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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2011 (23/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de julio de 2011 447105 servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas Aero Transporte S.A. – ATSA y Lan Perú S.A., han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante los meses de julio y agosto de 2011, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Aero Transporte S.A. – ATSA y Lan Perú S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en los Informes Nº 397- 2011-MTC/12.04 y Nº 215-2011-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 29626, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de los señores Gino Humberto Defi lippi Brigneti, Víctor Augusto Fajardo Cámero y Salvador Octavio Olivares Mongrut, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 27 de julio al 03 de agosto de 2011, a las ciudades de Amsterdam, Holanda, Atlanta, Estados Unidos de América y Santiago, Chile, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 397-2011- MTC/12.04 y Nº 215-2011-MTC/12.04. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Aero Transporte S.A. – ATSA y Lan Perú S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONáUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 27 DE JULIO AL 03 DE AGOSTO DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 215-2011-MTC/12.04 Y Nº 397-2011-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 1626-2011- MTC/12.04 27-Jul 31-Jul US$ 780.00 ATSA Defi lippi Brigneti, Gino Humberto Amsterdam Holanda Chequeo técnico de profi ciencia en simulador de vuelo del equipo F-50, a su personal aeronáutico 12941-12942 1629-2011- MTC/12.04 29-Jul 31-Jul US$ 660.00 ATSA Fajardo Cámero, Victor Augusto Atlanta EUA Chequeo técnico de Refresco en el simulador de vuelo del equipo B-350, a su personal aeronáutico 12939-12940 1630-2011- MTC/12.04 30-Jul 03-Ago US$ 1,000.00 Lan Perú S.A. Olivares Mongrut, Salvador Octavio Santiago Chile Chequeo anual en ruta y chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo A-319 a su personal aeronáutico 11731-12647- 13058 669124-1