Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2011 (19/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

453542
Codigo: F-DSA-P&C-002

NORMAS LEGALES
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de noviembre de 2011

Fecha: 30.08.10

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 20 AL 23 DE NOVIEMBRE DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 354-2011-MTC/12.04 Y Nº 698-2011-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº 2925-2011MTC/12.04 INICIO FIN VIATICOS SOLICITANTE (US$) TACA PERU INSPECTOR MORDAZA MORDAZA EUA DETALLE Chequeo tecnico Inicial en simulador de vuelo del equipo E-190 al personal aeronautico RECIBOS DE ACOTACION Nºs 11924-17369-21673

20- 23-Nov US$ 880.00 Nov

MORDAZA Rieckhof, MORDAZA MORDAZA

718846-1

Aprueban texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 135 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 348-2011-MTC/12
MORDAZA, 19 de octubre del 2011 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 0502001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 136-2011-MTC/12, del 13 de MORDAZA de 2011, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto del proyecto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru ­ RAP 135 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, habiendose recibido recomendaciones y sugerencias dentro del procedimiento de revision de las RAP que han sido consideradas en su texto, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe la MORDAZA, el que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 2008-2011-MTC/12.07, Nº 2812-2011MTC/12.04, Nº 581-2011-MTC/12.08 e informe Nº 1232011-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 135 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares", que forma parte integrante de la presente resolucion y al que se puede acceder en

la pagina web www.mtc.gob.pe/dgac.html, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil

717810-1

VIVIENDA
Califican para efecto del Decreto Legislativo N° 973 al inversionista del Contrato de inversion para el desarrollo del proyecto denominado "Mejoramiento y Ampliacion de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales de las principales ciudades del Departamento de Cajamarca"
RESOLUCION SUPREMA N° 017-2011-VIVIENDA
MORDAZA, 18 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 3° del Decreto Legislativo N° 973 establece que mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el titular del Sector correspondiente, se aprobara a las personas naturales o juridicas que califiquen para el goce del Regimen, asi como los bienes, servicios y contratos de construccion que otorgaran la Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas, para cada Contrato; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, establece que mediante Resolucion Suprema del Sector correspondiente se precisara, entre otros aspectos, la cobertura del Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas; Que, con fecha 30 de noviembre del 2010 la E.P.S. SEDACAJ S.A. celebro, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversion con el Estado por el Proyecto denominado "Mejoramiento y Ampliacion de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales de las principales ciudades del Departamento de Cajamarca", para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, de conformidad con lo establecido por el Articulo 3° del referido Decreto Legislativo;

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