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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de marzo de 2011 439656 CONSIDERANDO: Que, los Artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Estado, modifi cados por la Ley N° 27680 (Ley de Reforma Constitucional), señala que los Órganos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico imperante; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 014-2011-MDC de fecha 17.02.2011, se aprobaron las Bases para el Concurso Público de Méritos Nº 002-2011-MDC, para seleccionar por Orden de Méritos y de Puntaje, a un (01) Ejecutor Coactivo Tributario, y Dos (02) Auxiliares Coactivos tributarios, vacantes en la Ofi cina de Ejecutoría Coactiva Tributaria, así como de Un (01) Ejecutor Coactivo administrativo, el mismo que en el Ítem XIV) CONTRATACION Y DESIGNACION, establece que concluido el Concurso Público de Méritos Nº 002-2011-MDC, la Comisión del Concurso Público de Méritos Nº 002-2011-MDC elaborará el Informe Final y elevará al despacho de Alcaldía señalando las personas que reúnen los meritos y puntaje necesarios para ser contratados, con cargo a la partida presupuestal Retribuciones y Complementos-Contratados a Plazo fi jo, para el ejercicio presupuestal correspondiente al año 2011, a partir del 01 de Marzo del 2011 hasta el 31 de Diciembre del 2011; y, que, para el ejercicio de sus funciones deban ser designados como Ejecutor Coactivo tributario, Ejecutor Coactivo Administrativo, o Auxiliar Coactivo Tributario, respectivamente; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0260-2011-MDC de fecha 17.02.2011, se conformó la Comisión del Concurso Público de Méritos Nº 002-2011-MDC, encargada de la conducción desde la convocatoria hasta el Informe Final para la contratación y designación del Ejecutor Coactivo Tributario, del Ejecutor Coactivo Administrativo y de los Auxiliares Coactivos tributarios, para la Municipalidad Distrital de Comas; Que, mediante Informe Nº 01-2011-CCPM-002-2011- MDC de fecha 25.02.2011, del Presidente de la Comisión encargada de llevar a cabo el proceso de convocatoria a Concurso Público de Méritos Nº 002-2011-MDC, para la designación de un (01) Ejecutor(a) Coactivo Tributario, dos (02) Auxiliares Coactivos Tributarios y; un (01) Ejecutor Coactivo Administrativo para la Municipalidad Distrital de Comas, informa al despacho de Alcaldía que conforme al cronograma aprobado en las Bases del Concurso Público de Méritos, se tiene que el resultado fi nal da como seleccionados a: como EJECUTOR COACTIVO TRIBUTARIO a don ROCCO ROMERO GRADOS, como EJECUTOR COACTIVO ADMINISTRATIVO a don GROBER PADILLA CUEVA y como AUXILIARES COACTIVOS TRIBUTARIOS a doña JACQUELINE DONGO BECERRA y don JIMMY MARCO QUIROZ MONCADA; Que, conforme a lo señalado en el Artículo 20° numeral 28) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, son atribuciones del Alcalde “Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera”, y siendo necesario accionar administrativamente a efectos de proceder a la designación de los funcionarios que asuman las funciones específi cas de Ejecutor Coactivo Tributario, Ejecutor Coactivo Administrativo y Auxiliares Coactivos Tributarios de la Municipalidad Distrital de Comas; Estando a lo informado y en ejercicio de sus atribuciones conferidas por el Artículo 20º inciso 6) y 28) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro de Orden de Méritos de los Postulantes Seleccionados del Concurso Público de Méritos Nº 002-2011-MDC, el mismo que es parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Primero.- DESIGNAR a don ROCCO ROMERO GRADOS en el cargo de EJECUTOR COACTIVO TRIBUTARIO, a don GROBER PADILLA CUEVA en el cargo de EJECUTOR COACTIVO ADMINISTRATIVO, a doña JACQUELINE DONGO BECERRA y don JIMMY MARCO QUIROZ MONCADA en el cargo de AUXILIARES COACTIVOS TRIBUTARIOS de la Municipalidad Distrital de Comas, a partir del 01 de marzo del 2011 hasta el 31 de diciembre del 2011, para el Ejercicio Presupuestal correspondiente al Año Fiscal 2011. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Sub Gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. NICOLAS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 618539-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Aprueban Tarifa por Ocupación de las Vías Públicas para determinadas actividades en el distrito de Independencia DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2011-MDI Independencia, 11 de marzo del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO, el Informe Nº 030-2011-MDI-GR, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 092-GAL, emitido por la Gerencia de Asesoría Legal y Memorando Nº 183- 2011-GM, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las municipalidades autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; posición a su vez concordante con lo prescrito por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad, se establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos; Que, de acuerdo con lo prescrito por el Artículo 69º Rentas Municipales, son rentas municipales, las señaladas en los numerales del 01 al 13, estando comprendida dentro de estas, todas las demás que determine la Ley; Que, de acuerdo con lo prescrito por el cuarto párrafo del Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, de la Organización del espacio físico – Uso del Suelo, es competencia de dependiendo de su condición de municipalidades provinciales o distritales, asumir las competencias y ejercer las funciones específi cas en materia de zonifi cación, vialidad, otros; Que, siendo que las municipalidades las administradoras de los bienes de dominio público ubicadas dentro de su jurisdicción, y siendo competentes, para autorizar en los casos que consideren pertinentes el uso de las vías de uso públicas por los particulares, se ha establecido aprobar la siguiente Tarifa;