Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2011 (25/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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afectar significativamente el interes publico de los vecinos de San MORDAZA en tanto, igualmente, tienen incidencia en la salud, medio ambiente o seguridad ciudadana. Articulo 17º.- Recursos administrativos.- Las resoluciones que expida la Subgerencia de Acceso al MORDAZA, o la que haga sus veces, respecto a las solicitudes para la ubicacion de elementos de publicidad exterior podran ser impugnadas conforme a las disposiciones de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, siendo la Gerencia Municipal la encargada de emitir pronunciamiento en MORDAZA y MORDAZA instancia. Articulo 18º.- Modificacion o reemplazo del mensaje publicitario.- La modificacion o reemplazo del mensaje publicitario no requiere de nueva autorizacion municipal, debiendo el administrado previamente comunicar tal modificacion o reemplazo a la Subgerencia de Acceso al MORDAZA o la que haga sus veces. Articulo 19º.- Cese de autorizacion municipal.Para el cese de la autorizacion municipal, el titular de la misma debera presentar una solicitud simple indicandolo, la cual opera de manera automatica al momento de su presentacion. En caso de personas juridicas debera adjuntarse vigencia de poder con antiguedad MORDAZA de un mes. Tratandose de personas naturales, se debera adjuntar poder simple. El titular de la autorizacion municipal que solicita el cese de la misma, debera desmontar dicho elemento en un plazo que no podra ser mayor a diez (10) dias calendario contados a partir de la MORDAZA de la solicitud de cese e informar sobre ello a la Subgerencia de Acceso al MORDAZA o la que haga sus veces. En cualquiera de los casos previamente descritos, cuando la naturaleza del elemento publicitario a desmontar asi lo requiera, se deberan realizar de manera previa las coordinaciones necesarias con la Gerencia de Obras Municipales y Subgerencia de Defensa Civil, a fin de no alterar el orden publico ni amenazar la seguridad de los transeuntes. Articulo 20º.- Caducidad de la autorizacion municipal.- En el caso de ampliacion de las vias o construccion de infraestructura, la autorizacion municipal caducara en forma automatica, sin derecho de compensacion alguna por parte de la Municipalidad. Articulo 21º.- Revocacion de autorizaciones municipales.- La Gerencia Municipal podra revocar las autorizaciones municipales en los siguientes casos: 1. Cuando verifique la desaparicion de cualquiera de las condiciones exigidas legalmente para el otorgamiento de la autorizacion municipal o cuando su titular incumpla alguna de las condiciones establecidas en tal autorizacion. 2. Cuando el elemento de publicidad exterior constituya peligro o riesgo para la seguridad de las personas, la propiedad privada o la seguridad publica, o se infrinjan las normas reglamentarias de seguridad del Sistema de Seguridad en Defensa Civil. 3. Si se constata la ubicacion de elementos de publicidad exterior en forma contraria a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza y normas legales complementarias. 4. Cuando asi lo disponga la autoridad judicial competente. 5. En los casos de impedimentos y/o resistencia a los procedimientos de control de fiscalizacion posterior, materia de autorizacion. Articulo 22º.- Registro de elementos de publicidad exterior.- La informacion relativa a la ubicacion de elementos de publicidad exterior debera constar en un registro que se constituira para tal efecto, el cual sera

administrado por la Subgerencia de Acceso al MORDAZA o la que haga sus veces. El registro contendra el numero de identificacion, codificacion georeferencial (catastral), ubicacion, clase de elemento de publicidad exterior, sus caracteristicas tecnicas, la identificacion del propietario y la fecha de su autorizacion. El numero de identificacion estara constituido por el numero de la resolucion que autoriza la ubicacion del elemento de publicidad exterior, el cual debera mostrarse en un lugar visible del mismo. Articulo 23º.- Comision Tecnica de Publicidad Exterior.- La Comision Tecnica de Publicidad Exterior estara conformada por 3 funcionarios de la Municipalidad designados por el MORDAZA y que cumplen funciones afines al desarrollo economico y MORDAZA del distrito. Dicha comision tiene como funciones: 1. Emitir dictamenes sobre las solicitudes para la autorizacion de ubicacion de elementos de publicidad exterior, a excepcion de los que esten destinados a campanas publicitarias, los cuales tienen el caracter de obligatorios y no vinculantes, pudiendo pronunciarse en los terminos siguientes: a. Aprobado.- Cuando la solicitud cumpla con los requisitos tecnicos y administrativos establecidos en la presente Ordenanza y demas normas que MORDAZA aplicables. b. Desaprobado.- Cuando la solicitud contravenga las disposiciones sustantivas establecidas en la presente Ordenanza o demas normas aplicables. 2. Opinar sobre cualquier vacio tecnico que pudiese existir respecto a las normas de la presente Ordenanza. 3. Emitir pronunciamiento respecto a los recursos administrativos que se interpongan. 4. Opinar sobre la ubicacion de elementos de publicidad exterior en el mobiliario urbano. 5. Absolver las consultas tecnicas que en cuestiones relativas a publicidad exterior le propongan las areas de la Municipalidad. Articulo 24º.- Funcionamiento de la Comision Tecnica de Publicidad Exterior.- El funcionamiento de la Comision Tecnica de Publicidad Exterior se regira por las siguientes disposiciones: 1. Sesiones.- La comision sesionara una vez por semana, correspondiendo al presidente de la misma remitir a los demas miembros la agenda de orden del dia con una anticipacion prudencial. 2. Quorum.- El quorum para la instalacion y sesion valida de la comision sera con dos de sus integrantes. Si no existiera quorum en la primera sesion, el presidente convocara a los demas miembros para una nueva sesion, lo cual debera hacerse constar en el libro de actas. 3. Libro de actas.- La comision contara con un libro de actas en el que se incluiran los dictamenes que emita asi como las decisiones que sobre otros asuntos se determinen. 4. Responsabilidades de los miembros de la comision.Los miembros de la comision tendran las siguientes responsabilidades: a. Asistir a las sesiones de la comision en las fechas y horas programadas. b. Votar sobre los asuntos que se pongan a su consideracion. c. Emitir en una sola oportunidad todas las observaciones que merezcan las solicitudes que califiquen. d. Fundamentar debidamente sus opiniones, ya MORDAZA unanimes o MORDAZA votos en discordia. Por Decreto de Alcaldia podran regularse los asuntos relativos al funcionamiento interno de la Comision Tecnica de Publicidad Exterior.

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