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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de noviembre de 2011 454126 como promedio de califi caciones igual o superior a 15 del Primero al Cuarto año de Educación Secundaria; en sus respectivos centros escolares. Artículo 37º La evaluación incluirá, necesariamente, por lo menos una evaluación específi ca del talento del postulante (para medir conocimientos, capacidades y/o habilidades concretas para la carrera pretendida), un test de aptitudes (para evaluar aspectos vocacionales y aptitudinales para la carrera) y una entrevista personal (para evaluar intereses, madurez y perfi l integral del postulante). Artículo 38º En la convocatoria al concurso, la universidad puede indicar si considerará el Alto Rendimiento del postulante, ya sea de modo general, o enfocándolo en algunas de las Áreas Curriculares establecidas por el Ministerio de Educación que sean más afi nes a las carreras ofrecidas por la universidad. Artículo 39º Las vacantes para ingresar a una carrera específi ca de la universidad mediante esta modalidad de admisión son cubiertas por estricto orden de mérito y con nota aprobatoria. Artículo 40º El porcentaje de vacantes para ingreso a la universidad mediante esta modalidad de admisión es de, como máximo, 20% del total de vacantes ofrecidas en cada carrera. Artículo 41º Las vacantes que no sean cubiertas mediante esta modalidad de admisión se incrementarán necesariamente a las vacantes ofrecidas en el Exámen de Admisión Ordinaria. (Capítulo Incorporado mediante Resolución Nº 471- 2011-CONAFU de fecha 22 de setiembre de 2011) CAPÍTULO VIII DE LA INSCRIPCIÓN AL CONCURSO DE ADMISIÓN Artículo 42° Los postulantes que no alcancen vacante por la modalidad de concurso de admisión extraordinario o por el Centro Preuniversitario podrán someterse a la prueba de examen ordinario. Artículo 43º La inscripción del postulante al Concurso de Admisión es personal. Se identifi carán con su DNI sin son mayores de edad, en caso de ser menores de edad se les solicitará identifi carse con su partida de nacimiento original o boleta de inscripción militar. Los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, se identifi carán con su carné de identidad; los extranjeros con el carné de extranjería o pasaporte con visa de residente o estudiante. Artículo 44º El calendario de inscripción, la fecha y los lugares en los cuales se rendirá el examen serán invariables y anunciados mediante avisos. Artículo 45º Al momento de su inscripción el postulante presentará los documentos aludidos en el Art. 13, sin borrones ni enmendaduras, no pudiendo agregar o retirar documentos durante el proceso. No hay inscripciones provisionales ni se aceptará documentación incompleta. Artículo 46º Al inscribirse, el postulante recibirá un carné de identifi cación que deberá presentar el día del examen de admisión, además de un documento de identidad. Artículo 47° La inscripción del postulante se efectúa a una sola Carrera. Realizada la inscripción no se acepta cambio alguno, ni se devolverá los importes por derechos abonados. Artículo 48° Si el postulante extraviase su carné, puede solicitar duplicado hasta 24 horas antes del examen, presentando los siguientes documentos: a. Solicitud dirigida al Presidente de la Comisión de Admisión b. Recibo de pago por derecho de duplicado de carné. Artículo 49° Suscribir falsa Declaración Jurada, dará lugar a la anulación del expediente del postulante para todos sus efectos, sin perjuicio de la aplicación de las acciones legales correspondientes. El postulante estará prohibido de presentarse en próximos concursos de admisión de la Universidad. CAPÍTULO IX DEL EXAMEN DE ADMISIÓN Artículo 50° La prueba general de admisión en todas las modalidades, a las que se refi ere el presente Reglamento a excepción de la modalidad de ingreso por el Centro Preuniversitario de la universidad, será de selección múltiple y de califi cación anónima. Artículo 51° El examen de admisión ordinario consta de una prueba de Aptitud Académica y de conocimientos. La sección de aptitud académica evalúa la capacidad de razonamiento verbal y matemático del postulante, mientras que la de conocimientos evalúa el aprendizaje básico del postulante en las materias que señala el cuestionario para el examen de admisión. La elaboración y aplicación del examen de admisión es de responsabilidad de la Comisión de Admisión en coordinación con los Responsables de Carrera Profesional o Coordinadores de Facultad, según sea el caso. Artículo 52° La prueba del examen de Admisión se aplicará en una sola fecha. En ningún caso se concederá nueva fecha a los postulantes que no se presenten o que lleguen tarde el día y hora fi jada. Artículo 53° En garantía de transparencia e imparcialidad, por ningún motivo se permitirá el ingreso de los postulantes que lleguen después de iniciado el examen. CAPÍTULO X DE LA CALIFICACIÓN DEL EXAMEN DE ADMISIÓN Artículo 54º El procesamiento de califi cación y elaboración de los cuadros de mérito se efectuará a través de un sistema electrónico computarizado. Artículo 55º La Comisión de Admisión hará conocer en el Prospecto de Admisión, la ponderación que se dé a cada sección de la Prueba de admisión propuesta en el Artículo 51º. Artículo 56º La relación de postulantes que lograron ingreso a la universidad se establecerá en estricto orden de mérito para cada una de las Carreras Profesionales y estará refrendada por la Comisión de Admisión y el representante del CONAFU, para ser publicada en los locales de la Universidad y en la página web de la universidad, dentro de las 12 horas siguientes de la fi nalización de la Prueba del mencionado examen. Artículo 57º Los postulantes que no alcancen una vacante en el Concurso de Admisión por cualquiera de las modalidades, tendrán un plazo de 30 días contados a partir de la publicación de los resultados para solicitar a la Ofi cina Central de Admisión la devolución de los documentos personales que entregaron al inscribirse. CAPÍTULO XI DE LAS SANCIONES Artículo 58º Cualquier falta o infracción cometida por el postulante durante el Proceso de Admisión (Datos personales falsos, falsifi cación de documentos, suplantación, etc.) dará lugar a la anulación de la inscripción y registros respectivos para todos sus efectos, sin perjuicio de la aplicación de las acciones legales correspondientes. Artículo 59º El postulante perderá su derecho a participar en el proceso si incurre en alguna de las faltas siguientes: a. Ser suplantado por otra persona o suplantar a un postulante en el examen. b. Participar en la sustracción de la prueba de admisión. c. Presentar documentos falsos o adulterados en la inscripción o en algún acto posterior. d. Proporcionar datos falsos. e. Atentar contra la integridad y honorabilidad de los miembros de la Universidad o contra el patrimonio de la misma. f. Perturbar el proceso en cualquiera de sus etapas, mediante cualquier tipo de actividad que atente contra su normal desarrollo.