Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2011 (30/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de noviembre de 2011

la facultad de designar una Comision de Orden y Gestion a fin de revertir la situacion que la origino; De la revision de las Leyes Nº 26490 y Nº 27602, asi como de la Resolucion Nº 898-2002-ANR, se aprecia que no se ha establecido en dichos documentos el criterio para fijar los honorarios de los miembros de la Comision de Orden y Gestion que designa la ANR, recayendo dicha facultad en el Presidente de la ANR de acuerdo a la atribuciones que se le ha conferido en la normas citadas; asimismo, se debe tener presente que los montos de honorarios que establece el CONAFU lo hace a fin de homologar las remuneraciones de los miembros de la Comision de Gobierno, por lo que corresponde a cada universidad publica gestionar su implementacion ante el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante los documentos de gestion correspondientes; por lo expuesto la Comision Juridica opina que se apruebe la propuesta de modificacion de la Resolucion Nº 518-2009, en el extremo de proponer una nueva escala de remuneraciones para los integrantes de las Comisiones Organizadoras y de Gobierno de las universidades publicas que se encuentran bajo competencia del CONAFU, cuyo financiamiento debera ser tramitado por cada universidad ante el Ministerio de Economia y Finanzas; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFICAR la Resolucion Nº 5182009-CONAFU, en el extremo de proponer una nueva escala de remuneraciones para los integrantes de las Comisiones Organizadoras y de Gobierno de las Universidades Publicas que se encuentran bajo competencia del CONAFU, cuyo financiamiento debera ser tramitado por cada universidad ante el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo Segundo.- SUGERIR que los miembros de las Comisiones Organizadoras y de Gobierno de las Universidades Publicas que se encuentran bajo competencia del CONAFU, perciban como renumeracion mensual el siguiente monto: Presidente : S/. 12,000.00 Vicepresidentes : S/. 11,000.00 Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 722145-1

Autorizan cambio de denominacion de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion S.A.C. por Universidad Privada MORDAZA Da Vinci S.A.C.
RESOLUCION Nº 538-2011-CONAFU MORDAZA, 4 de noviembre de 2011 VISTOS: La Resolucion Nº 202-2010-CONAFU de fecha 08 de MORDAZA de 2010, el Escrito s/n recibido de fecha 10 de agosto de 2011, la Resolucion Nº 503-2011-CONAFU de fecha 06 de octubre de 2011, el Informe Legal Nº 363-2011CONAFU-CJ de fecha 20 de octubre de 2011, el Acuerdo Nº 673-2011- CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 03 de noviembre de 2011; y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades

- CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las nuevas universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, mediante Ley Nº 28727 del 10 de MORDAZA del 2006, se resolvio modificar el inciso h) del articulo 2º de la Ley Nº 26439, estableciendo: "Son Atribuciones del CONAFU:... h) Autorizar o denegar el cambio de denominacion de las universidades a solicitud de su MORDAZA organo de gobierno, cualquiera que MORDAZA sido el instrumento legal o la fecha de su creacion"; Que, de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del fecha 13 de MORDAZA del 2006, en su articulo 3º establece: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (:...) g) Autorizar o denegar el cambio de denominacion de las universidades a solicitud de su MORDAZA organo de gobierno, cualquiera que MORDAZA sido el instrumento legal o la fecha de su creacion"; Que, por Resolucion Nº 202-2010-CONAFU de fecha 08 de MORDAZA de 2010, se resuelve: Otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la MORDAZA y provincia MORDAZA, departamento de La Libertad; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Administracion de Servicios, 2) Contabilidad y Finanzas, 3) Derecho Empresarial, 4) Marketing y Negocios Internacionales y 5) Ingenieria en Tecnologia y Sistemas de Informacion, cada una con 40 vacantes por Ciclo Academico; Que, por Escrito s/n recibido de fecha 10 de agosto de 2011, la senora MORDAZA MORDAZA Miyashima MORDAZA, invocando su calidad de Gerente General de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion SAC, se presenta ante este Consejo Nacional a fin de solicitar el cambio de denominacion de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion (UNET) por la de Universidad Privada MORDAZA Da Vinci (UPL), sustentando su pedido en los fundamentos que desarrolla en la solicitud de la materia, adjuntado MORDAZA de la factura del pago de tasa por autorizacion de cambio de nombre de la universidad; Que, por Resolucion Nº 503-2011-CONAFU de fecha 06 de octubre de 2011, se resuelve: Admitir a Tramite la solicitud de cambio de denominacion de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion por el de Universidad Privada MORDAZA Da Vinci SAC; Que, por Informe Legal Nº 363-2011-CONAFU-CJ de fecha 20 de octubre de 2011, la Comision Juridica del CONAFU informa que la administrada cumplio con los requisitos establecidos en el item Nº 27 (Autorizacion de cambio de nombre) del MORDAZA vigente: el acuerdo de cambio de denominacion adoptado por el organo MORDAZA de la sociedad, pago de derecho por dicho tramite. En relacion a la solicitud del cambio de denominacion, la administrada argumenta que la nueva denominacion de UNIVERSIDAD PRIVADA MORDAZA DA VINCI, responde a un acuerdo unanime de todos los miembros de la Junta General de Accionistas y se tomo esa decision porque MORDAZA DA VINCI, es un arquitecto simbolo del hombre del saber humano, genio universal, cientifico, artista, filosofo y humanista, es la persona con mayor numero de talentos en multiples disciplinas que jamas ha existido; asimismo MORDAZA DA VINCI resume en su MORDAZA y su obra los valores que la universidad pretende inculcar en sus estudiantes: Humanismo, Ciencia, Tecnologias, Creatividad, Innovacion y Emprendimiento. Ademas a nivel regional y nacional no existe otra universidad publica o privada con la denominacion UNIVERSIDAD PRIVADA MORDAZA DA VINCI; por lo expuesto la Comision Juridica opina: Autorizar el cambio de denominacion de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion SAC por Universidad Privada MORDAZA Da Vinci SAC; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en sesion de fecha 03 de noviembre de 2011, despues de deliberar el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 673-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Autorizar el cambio de denominacion de la Universidad de Negocios y Tecnologias de Informacion

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