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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 85

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de noviembre de 2011 454139 – SIRPLAN CUSCO, como la instancia estructurada y articulada de órganos políticos, técnicos y de concertación interdependientes de los dos niveles de gobierno subnacionales del Estado Peruano (regional y local), que promueve y desarrolla la planifi cación concertada y participativa de integración territorial del desarrollo en la Región y su articulación con espacios interregionales. Es objetivo general del SIRPLAN CUSCO, conducir, articular y organizar las diferentes dimensiones que conforman el Sistema Regional de Planeamiento Estratégico, a través de las acciones de asesoramiento en planifi cación prospectiva, manejo de la información regional, promoción y fortalecimiento de las relaciones intra e interregionales, así como, el seguimiento, monitoreo y evaluación del propio sistema. Artículo Segundo.- El SIRPLAN CUSCO, tiene las siguientes dimensiones y estructura: Dimensión Política.- Dimensión que refl eja la voluntad política a través de los distintos mecanismos de negociación, mediación y conciliación a través de la concertación a fi n de lograr entre los diferentes actores políticos de la región la defi nición de políticas públicas y estrategias que orientan los diferentes procesos de desarrollo. Dimensión Técnica.- Dimensión que establece procedimientos metodológicos (gestión pública y gestión social) de planeamiento y prospectiva, así como, mecanismos que garanticen la calidad, efi cacia y efi ciencia de los procesos de planeamiento de manera participativa. Dimensión Social.- Dimensión que tiene la representatividad e inclusión de los diferentes sectores de la sociedad civil, involucra la participación directa y semi directa de la ciudadanía a través de mecanismos de consulta, concertación, negociación, conciliación y participación. Artículo Tercero.- CRÉASE, el Centro Estratégico de Planeamiento Regional de la Región Cusco – CEPLAR CUSCO, como órgano rector y orientador del Sistema Regional de Planeamiento Estratégico y como tal, es la instancia que conduce y lidera el proceso concertado de planeamiento regional. Se sustenta en la necesidad de armonizar, articular y consensuar los planes de desarrollo concertado, las propuestas de programas y proyectos, establecer mecanismos orientados a la participación en la formulación de políticas públicas regionales, así como, recoger y desarrollar iniciativas que contribuyan al desarrollo regional. Tiene como objetivo general, el de conducir, articular y organizar las diferentes dimensiones que conforman el Sistema Regional de Planeamiento Estratégico, a través de las acciones de asesoramiento en planificación prospectiva, manejo de la información regional, promoción y fortalecimiento de las relaciones de las relaciones intra e interregionales, así como, el seguimiento, monitoreo y evaluación del propio sistema. Artículo Cuarto.- El CEPLAR CUSCO, tiene la siguiente estructura: - Comité Directivo - Dirección Ejecutiva - Consejo de Amautas - Áreas temáticas de investigación y planifi cación prospectiva, sistema de información regional, relaciones interregionales y de seguimiento, monitoreo y evaluación. Artículo Quinto.- Encargar al Presidente Regional del Gobierno Regional del Cusco, para que reglamente mediante Decreto Regional la presente Ordenanza Regional dentro del término de 30 días hábiles a partir de su vigencia. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y FINAL Única.- Deróguese la Ordenanza Regional Nº 058- 2009-CR/GRC.CUSCO. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional del Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil once. PABLO OLIVERA BACA Consejero Delegado del Consejo Regional de Cusco POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional del Cusco, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil once. JORGE ISAACS ACURIO TITO Presidente Regional del Gobierno Regional del Cusco 722148-2 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Crean el Grupo Técnico de Diversidad Biológica y Cambio Climático de la Región Pasco (Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Pasco, mediante Ofi cio 882-2011- G.R. PASCO/PRES recibido el 28 de noviembre de 2011) ORDENANZA REGIONAL Nº 258-2010-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 25 de noviembre de 2010 El Presidente del Gobierno Regional Pasco POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, la Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 y sus modifi catorias; en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha veinticinco de noviembre de dos mil diez, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Publico con autonomía Política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de la exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el inciso c) del artículo 53° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, señala: “Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad