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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de marzo de 2011 439670 - Desarrollar capacidades técnicas y profesionales de los servidores, funcionarios y autoridades políticas, de las municipalidades y de la mancomunidad municipal que la forman, en gestión pública y con enfoque territorial. - Intercambiar experiencias o promover asistencia técnica a través de la fi rma de convenios con instituciones públicas y privadas de ámbito sub nacional, nacional e internacional. - Promover y ejecutar, planes, programas y proyectos comunes, de alcance interdistrital, de mayor impacto y cobertura; asimismo proyectos de infraestructura económica y social, y proyectos productivos. - Gestionar y viabilizar el fi nanciamiento para proyectos de inversión pública, los cuales por la cuantía de la inversión requerida no pueden ser atendidos por cada Gobierno Local. - Procurar mejores niveles de efi ciencia y efi cacia, para la prestación de servicios públicos locales y servicios sociales locales. - Lograr la participación e involucramiento de las universidades e institutos superiores localizados en la jurisdicción de la Mancomunidad Municipal, que permitan desarrollar capacidades, realizar programas de investigación, pasantías, etc, con el fi n de promover el desarrollo local e institucional. - Implementar políticas y ejecutar proyectos sostenibles, tendientes a crear y fortalecer una cultura de conservación y defensa del medio ambiente. - Elaborar el Plan Integral de Gestión Ambiental. - Formular e implementar el plan de desarrollo concertado urbano rural. - Implementar el Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de desarrollo Turístico, y el Plan de Zonifi cación Económica Ecológica. - Implementar las normas de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información. - Fomentar los espacios de articulación y comunicación, entre autoridades y sociedad civil. - Fortalecer la gestión de los gobiernos locales conformantes de la Mancomunidad Municipal a través de un Plan Integral de Gestión Ambiental; el Saneamiento Físico Legal Urbano-Rural; el Plan de Desarrollo Concertado Urbano-Rural; la Integración Vial Provincial e Interregional; la Seguridad Ciudadana y el Desarrollo Económico, Turístico, Cultural y Social. Artículo Segundo.- Aprobar el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal de la Provincial de Barranca – MPBB”, ratifi cando el contenido en el Acta de Constitución, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- Ratifi car la designación del Señor Romel Ullilen Vega, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo, y del Señor Oswaldo Silva Zapata, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de Constitución. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil once. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 618277-1 Aprueban nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2011-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 16 de febrero del 2011, en la Estación Orden del Día, el “Proyecto de Modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Barranca”. CONSIDERANDO Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”. Que, las Ordenanzas Municipales Provinciales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa tal y como se recoge en el numeral 3) y 8) del artículo 9º y art.40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Que, el numeral 1.1. del Artículo 1º.- de la Ley 27658 – Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, Declara al Estado en proceso de modernización Declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, mediante el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública” defi ne al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) como el documento normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; asimismo el Art. 34º del citado Decreto Supremo establece que para el caso de las Municipalidades el ROF se deberá aprobar mediante ordenanza municipal. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 005-2011- AL/CPB se Aprueba la Modifi cación de la Estructura Orgánica y Funcional y encarga la elaboración del nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF - de la Municipalidad Provincial de Barranca. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 007-2011- AL/RUV-MPB, se actualiza la Comisión Técnica encargada de elaborar los Anteproyectos de los Instrumentos de Gestión Normativos de la Municipalidad Provincial de Barranca, designada inicialmente mediante Resolución de Alcaldía Nº 0812-2007-AL/RUV-MPB. Que, con Informe Nº 023-2011-GPP/MPB de fecha 10 de febrero del 2011, el Gerente de Planifi cación y Presupuesto - Eco. Oswaldo Silva Zapata – presenta el Informe Técnico Sustentatorio del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) al Presidente de la “Comisión Técnica encargada de elaborar los Anteproyectos de los Instrumentos de Gestión Normativos de la Municipalidad Provincial de Barranca”. Que, mediante Informe Legal Nº 167-2011-OAJ- MPB, la Ofi cina de Asesoría Jurídica de esta Corporación Edil, opina a favor de su aprobación indicando que no contraviene norma legal alguna la emisión de la presente norma municipal. Que, después de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Artículo 9º, 39° y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el voto UNANIME los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta;