Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2011 (09/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de junio de 2011

(CONAFU) suspendera la autorizacion de funcionamiento de nuevas facultades o escuelas de Educacion, filiales, programas y otros que conduzcan a la obtencion de titulo profesional o grado academico en Educacion, en los proyectos de nuevas universidades presentados para su evaluacion, en tanto se establezcan los criterios, indicadores y estandares de acreditacion de las facultades o escuelas de Educacion, que aprobara el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria ­ CONEAU, Organo Operador del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa SINEACE creado por Ley Nº 28740"; Que, por Resolucion Nº 125-2008-CONAFU de fecha 16 de MORDAZA de 2008 se resolvio: Articulo Primero: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, presentado por la Promotora MORDAZA MORDAZA El Apostol S.A.C, con las siguientes carreras profesionales a) Ingenieria de Sistemas e Informatica y b) Ingenieria de Negocios, Articulo Segundo: Dejar en suspenso la Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en relacion a las carreras profesionales de Educacion Inicial, Primaria y Secundaria; en estricto cumplimiento del Decreto Legislativo Nº 998 y Articulo Tercero: Disponer la continuacion del Procedimiento Administrativo en el estado que corresponde, por lo tanto, requerir a la Promotora MORDAZA MORDAZA El Apostol S.A.C, el cumplimiento de los articulos 36º al 39º del Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004, bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la presente resolucion, en caso de incumplimiento; Que, mediante Resolucion Nº 232-2009-CONAFU de fecha 21 de MORDAZA de 2009, se resolvio: Conformar la comision de trabajo presidida por el Consejero de Asuntos Academicos e integrada por los Evaluadores de la Oficina de Evaluacion Permanente del CONAFU, a fin de elaborar las tablas para la evaluacion de proyectos de funcionamiento de la MORDAZA Profesional de Educacion, otorgandole un plazo de treinta dias (30) calendarios para la elaboracion de las mismas; Que, por Oficio Nº 546-2009-CONEAU/P de fecha 01 de diciembre de 2009, el Presidente del CONEAU se pronuncia en relacion a las carreras profesionales de Educacion en la cual el Decreto Legislativo Nº 998 y su Reglamento suspenden la apertura de nuevas facultades de Educacion, subordinandolas a la aprobacion de los estandares de calidad que para tal efecto apruebe el CONEAU, asi como de los resultados que se obtengan, como consecuencia del MORDAZA de acreditacion que se lleve adelante. Y en el caso de las Universidades con Autorizacion de Funcionamiento Provisional a cargo del CONAFU, deberan tomar en cuenta estos estandares, conforme lo senala el articulo 4º del Reglamento del Decreto Legislativo 998, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2008-ED; Que, mediante Oficio Nº 017-2009-SDA.SAC recibido con fecha 23 de diciembre de 2009, el Senor MORDAZA De la MORDAZA MORDAZA en calidad de Gerente General de la Promotora del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicito al CONAFU indicar el procedimiento a seguir para la aprobacion de las carreras profesionales de educacion presentados en el PDI del referido proyecto universitario; Que, por Oficio Nº 1250-2009-CONAFU-CDAA de fecha 28 de diciembre de 2009, el Consejero de Asuntos Academicos opina que en base a los estandares del CONEAU se debe proceder a nombrar otra Comision Calificadora para que evalue las Carreras Profesionales de Educacion Inicial, Primaria y Secundaria del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA declaradas en suspenso mediante Resolucion Nº 1252008-CONAFU; Que, mediante Resolucion Nº 005-2010-CONAFU de fecha 14 de enero de 2010, se resolvio: "Conformar la Comision Calificadora encargada de evaluar las Carreras Profesionales de Educacion Inicial, Educacion Primaria y Educacion Secundaria del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, la cual estara integrada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ludovina MORDAZA MORDAZA y Tula MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretaria y Vocal, respectivamente"; Que, con Oficio Nº 100-2010-CONAFU-P de fecha 25 de enero de 2010, el Presidente del CONAFU comunico al Responsable del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA que en sesion ordinaria del Pleno del CONAFU de fecha 11 de enero de 2010 por Acuerdo Nº 005-2010CONAFU, se convino: Autorizar la evaluacion de la MORDAZA profesional de educacion, asimismo se procedera a nombrar la comision calificadora correspondiente; Que, con fecha 10 de marzo de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos presento: 1) El Proyecto de las Tablas para la evaluacion de proyectos de funcionamiento de la MORDAZA Profesional de Educacion, 2) El Proyecto de las Tablas para la evaluacion de los Proyectos de Desarrollo Institucional (PDI) de los Proyectos de Universidades, y 3) El Proyecto de las Tablas para la evaluacion de las Carreras Profesionales de Proyectos de Universidades y Universidades que se encuentran bajo la competencia de este Consejo Nacional, para que MORDAZA evaluadas y aprobadas por el Pleno del CONAFU; Que, mediante Resolucion Nº 110-2010-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2010, se resolvio: "Articulo Primero: Aprobar las Tablas para la Calificacion de los Proyectos de Desarrollo Institucional de los Proyectos de Universidades que se encuentran bajo competencia del CONAFU, Articulo Segundo: Aprobar las Tablas para la Calificacion de las Carreras Profesionales de los Proyectos de Desarrollo Institucional de las Universidades que se encuentran bajo competencia del CONAFU, Articulo Tercero: Aprobar las Tablas para la Calificacion de la MORDAZA Profesional de Educacion de Proyectos de Desarrollo Institucional de Proyectos de las Universidades y de las Universidades que se encuentran bajo competencia del CONAFU, Articulo Cuarto: Levantar la suspension de la evaluacion de la MORDAZA profesional de Educacion a los Proyectos de Universidades y Universidades que solicitaron su evaluacion correspondiente ante este Consejo Nacional y quedaron en suspenso, comunicandoles que seran evaluadas con las nuevas Tablas de Calificacion aprobadas por el CONAFU, en la presente resolucion, Articulo Quinto: Comunicar a las Universidades que se encuentran en evaluacion ante este Consejo Nacional, en el caso de ampliar carreras profesionales seran evaluadas con las Tablas de Calificacion aprobadas por el CONAFU, y Articulo Sexto: Disponer la publicacion de los textos completos de las respectivas Tablas para la Calificacion en la pagina Web del CONAFU (www.anr.edu.pe/conafu/)"; Que, con fecha 14 de MORDAZA de 2010, la Comision Calificadora encargada de evaluar las Carreras Profesionales de Educacion Inicial, Educacion Primaria y Educacion Secundaria del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, presento el Informe Preliminar; Que, mediante Oficio Nº 712-2010-CONAFU-SG de fecha 25 de MORDAZA de 2010, la Secretaria General del CONAFU remitio al Responsable del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA el Informe Preliminar de la Comision Calificadora del Proyecto de Desarrollo Institucional de Carreras Profesionales de Educacion del referido Proyecto universitario, otorgandole un plazo de quince (15) dias habiles, a fin de que cumpla con levantar las observaciones indicadas en el informe preliminar, motivo por el cual debera presentar una MORDAZA version completa del PDI, en el cual se incluya el levantamiento de las observaciones; Que, con fecha 17 de junio de 2010, el Responsable del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, presento el levantamiento de observaciones al Informe Preliminar de la evaluacion de las carreras profesionales de educacion con una MORDAZA Version de todo el PDI, incluyendo todas las carreras profesionales; Que, mediante Oficio Nº 010-2010-CONAFU-CAI de fecha 30 de setiembre de 2010, el Presidente de la Comision Calificadora del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, sugirio la modificacion de la Resolucion Nº 005-2010-CONAFU, manifestando que no se trata de tres carreras profesionales, sino de una sola MORDAZA profesional como Educacion, con los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria; debiendo la evaluacion de realizarse segun el Decreto Legislativo Nº 998, siguiendo los estandares e Indicadores del CONEAU; Que, mediante Informe Legal Nº 423-2010CONAFUCJ de fecha 29 de octubre de 2010, la Comision Juridica opino: "Que lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 998

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