Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2011 (09/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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- El Primer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, asi como los Juzgados de Paz Letrados de San MORDAZA y Perene liquidaran los procesos laborales a su cargo y continuaran tramitando los demas procesos que conocen, con sus mismas competencias territoriales actuales. - El Juzgado de Paz Letrado de Pichanaki en adicion a sus funciones conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo su competencia territorial actual. PROVINCIAS DE MORDAZA Y CHUPACA.- Los Juzgados Mixtos de las Provincias de MORDAZA y Chupaca conoceran en adicion a sus funciones los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo sus competencias territoriales actuales. - Los Juzgados de Paz Letrados de dichas provincias conoceran en adicion a sus funciones los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo sus competencias territoriales actuales. PROVINCIA DE JUNIN.- El Juzgado Mixto y el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de MORDAZA, en adicion a sus funciones conoceran los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo sus competencias territoriales actuales. PROVINCIA DE JAUJA.- El Juzgado Civil y el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Jauja, en adicion a sus funciones conoceran los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo sus competencias territoriales actuales. PROVINCIA DE SATIPO.- El Primer Juzgado Mixto de la Provincia de Satipo en adicion a sus funciones conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con su misma competencia territorial. - El MORDAZA Juzgado Mixto de la Provincia de Satipo, en cuanto a materia laboral se refiere, conocera los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales que se inicien a partir de la implementacion de la Ley N° 29497 en este Distrito Judicial y continuara tramitando los procesos de esta naturaleza a su cargo, asimismo, liquidara los procesos que tramita bajo la Ley N° 26636, manteniendo su competencia territorial actual. - Los Juzgados de Paz Letrados de Satipo, Mazamari, San MORDAZA de Pangoa y de Rio Tambo en adicion a sus funciones conoceran los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo sus competencias territoriales actuales. PROVINCIA DE TARMA.- La Sala Mixta Descentralizada de Tarma asumira en adicion a sus funciones los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo con su misma competencia territorial actual. - El Juzgado Mixto de Tarma en adicion a sus funciones conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo su competencia territorial actual. - El Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados de Tarma conoceran en adicion a sus funciones los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con sus mismas competencias territoriales. - El Juzgado de Paz Letrado de Acobamba liquidara los procesos laborales a su cargo y seguira tramitando los demas procesos que conoce, con su misma competencia territorial. PROVINCIA DE YAULI.- El MORDAZA Juzgado Mixto de Yauli - La Oroya en adicion a sus funciones conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo su competencia territorial actual.

- El Primer Juzgado Mixto de Yauli - La Oroya en cuanto a materia laboral se refiere, conocera los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales que se inicien a partir de la implementacion de la Ley N° 29497 en este Distrito Judicial y continuara tramitando los procesos de esta naturaleza a su cargo, asimismo liquidara los procesos que tramita bajo la Ley N° 26636, manteniendo su competencia territorial actual. - El Juzgado de Paz Letrado de Yauli - La Oroya, en adicion a sus funciones conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo su competencia territorial actual. PROVINCIA DE TAYACAJA.- El Juzgado Mixto de la Provincia de Tayacaja en adicion a sus funciones conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con competencia territorial provincial. - El Juzgado Mixto Transitorio de la Provincia de Tayacaja, continuara el tramite de los procesos que viene conociendo y en atencion a ello liquidara los procesos laborales a su cargo. - El Juzgado de Paz Letrado de Pampas - Tayacaja y el Juzgado de Paz Letrado de Colcabamba en adicion a sus funciones conoceran los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo sus competencias territoriales actuales. PROVINCIA DE OXAPAMPA.- El Juzgado Mixto de la Provincia de Oxapampa conocera en adicion a sus funciones los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con su misma competencia territorial actual. - Los Juzgados de Paz Letrados de Oxapampa y MORDAZA Rica en adicion a sus funciones conoceran los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con sus mismas competencias territoriales actuales. DISTRITO JUDICIAL DEL MORDAZA a) Creacion de organos jurisdiccionales: - Crear el Tercer y MORDAZA Juzgados de Trabajo Transitorios en el Distrito de Chimbote, Provincia de MORDAZA, con las mismas competencias territoriales de los Juzgados de Trabajo Transitorios existentes en dicho distrito. - Crear el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado con especialidad laboral de Chimbote, que conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal Trabajo con la misma competencia territorial del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Chimbote, el mismo que se denominara Primer Juzgado de Paz con especialidad laboral de Chimbote. - Crear el Juzgado Especializado de Trabajo en la Provincia de MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA Chimbote, el mismo que conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con la misma competencia territorial del Juzgado Mixto existente en dicho distrito. b) Redistribucion de la carga procesal competencia de los organos jurisdiccionales: PROVINCIA DEL SANTA- La Sala Laboral de Chimbote conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo y liquidara los procesos laborales que viene tramitando, con su misma competencia territorial. - El Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados Especializados de Trabajo del Distrito de Chimbote, conoceran los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo con carga cero, con sus mismas competencias territoriales actuales. Los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales que vienen tramitando dichos juzgados seran remitidos al Setimo Juzgado Especializado de Trabajo para la continuacion de su tramite. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA redistribuira proporcionalmente los procesos tramitados con la Ley N° 26636 provenientes del Primer, y

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