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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de noviembre de 2011 454135 mandato del Comité Electoral Externo para que continúe con el Proceso Eleccionario hasta la conformación de los Órganos de Gobierno y Elección de las Autoridades; Que, el Artículo 29° de Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, señala “la Asamblea Universitaria representa a la comunidad universitaria y tiene como atribuciones, entre otras, b) Elegir al Rector, al o a los Vice Rectores y declarar la vacancia de sus cargos”; asimismo el Artículo 106º del Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal, establece que “son atribuciones de la asamblea Universitaria, entre otras, b) elegir al Rector y Vice Rectores. Pronunciarse sobre sus renuncias y declarar la vacancia de sus cargos de conformidad al artículo 116° de Estatuto”; Que, el artículo 115° del Estatuto señala “el Rector y los Vice Rectores son elegidos por un periodo de cinco (05) años y sirven el cargo a Dedicación Exclusiva, se exceptúa la dedicación exclusiva por elección de Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, No pueden ser reelegidos para el periodo inmediato. El Rector no puede postular al cargo de Vicerrector. Los Vice Rectores son: el Vice Rector Académico y Vice Rector de Investigación. Para ser elegidos requieren los mismos requisitos que para la elección de Rector. El Rector y Vice Rectores son elegidos, por la Asamblea Universitaria mediante el sistema de voto directo, secreto y obligatorio. La asamblea Universitaria aprueba el sistema de su elección”; Que, mediante Resolución Nº 1438-2011-CU-COG- UNFV, de fecha 03.08.2011, se aprobó el Reglamento General de Elecciones 2011, cuya fi nalidad es normar los procesos electorales de Autoridades, y Órganos de Gobierno de esta Casa Superior de Estudios; Que, mediante Resolución Nº 1608-2011-CU-COG- UNFV, de fecha 18.08.2011, se aprobó el Cronograma de Elecciones Generales de Docentes y Estudiantes 2011 ante los Órganos de Gobierno: Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y Consejos de Facultad; y, así como la elección de Decanos y Rector de esta Casa Superior de Estudios; Que, con la autonomía que establece el artículo 39° de la Ley Universitaria, en concordancia con el artículo 207° del Estatuto de esta Casa Superior de Estudios, se llevó a cabo las Elecciones Generales de Docentes y Estudiantes ante los Órganos de Gobierno, entre otros, a la Asamblea Universitaria, proclamando dicho Comité Electoral mediante Resoluciones Nºs 035 y 063-2011- CEE-UNFV, de fechas 04 y 24.10.2011, respectivamente, a los representantes de los docentes y estudiantes ante dicho órgano de gobierno; quedando conformada la Asamblea Universitaria; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 29° y 32° inciso g) del Reglamento General de Elecciones 2011, la Asamblea Universitaria, el 04 de noviembre del 2011, eligió al Dr. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ, Docente Principal a Tiempo Completo de la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue” esta Casa Superior de Estudios, RECTOR, siendo proclamado por el Comité Electoral Externo, mediante Resolución N° 0103-CEE-UNFV- 2011, de fecha 04.11.2011, conforme a sus atribuciones establecidas en el Artículo 9° de su Reglamento; En mérito a lo dispuesto por el Presidente de la Comisión de Orden y Gestión en Proveído N° 5980-2011- COG-R-UNFV, de fecha 08.11.2011; y En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 23733 - Ley Universitaria, Leyes Nºs. 26490 y 27602, el Estatuto, el Reglamento General, el Inc. d) del Artículo 40º del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Federico Villarreal, Resoluciones Nºs. 1116 y 1121-2010-ANR, de fechas 12 y 17.11.2010, 0488-2011-ANR, de fecha 29.04.2011 y las Resoluciones Nºs. 0525 y 887-2011-ANR, de fecha 16.05 y 09.08.2011; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ofi cializar el resultado de la elección llevada a cabo el 04.11.2011; reconociendo a partir del 11.11.2011, al Dr. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ, Docente Principal a Tiempo Completo de la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, como RECTOR de esta Casa Superior de Estudios, por el periodo de cinco (05) años. Artículo Segundo.- Declarar que el resultado de la elección que se ofi cializa mediante la presente resolución se efectúa en estricto mérito a la resolución de proclamación emitida por el Comité Electoral Externo, quien desarrolló el proceso en mérito a su autonomía establecida el Artículo 39° de la Ley Universitaria, en concordancia con el Artículo 207° del Estatuto de la Universidad. Artículo Tercero.- Los Vice Presidentes Académico y Administrativo de la Comisión de Orden y Gestión, así como el Comité Electoral, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. FREDDY ALBERTO APONTE GUERRERO Presidente de la Comisión de Orden y Gestión y Rector de la Universidad Nacional Federico Villarreal ECKERMAN PANDURO ANGULO Secretario General (e) de la Universidad Nacional Federico Villarreal 722058-1 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL COMISIÓN DE ORDEN Y GESTIÓN Secretaría General RESOLUCIÓN Nº 2150-2011-R-COG-UNFV San Miguel, 9 de noviembre de 2011 Visto, el Ofi cio Nº 302-2011-CEE-UNFV, de fecha 08.11.2011, del Presidente del Comité Electoral Externo, mediante el cual remite la Resolución Nº 0104-CEE- UNFV-2011, de fecha 04.11.2011; en la que se proclama como VICERRECTORA ACADÉMICA de la Universidad Nacional Federico Villarreal, a la Dra. NANCY OLIVERO PACHECO, Docente Principal a Tiempo Completo de la Facultad de Educación de esta Casa Superior de Estudios; y CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria en su Artículo 39° norma: “Cada Universidad tiene un Comité Electoral Universitario … El Comité Electoral Universitario es autónomo y se encarga de organizar, conducir y controlar los Procesos Electorales, así como de pronunciarse sobre las reclamaciones que se presenten. Sus fallos son inapelables… El voto de los electores es personal, obligatorio, directo y secreto. Cada Universidad norma el funcionamiento del Comité Electoral Universitario”; Que, mediante Resolución Nº 0625-2010-ANR, de fecha 25 de junio del 2010, la Asamblea Nacional de Rectores designó a un Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional Federico Villarreal con la autonomía y atribuciones prevista en el Artículo 39° de la Ley Universitaria N° 23733, cuyo objetivo es conducir los Procesos Electorales en forma efi ciente y transparente, que den legitimidad correspondiente a las autoridades elegidas, a través de una buena organización, conducción y supervisión de dichos procesos para elegir a los miembros de la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y los Consejos de Facultad, con la elección de los Decanos de las respectivas Facultades; y, mediante Resolución N° 1116-2010-ANR de fecha 12 de noviembre del 2010, la Asamblea Nacional de Rectores, ratifi ca y prorroga el mandato del Comité Electoral Externo para que continúe con el Proceso Eleccionario hasta la conformación de los Órganos de Gobierno y Elección de las Autoridades; Que, el Artículo 29° de Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, señala “la Asamblea Universitaria representa a la comunidad universitaria y tiene como atribuciones, entre otras, b) Elegir al Rector, al o a los Vice Rectores y declarar la vacancia de sus cargos”; asimismo el Artículo 106º del Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal, establece que “son atribuciones de la asamblea Universitaria, entre otras, b) elegir al Rector y Vice Rectores. Pronunciarse sobre sus renuncias y declarar la vacancia de sus cargos de conformidad al artículo 116° de Estatuto”;