direccion General del

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