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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de marzo de 2011 439653 5. Plano de Ubicación.- Es Plano que, a la Escala adecuada para una correcta percepción del predio, se presenta ante la Municipalidad Distrital de Comas. 6. Organización Vecinal.- Es el Órgano que asume la representación de un número indeterminado de posesionarios a efectos de tramitar los Planos de Ubicación y Lotización para trámite de Constancia de Posesión. La Organización Vecinal deberá contar con el reconocimiento de la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Comas. CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA Artículo 6°.- La Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Municipalidad de Comas es el área competente de la Municipalidad Distrital de Comas para elaborar la Constancia de Posesión Especial. El trámite se inicia a través de la Unidad de Trámite Documentario y Archivo y es aprobado por la Gerencia de Desarrollo Urbano. TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO Artículo 7°.- El procedimiento simplifi cado para la obtención de la Constancia de Posesión Especial cuya fi nalidad es facilitar el acceso de la población de Comas a los servicios de Luz, Agua y Desagüe, se iniciará presentando ante la Unidad de trámite Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital de Comas los siguientes documentos: 1. Solicitud dirigida al Alcalde 2. Copia del DNI del Posesionario 3. Plano de Ubicación del Predio Artículo 8°.- Señalar que las personas naturales y/o jurídicas para el trámite de Visación de sus Planos, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. Solicitud dirigida al Alcalde 2. Derecho de Trámite S/. 80.00 (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles) 3. Plano Perimétrico y de Localización con sus respectivas Memorias Descriptivas y con coordenadas UTM 4. Plano de Lotización a Escala 1/500 5. Declaración Jurada con fi rmas legalizadas de representantes de la Organización Social o persona jurídica de inexistencia de proceso judicial relacionado con el lote o lotes de terrenos en el cual se desarrollará el proyecto de Servicios Básicos. Artículo 9°.- La Organización Vecinal de un determinado Asentamiento Humano, Pueblo Joven, Asociación y Cooperativa de Vivienda, podrá tramitar de forma conjunta la emisión de las Constancias de Posesión, en dicho caso se podrá utilizar un solo juego de planos de Ubicación en la solicitud, indicando el benefi ciario que ejerce la posesión de cada lote; y adjuntando copia de su DNI. Artículo 10°.- Disponer que para proceder a la solicitud de acuerdo a lo establecido en el artículo segundo, las personas naturales o jurídicas constituidos bajo cualquier forma asociativa, reconocidas por esta Municipalidad o cuenten con personería jurídica, con mandato vigente a la fecha, deberán encontrarse posesionados y con vivencia permanente, por lo menos del 60% de los posesionarios. Artículo 11.- Recepcionada la documentación con los requisitos indicados en el artículo 7º de esta Ordenanza, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, procederá a realizar la INSPECCION, verifi cando la posesión. Artículo 12°.- Estando a lo indicado en el artículo anterior, no procederá la entrega de la Constancia, en los siguientes casos a) Si el uso del suelo está reservado para servicios públicos, vías o parques b) Si se encuentra ubicado en zonas arqueológicas califi cadas por el Instituto Nacional de Cultura c) Si se ubican en zonas declaradas riesgosas o no apropiadas para poblamiento, según informe técnico de Defensa Civil Artículo 13°.- Sobre la veracidad, en la tramitación del procedimiento administrativo se presume que los documentos y declaraciones formuladas por los administrados en la forma prescrita por la Ley Nº 27444 responden a la verdad de los hechos que afi rma. Esta presunción admite prueba en contrario. Las personas naturales o jurídicas (a través de su representante) asumen plena responsabilidad de los documentos que presentan ante la Municipalidad Distrital de Comas, responsabilizándose administrativa, civil y penalmente por la veracidad de la información y documentación proporcionada. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El plazo de vigencia es de doce (12) meses, contados desde el día siguiente de su publicación en el diario ofi cial; facultándose al despacho de Alcaldía a prorrogar la misma mediante Decreto de Alcaldía, quedando facultada para emitir los demás dispositivos necesarios para su mejor aplicación. Segunda.- Las Constancias de Posesión Especial consignarán expresamente en su texto que las mismas solo son válidas para la tramitación de servicios básicos de luz, agua y desagüe. Tercera.- Excluir de los alcances de la presente Ordenanza, a las Inmobiliarias o Empresas destinadas a la comercialización de Lotes. Cuarta.- Dejar sin efecto todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Participación Vecinal distribuir la presente Ordenanza Municipal a las Instituciones Públicas y Privadas, Organizaciones de Base de la Sociedad Civil. Sexta.- Encargar a la Secretaría General, cumpla con efectuar la publicación de la presente Ordenanza y disponga su publicación en la respectiva página web institucional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los quince días del mes de marzo del año dos mil once. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 618499-1 Autorizan la realización de Campañas de Matrimonios Masivos - 2011 ORDENANZA Nº 329-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de marzo de 2011; el Informe Nº 0072-2011-UECYC-SG/MDC de fecha 09.03.2011 del Sub Gerente de la Unidad de Estado Civil y Cementerio; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º modifi cado por la Ley Nº 28607 de nuestra Constitución Política del Perú reconoce a