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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (18/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de junio de 2011 444939 CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de VISTOS, se resuelve publicar en el Diario Ofi cial El Peruano las Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de diciembre del 2010, y no habiéndose cumplido los extremos de la presente Resolución por trámites administrativos concernientes al pago de los derechos de publicación, lo que amerita efectuar la publicación correspondiente de acuerdo a Ley; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Gobierno Regional de Apurímac, mediante la Dirección Regional de Energía y Minas de Apurímac, publicara en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en los meses correspondientes; Que, por Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/ DM, publicada con la fecha 18 de noviembre del 2006, se declaró que el Gobierno Regional de Apurímac, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General De Minería, aprobado por Decreto supremo N° 014-92-EM; Y, el artículo 24° del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativo General, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 003-2011-GR.APURIMAC/PR; y SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de diciembre del 2010, que debieron ser publicadas mediante la Resolución N° 083-2010-DREM- GR-APURIMAC/RD. Artículo 2º.- Transcribir, el presente acto administrativo a las direcciones pertinentes para su atención y fi nes de ley. Regístrese y comuníquese. ALBERTO CALLO YUCRA Director Regional de Energía y Minas 654052-1 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Declaran como prioridad para el desarrollo social la cobertura de identificación y afiliación en el marco del Aseguramiento Universal de Salud con calidad y oportunidad en Ayacucho ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2011-GRAICR Ayacucho, 30 de mayo de 2011 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de mayo de 2011, trato el tema relacionado a la Implementación y Fortalecimiento del Aseguramiento Universal de Salud e Identidad; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 347-2011-GRA/PRES, el señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho, remite ante el Consejo Regional la Opinión favorable sobre el Proyecto de Ordenanza Regional: Implementación y Fortalecimiento del Aseguramiento Universal en Salud e Identidad, iniciativa presentado por el señor Director Regional de Salud a través de la Ofi cina de Aseguramiento Público, que adjunta la Opinión Legal Nº 172-2011-GRA/GG-GRDS-DIRESA- OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud Ayacucho, Informe Nº 007-2011- GRA/GG-GRDS-NSA de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho y el Informe Técnico de la Ofi cina de Aseguramiento Publico de la Dirección Regional de Salud Ayacucho, con la exposición de la Lic. Yanett Marlene Quispe Guillén – Directora de la Ofi cina de Aseguramiento Público de la DIRESA, se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional; Que, la Ley 29344 - Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, tiene como objeto establecer el marco normativo para asegurar derecho pleno y progresivo de toda persona residente en el país a la seguridad social en salud, norma el acceso y las funciones de regulación, prestación y supervisión del aseguramiento; en el Artículo 5° defi ne la afi liación obligatoria y el Art. 76º Sistema de Identifi cación de Asegurados es el DNI documento que reconoce condición de asegurado AUS. Art. 78º reconocen regímenes y criterios de afi liación: La afi liación individual es exclusiva a un régimen de fi nanciamiento determinado y por tanto, excluyente de los otros dos. La afi liación a los regímenes subsidiado y semicontributivo estará condicionada a la califi cación socioeconómica del SISFOH, excepto en las zonas determinadas por norma expresa; Que, el Acuerdo Nacional, las mismas que están dirigidas al logro de cuatro grandes objetivos: 1. Democracia y Estado de Derecho, 2. Equidad y Justicia Social, 3. Competitividad del País y 4. Estado efi ciente, transparente y descentralizado en su 13va PRECISA: Acceso universal a los servicios de salud y de la seguridad social; Que, los Lineamientos Estratégicos para el Desarrollo Nacional 2010-2021en sus Objetivos Nacionales al 2021: estratégicos para el desarrollo nacional elaborado por el CEPLAN establece 6 objetivos estratégicos de trabajo: 1. Derechos fundamentales y dignidad de las personas, 2. Igualdad de oportunidades y acceso a los servicios básicos, 3. Estado descentralizado al servicio de los ciudadanos y del desarrollo, 4. Economía competitiva con alto nivel de empleo y productividad, 5. Desarrollo regional equilibrado e infraestructura adecuada, 6. Recursos naturales y ambiente. Que, los Lineamientos de Política y Objetivos del Ministerio de Salud (2007-2020): El Plan Nacional Concertado de Salud del Ministerio de Salud, establece un conjunto de lineamientos de Políticas y Objetivos, clasifi cados en 3 grandes grupos: Atención sanitaria, sistema de salud y determinantes de la salud. Así tenemos: en el sistema de salud el Aseguramiento Universal, Descentralización en salud Mejora de la oferta, calidad de los servicios, Recursos humanos competentes, Medicamentos de calidad, Financiamiento Desarrollo de la rectoría del sistema de salud y Participación ciudadana en salud; Que, Ley Nº 29629 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011: SEXAGÉSIMA SEPTIMA disposición complementaria precisa el incremento de la cobertura e Internet en áreas rurales; Que, el Decreto de Urgencia N° 048-2010: establece medidas extraordinarias para la implementación de mecanismos para el incremento de la cobertura del Aseguramiento en Salud. Afiliación en línea que permita consulta con el SISFOH para el registro de la autenticación y elegibilidad. La afiliación al SIS en el marco del AUS es en línea. El SIASIS usa la tecnología Web Service, que se interconecta a otra