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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de marzo de 2011 439443 para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial, así como el Cuadro, los Formatos y Modelo integrantes de la citada Directiva, se publican en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGER DÍAZ ALARCÓN Director General Dirección General del Presupuesto Público 618199-1 EDUCACION Aprueban “Normas para el proceso de racionalización de plazas de personal docente y administrativo en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva” DECRETO SUPREMO Nº 005-2011-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que de acuerdo al artículo 79° de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la Política General del Estado; Que asimismo el artículo 90º de la precitada Ley, señala: “La efi ciencia en el gasto en educación implica elaborar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, el plan anual, el presupuesto funcional y los costos por alumno, así como la adecuada racionalización de los recursos humanos que implica su distribución su ubicación y su distribución en el territorio nacional conforme a las necesidades del servicio educativo.(…)” Que en tal sentido a efectos de cumplir con garantizar la efi ciencia y continuidad de la prestación del servicio educativo, es indispensable establecer normas y procedimientos para el proceso de racionalización de plazas de personal docente y administrativo en las instituciones educativas públicas de educación básica y técnico productiva; De conformidad con el numeral 3) del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobación de normas Aprobar las “Normas para el proceso de racionalización de plazas de personal docente y administrativo en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva”, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- De la publicación Disponer la publicación de las normas aprobadas por el artículo precedente, en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) en la misma fecha de la publicación del presente Decreto Supremo, bajo responsabilidad. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguense las normas y todas aquellas disposiciones que se opongan a lo establecido por el presente Decreto Supremo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Facúltese al Ministerio de Educación a dictar las normas y disposiciones complementarias que se requieran para la adecuada aplicación del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VÍCTOR RAÚL DÍAZ CHAVEZ Ministro de Educación 618202-2 ENERGIA Y MINAS Aprueban nuevo Reglamento de la Generación de Electricidad con Energías Renovables DECRETO SUPREMO N° 012-2011-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el 02 de mayo de 2008 se publicó el Decreto Legislativo Nº 1002, Ley de Promoción de la Inversión para la Generación de Electricidad con el uso de Energías Renovables; Que, el citado Decreto Legislativo contiene las normas generales sobre incentivos para promover la inversión en generación eléctrica a partir de Recursos Energéticos Renovables, aspectos que deben ser materia de normas reglamentarias para el debido cumplimiento de los objetivos señalados; Que, de la experiencia recogida del proceso de la primera Subasta de Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables, se ha visto por necesario revisar las normas reglamentarias a efectos de tener mayor claridad en la aplicación de las normas; De conformidad con las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Derogación Derógase el Reglamento de la Generación de Electricidad con energías Renovables, aprobado por el Decreto Supremo Nº 050-2008-EM. Artículo 2º.- Aprobación Aprobar el Reglamento de la Generación de Electricidad con Energías Renovables, que consta de siete (07) Títulos, veintiséis (26) Artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias, y dos (02) Disposiciones Transitorias, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3°.- Modifi cación del artículo 110° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas Modifíquese el inciso f), incorpórese el inciso g) y modifíquese el último párrafo, del artículo 110° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.