Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2011 (18/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Encargan funciones General del CONAFU de Secretaria

cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 38º inciso d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR las funciones como Secretaria General del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) a la Abogada MORDAZA Jaqueliny MORDAZA MORDAZA, hasta el 30 de junio de 2011. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Presidente MORDAZA JAQUELINY MORDAZA MORDAZA Secretaria General 654229-1

CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 121-2011-CONAFU MORDAZA, 7 de marzo de 2011 VISTOS: La Resolucion Nº 287-2010-CONAFU de fecha 1 de junio de 2010, y la Resolucion Nº 301-2010CONAFU de fecha 30 de junio de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, conforme al articulo 3º de la Ley del CONAFU, se establece: "El CONAFU esta integrado por cinco exRectores de reconocida trayectoria institucional, elegidos entre los candidatos propuestos por las universidades institucionalizadas. Tres de ellos son elegidos por las Universidades Publicas y los dos restantes por las Universidades Privadas. La Asamblea Nacional de Rectores convoca y organiza el MORDAZA electoral respectivo y emite la Resolucion de Nombramiento. El Mandato de los miembros de CONAFU es de cinco anos. Pueden ser reelegidos. Eligen a su Presidente y Vicepresidente. En caso de vacancia, la Asamblea Nacional de Rectores convoca al MORDAZA electoral respectivo para cubrirlo dentro de los cuarenta y cinco dias de producida"; Que, mediante Resolucion Nº 287-2010-CONAFU de fecha 1 de junio de 2010, se resolvio: Conformar el Consejo Directivo del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) para el periodo 01 de junio de 2010 al 31 de MORDAZA de 2011, el mismo que se constituyo de la siguiente manera: Presidente: Doctor Angelmiro MORDAZA Mestanza, Vicepresidente: MSc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Infantes, Consejero de Asuntos Academicos: Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero de Asuntos Administrativos: Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna, y Consejero de Asuntos Internacionales: Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Robles; Que, mediante Resolucion Nº 301-2010-CONAFU de fecha 30 de junio de 2010, en su articulo tercero se resolvio: "Designar con efectividad del 01 de MORDAZA de 2010 al 31 de MORDAZA de 2011, a la Abogada MORDAZA Jaqueliny MORDAZA MORDAZA, como Secretaria General del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU)"; Que, a fin de culminar con los tramites de los procedimientos administrativos se hace necesario encargar las funciones como Secretaria General del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) a la Abogada MORDAZA Jaqueliny MORDAZA MORDAZA, hasta el 30 de junio de 2011; Que, de conformidad a la Resolucion Nº 268-2006CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, el Pleno del CONAFU autoriza al Presidente, a expedir Resoluciones de tramite, dentro de sus atribuciones, con cargo a dar

Admiten a tramite solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION Nº 235-2011-CONAFU MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011 "PROYECTO DE UNIVERSIDAD PRIVADA MORDAZA MORDAZA DEL CUSCO" VISTOS: El escrito s/n recibido de fecha 18 de junio de 2010, el Oficio Nº 1151-2010-CONAFU-P de fecha 02 de setiembre de 2010, el escrito s/n recibido con fecha 01 de octubre de 2010, el Oficio Nº 795-2010-CONAFU-CDAA de fecha 25 de octubre de 2010, la Resolucion Nº 473-2010CONAFU de fecha 10 de noviembre de 2010, el Oficio Nº 1400-2010-CONAFU-SG de fecha 16 de diciembre de 2010, el escrito s/n recibido con fecha 07 de enero de 2011, el Informe Legal Nº 018-2010-CONAFU-CJ de fecha 13 de enero de 2011, el Oficio Nº 059-2011-CONAFU-CDAA de fecha 14 de enero de 2011, el escrito s/n recibido con fecha 26 de MORDAZA de 2011, el Oficio Nº 005-2011-PUPAL/CUSCO recibido con fecha 29 de MORDAZA de 2011, y el Acuerdo Nº 295-2011-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU del dia 04 de MORDAZA de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolucion Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante Reglamento), en su articulo 9° establece que: "El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones economicas para sus diez (10) primeros anos de funcionamiento. La elaboracion del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesion logica de etapas que buscan la coherencia entre la mision, vision, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su calificacion, establecen las pautas para la elaboracion

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