Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2011 (21/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2011

Que, el articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, mediante Resolucion Directoral N° 371-2008PRODUCE/DGEPP del 15 de MORDAZA del 2008, renovada en su vigencia a traves de la Resolucion Directoral N° 6562009-PRODUCE/DGEPP del 31 de agosto del 2009, se otorgo a PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS MORDAZA DE CHALPON E.I.R.L. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de enlatado, con una capacidad proyectada de 250 cajas/turno, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero a ubicarse en Lote B Avenida Los Pescadores, MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que, mediante los escritos del visto, la empresa PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS MORDAZA DE CHALPON E.I.R.L. solicita se le otorgue licencia para la operacion de su planta de enlatado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero citado en el considerando precedente; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante MORDAZA de Verificacion N° 009-2009-PRODUCE/DIGAAP de fecha 25 de MORDAZA del 2009, senala que la empresa PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS MORDAZA DE CHALPON E.I.R.L., ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion presentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de enlatado de productos hidrobiologicos; Que, el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP mediante Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion N° PTL-003-11-CN-SANIPES del 24 de febrero del 2011, indica que la planta de conserva de la empresa PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS MORDAZA DE CHALPON E.I.R.L al momento de la auditoria/inspeccion, se encontro en adecuacion a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobadas por Decreto Supremo N° 040-2001-PE; Que, de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Tecnico N° 312-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch e Informe Legal N° 483-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en los articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49°, 53° numeral 53.1 y 54° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento N° 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2006- PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS MORDAZA DE CHALPON E.I.R.L., con RUC N° 20445529908, licencia para la operacion de una planta de enlatado de productos hidrobiologicos, con

destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Lote B, Avenida Los Pescadores, MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad instalada: Enlatado : 248 cajas/turno Articulo 2°.La empresa PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS MORDAZA DE CHALPON E.I.R.L., debera operar su planta de enlatado de productos hidrobiologicos, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la sanidad y la optima calidad del producto final, conforme dispone el Decreto Supremo N° 040-2001-PE, asi como debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun la MORDAZA de Verificacion N° 0092009-PRODUCE/DIGAAP de fecha 25 de MORDAZA del 2009. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 2° de la presente Resolucion, sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 4°.- Incorporar en el Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 041-2002-PRODUCE, la planta de enlatado de la empresa PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS MORDAZA DE CHALPON E.I.R.L., con una capacidad instalada de 248 cajas/turno, conforme a la licencia otorgada por el articulo 1° de la presente resolucion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. 642256-4

Declaran caducidad de permiso de pesca de embarcacion pesquera otorgado mediante R.D. N° 064-98CTAR-LL/DIREPE
RESOLUCION DIRECTORAL N° 288-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2011 Vistos: Los escritos de Registro N° 00053992, 00062519 de fecha 19 de MORDAZA de 2008 y 25 de agosto de 2008 respectivamente, escrito N° 00095284 de fecha 30 de diciembre de 2008 y adjunto 1 de fecha 08 de febrero de 2010, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y escrito de registro N° 00095284 de fecha 30 de diciembre de 2008, presentado por el senor M. Sc. WILLIAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de la Produccion de la Region Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 064-98-CTARLL/DIREPE de fecha 28 de setiembre de 1998, otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para

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